EL CAMDP EFECTUÓ RECLAMO POR REGULACIONES DE HONORARIOS Y RETRIBUCIÓN DE MEDIADORES EN FORMA DIRECTA ANTE TODOS LOS ÓRGANOS DEL FUERO CIVIL Y COMERCIAL, FAMILIA, JUSTICIA DE PAZ

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EL CAMDP EFECTUÓ RECLAMO POR REGULACIONES DE HONORARIOS Y RETRIBUCIÓN DE MEDIADORES EN FORMA DIRECTA ANTE TODOS LOS ÓRGANOS DEL FUERO CIVIL Y COMERCIAL, FAMILIA, JUSTICIA DE PAZ

Informamos a los/as colegiados/as que la Mesa Directiva del CAMDP, mediante nota fechada 30/9/2022, exhortó a todos y cada uno de los/as Magistrados/as del Fuero Civil y Comercial, Familia, Cámara Civil y Comercial Departamental y Justicia de Paz a que cumplan la normativa arancelaria vigente.

Las problemáticas recurrentes en torno a la valoración del trabajo profesional que fueran relevadas por la Comisión de Administración de Justicia y el Centro de Mediación del Colegio, denunciadas ante los magistrados/as fueron las siguientes: a) Honorarios que no respetan los mínimos establecidos en la Ley 14967 en franca violación al párrafo 3º del art. 16 de dicho plexo normativo. b) Escasa o ausencia de fundamentación de los autos regulatorios no respetándose el art. 15 de la Ley arancelaria. c) Arbitraria aplicación del artículo 1255 del CCCN violando los mínimos legales. d) No se regulan correctamente honorarios provisorios en distintos procesos. e) Se toman parámetros erróneos para fijar base regulatoria afectando ello de manera directa la regulación del letrado/a. f) Se regulan honorarios a mediadores en vez de aplicar-se la escala retributiva establecida en el artículo del art. 31 del decreto 600/21.

Asimismo, se informó a los Jueces sobre la creación de un Observatorio de Regulaciones de Honorarios, el cual tendrá como finalidad recabar aquellas sentencias que incurran en cualesquiera de las problemáticas supra denunciadas, las cuales serán inmediatamente remitidas al Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, a la Caja de la Abogacía y, para el caso de corresponder y previa decisión del Consejo Directivo de nuestro órgano colegial, denunciarlas al Consejo de la Magistratura.

Ponemos en vuestro conocimiento la nota que ha sido remitida a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Juzgados en lo Civil y Comercial, Familia y de la Justicia de Paz (en los dos últimos casos sin referencia a los honorarios de los mediadores).
Por último ponemos a vuestra disposición e-mail del Observatorio de Regulaciones de honorarios, observatorio-honorarios@camdp.org.ar, al cual los colegas podrán remitir en forma inmediata aquellas regulaciones que no se adecuen a la normativa vigente.