Juzgados unipersonales para el fuero de familia

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Juzgados unipersonales para el fuero de familia

Luego de numerosas gestiones efectuadas por el Colegio, finalmente, mediante  Resolución Nº 3705/12, la Suprema Corte de Justicia Bonaerense ha determinado el inicio del proceso de disolución -de conformidad con lo normado por el artículo 8º de la Ley 13.634- de los Tribunales de Instancia Única del Fuero de Familia Nº 1 y 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata. Asimismo se fijó el día 9 de abril de 2013 como fecha de efectivo funcionamiento de los Juzgados de Familia Nº 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Departamento Judicial de Mar del Plata (art. 9° Ley cit), los cuales se instalarán y compartirán –en forma provisoria- los espacios del inmueble que actualmente ocupan en calle San Martín N° 3544/48 de la ciudad de Mar del Plata.

Para mayor información, PRESIONE AQUI y descargue la Resolución 3705/12.-

 

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Luego de numerosas gestiones efectuadas por el Colegio, finalmente, mediante  Resolución Nº 3705/12, la Suprema Corte de Justicia Bonaerense ha determinado el inicio del proceso de disolución -de conformidad con lo normado por el artículo 8º de la Ley 13.634- de los Tribunales de Instancia Única del Fuero de Familia Nº 1 y 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata. Asimismo se fijó el día 9 de abril de 2013 como fecha de efectivo funcionamiento de los Juzgados de Familia Nº 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Departamento Judicial de Mar del Plata (art. 9° Ley cit), los cuales se instalarán y compartirán –en forma provisoria- los espacios del inmueble que actualmente ocupan en calle San Martín N° 3544/48 de la ciudad de Mar del Plata.

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