Informamos que debido a las inquietudes y quejas planteadas por colegiados mediante mensajes de texto al 154-232020 y personalmente en el Colegio, en el día de la fecha el Sr. Presidente, Dr. Fernando Román González, ha cursado una comunicación a la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Familia Nº 4, Dra. ANDREA SARA GARCÍA MARCOTE solicitando se adopten medidas respecto a la demora en el control de las cédulas de notificación y para que se evite el extravío de las mismas, ya que en muchas ocasiones ello deriva en la imposibilidad de realizar las audiencias fijadas. Asimismo y dado el trato dispensado por el personal de mesa de entradas de dicho órgano, en defensa del honor y dignidad de los letrados (art. 42 inc. 5 Ley 5177), se solicitó el respeto a lo establecido por el Art. 56 de la Ley 5177 y el Art. 58 del CPCC.-
No obstante la nota enviada, en comunicación telefónica se adelantó a la magistrada dicha situación, quien muy amablemente explicó que probablemente las discordancias se hayan generado debido a que las cédulas controladas cuando eran Tribunal, no fueron aceptadas por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones y que las mismas debieron rehacerse. No obstante ello, manifestó que atenderá las cuestiones planteadas por el Colegio y que se pone a disposición para cualquier otro punto vinculado al funcionamiento del órgano a su cargo.-
Por último, agradecemos la participación de los colegiados que se acercaron y utilizaron las vías de comunicación institucional, ya que de esa manera se pueden adoptar medidas como las aquí comunicadas y que en definitiva redundan en beneficio de todos los colegas.-
Para descargar la nota enviada PRESIONE AQUI
Informamos que debido a las inquietudes y quejas planteadas por colegiados mediante mensajes de texto al 154-232020 y personalmente en el Colegio, en el día de la fecha el Sr. Presidente, Dr. Fernando Román González, ha cursado una comunicación a la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Familia Nº 4, Dra. ANDREA SARA GARCÍA MARCOTE solicitando se adopten medidas respecto a la demora en el control de las cédulas de notificación y para que se evite el extravío de las mismas, ya que en muchas ocasiones ello deriva en la imposibilidad de realizar las audiencias fijadas. Asimismo y dado el trato dispensado por el personal de mesa de entradas de dicho órgano, en defensa del honor y dignidad de los letrados (art. 42 inc. 5 Ley 5177), se solicitó el respeto a lo establecido por el Art. 56 de la Ley 5177 y el Art. 58 del CPCC.-
No obstante la nota enviada, en comunicación telefónica se adelantó a la magistrada dicha situación, quien muy amablemente explicó que probablemente las discordancias se hayan generado debido a que las cédulas controladas cuando eran Tribunal, no fueron aceptadas por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones y que las mismas debieron rehacerse. No obstante ello, manifestó que atenderá las cuestiones planteadas por el Colegio y que se pone a disposición para cualquier otro punto vinculado al funcionamiento del órgano a su cargo.-
Por último, agradecemos la participación de los colegiados que se acercaron y utilizaron las vías de comunicación institucional, ya que de esa manera se pueden adoptar medidas como las aquí comunicadas y que en definitiva redundan en beneficio de todos los colegas.-
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