Firma de convenio con la defensoría general departamental

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Firma de convenio con la defensoría general departamental

Informamos que con fecha 17/10/2013 se suscribió el “Convenio de Colaboración de Asistencia Jurídica” con la Defensoría General Departamental. En la oportunidad, estuvieron presentes el Dr. Gabriel Tirrelli, en su carácter de Vicepresidente del Colegio, la Dra. María Fernanda Huerta, en su carácter de Secretaria del Consejo Directivo, el Dr. Guillermo Golmar, en su carácter de Vocal del Consejo Directivo y Director del  Consultorio Jurídico Gratuito del Colegio y la Sra. Defensora General, Dra. Cecilia Boeri.

En dicho acuerdo se establecieron las competencias de los órganos dependientes de Estado y del Consultorio, las cuales requerían una inmediata actualización, a fin de mejorar el servicio que desde la colegiación debemos brindar a los ciudadanos población carentes de recursos ello conforme lo establecido en los Arts. 19 inc. 2; y 22 y ss. Ley 5177.
Finalmente las competencias quedaron convenidas de la siguiente forma:

…Las Unidades Funcionales de Defensa Civil: tendrán a su cargo:

a) Toda actuación extrajudicial necesaria y tendiente a resolver en esta instancia el problema planteado, debiendo en cada caso y de conformidad a las normas que al respecto se fije, realizar las gestiones propias de citación a la contraparte; realización de informes ambiental y social si fuere necesario; producir el encuentro de las partes y procurar el avenimiento de sus intereses encontrados.-

b) Todo inicio de actuación judicial, en especial las tendientes a la obtención de guardas de menores, tutelas, adopciones, filiaciones, impugnaciones de paternidad, medidas cautelares tales como reintegro de hijo, exclusión del hogar y protección de personas, tenencia, alimentos, régimen de visitas, internaciones, insanias, curatelas, inscripciones, rectificaciones de partida, autorizaciones de viajes, dispensas, venia supletoria para contraer matrimonio, consignaciones, ausencia con presunción de fallecimiento y desaparición forzada, vicios redhibitorios, rectificación de partidas y amparos. Todo ello en los casos que los beneficiarios acrediten su condición de carentes de recursos.-

El Consultorio Jurídico Gratuito del Colegio de Abogados de Mar del Plata; Atenderá según su reglamento interno y en la forma que determinen las autoridades del Colegio y previa acreditación de los requisitos que establezca para determinar la carencia de recursos los siguientes asuntos;
a) Divorcios Contradictorios y/ o por mutuo consentimiento.
b) Homologación y ejecución de convenios extrajudiciales en el fuero del Derecho de Familia.
c) Contestación y/o Reconvención de demandas…”

 

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