EL COLEGIO DE ABOGADOS PROVINCIAL, CON LA ADHESION DEL COLEGIO DE MAR DEL PLATA, INTERPONDRÁ UNA ACCIÓN DE AMPARO ANTE LA PARALIZACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA
Frente al ataque al ejercicio profesional, representado por el cese y mal funcionamiento de los Tribunales, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, con la adhesión del Colegio de Abogados Departamental y en cumplimiento de su deber primero de salir en defensa de la dignidad del abogado, que resulta ser directamente afectado, y perjudicado, ante la paralización de la justicia que desde fines de marzo de 2011, se ha verificado en toda la Provincia de Buenos Aires, se estima apropiado comunicar a los colegiados y a la comunidad de la ciudad que se interpondrá una ACCIÓN DE AMPARO fundada en la omisión arbitraria e inconstitucional del Estado Provincial que no asegura el cumplimiento normal del servicio de justicia. En la acción se recuerda que las medidas de fuerza adoptadas no pueden ser obstáculo de la responsabilidad que incumbe a los jueces de los distintos fueros, quienes deben dar continuidad del servicio de justicia y su prestación eficaz.
EL COLEGIO DE ABOGADOS PROVINCIAL, CON LA ADHESION DEL COLEGIO DE MAR DEL PLATA, INTERPONDRÁ UNA ACCIÓN DE AMPARO ANTE LA PARALIZACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA
Frente al ataque al ejercicio profesional, representado por el cese y mal funcionamiento de los Tribunales, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, con la adhesión del Colegio de Abogados Departamental y en cumplimiento de su deber primero de salir en defensa de la dignidad del abogado, que resulta ser directamente afectado, y perjudicado, ante la paralización de la justicia que desde fines de marzo de 2011, se ha verificado en toda la Provincia de Buenos Aires, se estima apropiado comunicar a los colegiados y a la comunidad de la ciudad que se interpondrá una ACCIÓN DE AMPARO fundada en la omisión arbitraria e inconstitucional del Estado Provincial que no asegura el cumplimiento normal del servicio de justicia. En la acción se recuerda que las medidas de fuerza adoptadas no pueden ser obstáculo de la responsabilidad que incumbe a los jueces de los distintos fueros, quienes deben dar continuidad del servicio de justicia y su prestación eficaz.