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EXIGIMOS LA PRESTACIÓN CONTINUA Y EFECTIVA DEL SERVICIO DE JUSTICIA EN EL FUERO CIVIL Y COMERCIAL

Frente a la posición adoptada por la Asociación Judicial Bonaerense (A.J.B.), con motivo de los graves problemas edilicios por los que atraviesa la justicia del Fuero Civil y Comercial y que afecta específicamente a los órganos N° 2, 3, 4, 5, 8, 9, 14 y 16 de nuestro Departamento Judicial y por la cual se ha determinado que sus trabajadores/as se abstendrán de la prestación de servicios en forma presencial , haciéndolo transitoria y preventivamente en forma remota, dado que no se encuentran garantizadas las condiciones de seguridad e higiene necesarias para ello, el Colegio de Abogados Departamental ha resuelto exigir a la Suprema Corte de Justicia la adopción de todas aquellas medidas tendientes a: 1) Garantizar el acceso y la prestación continua del servicio esencial de justicia. 2) Imprimir celeridad a la realización de las tareas de mantenimiento y arquitectónicas necesarias, para brindar seguridad a quienes se desempeñan en los edificios de calle Alte. Brown 2241. 3) Que la remisión de causas a otras dependencias, a los fines de lograr la disminución de cargas sobre las estructuras del edificio, sean realizadas con habilitación de días y horas inhábiles. 4) Mientras perdure ésta difícil situación, se brinde a los operadores del sistema, los elementos necesarios para el cumplimiento de su labor en forma remota o se compense el uso de los propios, asimilando ésta situación a la acaecida en la Pandemia del COVID-19

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Frente a la posición adoptada por la Asociación Judicial Bonaerense (A.J.B.), con motivo de los graves problemas edilicios por los que atraviesa la justicia del Fuero Civil y Comercial y que afecta específicamente a los órganos N° 2, 3, 4, 5, 8, 9, 14 y 16 de nuestro Departamento Judicial y por la cual se ha determinado que sus trabajadores/as se abstendrán de la prestación de servicios en forma presencial , haciéndolo transitoria y preventivamente en forma remota, dado que no se encuentran garantizadas las condiciones de seguridad e higiene necesarias para ello, el Colegio de Abogados Departamental ha resuelto exigir a la Suprema Corte de Justicia la adopción de todas aquellas medidas tendientes a: 1) Garantizar el acceso y la prestación continua del servicio esencial de justicia. 2) Imprimir celeridad a la realización de las tareas de mantenimiento y arquitectónicas necesarias, para brindar seguridad a quienes se desempeñan en los edificios de calle Alte. Brown 2241. 3) Que la remisión de causas a otras dependencias, a los fines de lograr la disminución de cargas sobre las estructuras del edificio, sean realizadas con habilitación de días y horas inhábiles. 4) Mientras perdure ésta difícil situación, se brinde a los operadores del sistema, los elementos necesarios para el cumplimiento de su labor en forma remota o se compense el uso de los propios, asimilando ésta situación a la acaecida en la Pandemia del COVID-19

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EL COLEGIO DE ABOGADOS EXPRESA SU PREOCUPACIÓN ANTE LA SITUACIÓN EDILICIA DE LOS INMUEBLES SEDE DE LOS JUZGADOS DEL FUERO CIVIL Y COMERCIAL

Ante la preocupante situación acaecida en nuestro Departamento Judicial, específicamente en el Fuero Civil y Comercial, donde el informe de la Secretaría de Planificación de la SCBA da cuenta de los problemas de carga sobre las estructuras edilicias en los inmuebles de calle Alte. Brown 2241 y 2257, el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás, se apersonó en el día de la fecha en la sede dichos órganos y mantuvo reuniones con magistrados/as y funcionarios del Fuero a los fines de tomar conocimiento directo de dicha problemática. Atento ello, desde el CAMDP se cursó comunicación a la Suprema Corte de Justicia solicitando se dispongan en forma inmediata, las medidas pertinentes que garanticen la seguridad edilicia y personal de los trabajadores, funcionarios y colegiados y, como así también la prestación ininterrumpida del servicio de justicia.

 

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Ante la preocupante situación acaecida en nuestro Departamento Judicial, específicamente en el Fuero Civil y Comercial, donde el informe de la Secretaría de Planificación de la SCBA da cuenta de los problemas de carga sobre las estructuras edilicias en los inmuebles de calle Alte. Brown 2241 y 2257, el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás, se apersonó en el día de la fecha en la sede dichos órganos y mantuvo reuniones con magistrados/as y funcionarios del Fuero a los fines de tomar conocimiento directo de dicha problemática. Atento ello, desde el CAMDP se cursó comunicación a la Suprema Corte de Justicia solicitando se dispongan en forma inmediata, las medidas pertinentes que garanticen la seguridad edilicia y personal de los trabajadores, funcionarios y colegiados y, como así también la prestación ininterrumpida del servicio de justicia.

 

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REUNION CON EL DR. ALEJANDRO ESCOBAR JUEZ DEL TRIBUNAL DE TRABAJO Nro. 1

Informamos a los/as colegiados/as que el 9 de marzo, el Sr. Presidente, Dr. Leandro Gabás y el Sr. Secretario, Dr. Nicolás Busti, mantuvieron una entrevista con el Magistrado integrante del Tribunal de Trabajo N° 1, Dr. Alejandro Escobar y el Presidente del Colegio de Magistrados local, Dr. Simón Isacch.
En la oportunidad se trasladó al Magistrado la inquietud recurrente acercada por los/as colegas, en torno a las demoras para la fijación de audiencias en dicho órgano, como así también el atraso en proveídos simples, sentencias interlocutorias y definitivas.
El Dr. Escobar informó que lamentablemente están trabajando con una planta de personal reducida por diversas cuestiones, lo cual afecta el mejor desarrollo del trabajo interno y que ello se traduce en las demoras, comunico asimismo que ya ha hecho saber tal circunstancia a la Suprema Corte de Justicia, estando a la espera que se resuelva desde el área de personal del Alto Tribunal la asignación de personal para el TT1, reclamó que será acompañado por el Colegio de Magistrados local. En cuanto a la fecha de fijación de audiencias, informó que se están estableciendo de acuerdo a las posibilidades de agenda que tiene el Tribunal.
Por último, recordamos a los/as colegiados/as que para hacer llegar inquietudes o reclamos sobre la administración de justicia puede hacerlo vía e.mail a administraciondejusticia@camdp.org.ar

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Informamos a los/as colegiados/as que el 9 de marzo, el Sr. Presidente, Dr. Leandro Gabás y el Sr. Secretario, Dr. Nicolás Busti, mantuvieron una entrevista con el Magistrado integrante del Tribunal de Trabajo N° 1, Dr. Alejandro Escobar y el Presidente del Colegio de Magistrados local, Dr. Simón Isacch.
En la oportunidad se trasladó al Magistrado la inquietud recurrente acercada por los/as colegas, en torno a las demoras para la fijación de audiencias en dicho órgano, como así también el atraso en proveídos simples, sentencias interlocutorias y definitivas.
El Dr. Escobar informó que lamentablemente están trabajando con una planta de personal reducida por diversas cuestiones, lo cual afecta el mejor desarrollo del trabajo interno y que ello se traduce en las demoras, comunico asimismo que ya ha hecho saber tal circunstancia a la Suprema Corte de Justicia, estando a la espera que se resuelva desde el área de personal del Alto Tribunal la asignación de personal para el TT1, reclamó que será acompañado por el Colegio de Magistrados local. En cuanto a la fecha de fijación de audiencias, informó que se están estableciendo de acuerdo a las posibilidades de agenda que tiene el Tribunal.
Por último, recordamos a los/as colegiados/as que para hacer llegar inquietudes o reclamos sobre la administración de justicia puede hacerlo vía e.mail a administraciondejusticia@camdp.org.ar

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EL COLEGIO DE ABOGADOS DE MAR DEL PLATA EN EL 47º ANIVERSARIO DEL GOLPE MILITAR

En el día de la fecha se cumple el 47º Aniversario del golpe militar acaecido en nuestra República del 24 de marzo de 1976, que generó la ruptura del orden institucional, el quiebre del Estado de Derecho y que marcó sin dudas nuestro futuro como sociedad. Es por ello, que el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata rinde homenaje a todas las víctimas inocentes de esa trágica etapa, especialmente a sus colegiados/as, invita a reflexionar en los tiempos presentes, y a ponderar a la memoria colectiva como la herramienta constructiva que evitará que estos hechos denigrantes se repitan en el futuro, ratificando fervientemente nuestra convicción de que el orden jurídico y el respeto por los derechos humanos son estructurales en los cimientos de una Nación y sin ellos, no sería posible llevar adelante una vida en democracia.

 

Mar del Plata, 24 de marzo de 2023.-

MESA DIRECTIVA
Colegio de Abogados del Departamento
Judicial de Mar del Plata

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En el día de la fecha se cumple el 47º Aniversario del golpe militar acaecido en nuestra República del 24 de marzo de 1976, que generó la ruptura del orden institucional, el quiebre del Estado de Derecho y que marcó sin dudas nuestro futuro como sociedad. Es por ello, que el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata rinde homenaje a todas las víctimas inocentes de esa trágica etapa, especialmente a sus colegiados/as, invita a reflexionar en los tiempos presentes, y a ponderar a la memoria colectiva como la herramienta constructiva que evitará que estos hechos denigrantes se repitan en el futuro, ratificando fervientemente nuestra convicción de que el orden jurídico y el respeto por los derechos humanos son estructurales en los cimientos de una Nación y sin ellos, no sería posible llevar adelante una vida en democracia.

 

Mar del Plata, 24 de marzo de 2023.-

MESA DIRECTIVA
Colegio de Abogados del Departamento
Judicial de Mar del Plata

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Suspensiones de términos

Informamos a los/as colegiados/as las siguientes resoluciones adoptadas por la Suprema Corte de Justicia:

Por Resolución 343 del 17/3/2023 se dispuso:

Art. 1: Disponer la suspensión de los términos procesales para la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mar del Plata, el Juzgado de Familia N° 7 y los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 14, y 16 por el día 13 de febrero de 2023, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

Por Resolución 330 del 17/3/2023 se dispuso:

Art. 1: Disponer la suspensión de los términos procesales para los días 6 y 7 de marzo del año en curso, en los Juzgado de Familia N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6; Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil N° 1 y 2; Juzgados de Garantías del Jóven N° 1, 2 y 3; Tribunales de Trabajo N° 1,2,3,4 y 5, Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 y 2; Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo, Registro Público, Secretaría de Apremios y Oficina de Mandamientos y Notificaciones del Departamento Judicial de Mar del Plata, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

Por Resolución 366/23 del 20/3/2023 se dispuso:

Art. 1: Disponer la suspensión de los términos procesales para el día 17 de marzo del año en curso, en todo el ambito del Poder judicial de la Provincial de Buenos Aires, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

 

 

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Informamos a los/as colegiados/as las siguientes resoluciones adoptadas por la Suprema Corte de Justicia:

Por Resolución 343 del 17/3/2023 se dispuso:

Art. 1: Disponer la suspensión de los términos procesales para la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mar del Plata, el Juzgado de Familia N° 7 y los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 14, y 16 por el día 13 de febrero de 2023, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

Por Resolución 330 del 17/3/2023 se dispuso:

Art. 1: Disponer la suspensión de los términos procesales para los días 6 y 7 de marzo del año en curso, en los Juzgado de Familia N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6; Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil N° 1 y 2; Juzgados de Garantías del Jóven N° 1, 2 y 3; Tribunales de Trabajo N° 1,2,3,4 y 5, Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 y 2; Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo, Registro Público, Secretaría de Apremios y Oficina de Mandamientos y Notificaciones del Departamento Judicial de Mar del Plata, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

Por Resolución 366/23 del 20/3/2023 se dispuso:

Art. 1: Disponer la suspensión de los términos procesales para el día 17 de marzo del año en curso, en todo el ambito del Poder judicial de la Provincial de Buenos Aires, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

 

 

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NUEVO VALOR DEL JUS ARANCELARIO

Informamos que mediante Acuerdo Nro. 4100 la SCJBA ha establecido nuevo valor del jus arancelario:

“… 1.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la Ley N° 14.967 con vigencia desde el 1° de marzo de 2023 fijándolo en la suma de pesos ocho mil quinientos veintinueve ($ 8.529.-), a partir del 1° de mayo de 2023 en la suma de pesos ocho mil novecientos cincuenta y cinco ($ 8.955.-) y desde el 1ro. de julio de 2023 en la suma de pesos nueve mil novecientos cincuenta ($ 9.950.-)…”.

 

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Informamos que mediante Acuerdo Nro. 4100 la SCJBA ha establecido nuevo valor del jus arancelario:

“… 1.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la Ley N° 14.967 con vigencia desde el 1° de marzo de 2023 fijándolo en la suma de pesos ocho mil quinientos veintinueve ($ 8.529.-), a partir del 1° de mayo de 2023 en la suma de pesos ocho mil novecientos cincuenta y cinco ($ 8.955.-) y desde el 1ro. de julio de 2023 en la suma de pesos nueve mil novecientos cincuenta ($ 9.950.-)…”.

 

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A PETICIÓN DE LOS COLEGIOS DEPARTAMENTALES DESDE EL COLPROBA SE SOLICITO A LA SCBA LA SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS PARA JUEVES 16 Y VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

Informamos a los/as colegiados/as que debido al deficiente funcionamiento del sistema de mesa de entradas virtual y del portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas, el Colegio de Abogados Provincial ha solicitado a la Suprema Corte Bonaerense la suspensión de términos procesales para los días 16 y 17 de marzo de 2023, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

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Informamos a los/as colegiados/as que debido al deficiente funcionamiento del sistema de mesa de entradas virtual y del portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas, el Colegio de Abogados Provincial ha solicitado a la Suprema Corte Bonaerense la suspensión de términos procesales para los días 16 y 17 de marzo de 2023, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.

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CLUB KIMBERLEY

El CLUB KIMBERLEY ofrece a los matriculados del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata , los siguientes beneficios:

  • 10% de descuento para matriculados/as al colegio y familiares directos (cónyuge o conviviente e hijos) en las siguientes actividades del club: – Para Menores de edad: Hockey – Gimnasia artística – Patín Carrera – Patín Artístico – Karate – Jiu Jitsu – Ajedrez – Baby Futbol (de 3 a 5 años) – Baby Básquet (de 3 a 5 años) – Mayores de edad: Entrenamiento Funcional – Gimnasia para adultos de la tercera edad.

CONTACTO: Para contactarse, podrán hacerlo personalmente en Av Independencia 3030 , al teléfono 472- 1091, en  Instagram:  @kimberleyoficial , en Facebook : Club Atlético Kimberley. Los abogados deberán acompañar la acreditación de la condición de matriculado en el CAMDP con la exhibición de la credencial profesional

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CLUB KIMBERLEY

El CLUB KIMBERLEY ofrece a los matriculados del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata , los siguientes beneficios:

  • 10% de descuento para matriculados/as al colegio y familiares directos (cónyuge o conviviente e hijos) en las siguientes actividades del club: – Para Menores de edad: Hockey – Gimnasia artística – Patín Carrera – Patín Artístico – Karate – Jiu Jitsu – Ajedrez – Baby Futbol (de 3 a 5 años) – Baby Básquet (de 3 a 5 años) – Mayores de edad: Entrenamiento Funcional – Gimnasia para adultos de la tercera edad.

CONTACTO: Para contactarse, podrán hacerlo personalmente en Av Independencia 3030 , al teléfono 472- 1091, en  Instagram:  @kimberleyoficial , en Facebook : Club Atlético Kimberley. Los abogados deberán acompañar la acreditación de la condición de matriculado en el CAMDP con la exhibición de la credencial profesional

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REUNION CON INTEGRANTES DE LA SECRETARÍA DE CONTROL GESTIÓN DE LA SUPREMA CORTE

Informamos a los/as colegiados/as que el 9 de marzo, el Sr. Presidente, Dr. Leandro Gabás y el Sr. Secretario, Dr. Nicolás Busti, acompañados del Director del Instituto de Derecho Penal y Procesal Penal del CAMDP, Dr. Gustavo Marceillac, mantuvieron una entrevista con la integrante de la Subsecretaría de Control de Gestión de la Suprema Corte de Justicia, Dra. Analía Lospinoso y su equipo interdisciplinario, en el marco del diagrama de inspecciones que anualmente efectúa el Alto Tribunal en los distintos Departamentos Judiciales.
En ésta visita, los relevamientos se están llevando a cabo en los cinco Juzgados Correccionales de nuestra jurisdicción y asimismo en la reunión mantenida, se trasladó a la funcionaria diferentes inquietudes acercadas por los/as colegiados/as sobre el funcionamiento de los citados órganos.
Por último, recordamos a los/as colegiados/as que para hacer llegar inquietudes o reclamos sobre la administración de justicia puede hacerlo vía e.mail a administraciondejusticia@camdp.org.a
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Informamos a los/as colegiados/as que el 9 de marzo, el Sr. Presidente, Dr. Leandro Gabás y el Sr. Secretario, Dr. Nicolás Busti, acompañados del Director del Instituto de Derecho Penal y Procesal Penal del CAMDP, Dr. Gustavo Marceillac, mantuvieron una entrevista con la integrante de la Subsecretaría de Control de Gestión de la Suprema Corte de Justicia, Dra. Analía Lospinoso y su equipo interdisciplinario, en el marco del diagrama de inspecciones que anualmente efectúa el Alto Tribunal en los distintos Departamentos Judiciales.
En ésta visita, los relevamientos se están llevando a cabo en los cinco Juzgados Correccionales de nuestra jurisdicción y asimismo en la reunión mantenida, se trasladó a la funcionaria diferentes inquietudes acercadas por los/as colegiados/as sobre el funcionamiento de los citados órganos.
Por último, recordamos a los/as colegiados/as que para hacer llegar inquietudes o reclamos sobre la administración de justicia puede hacerlo vía e.mail a administraciondejusticia@camdp.org.a
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COMUNICADO INSTITUCIONAL

En atención a las manifestaciones públicas que el ejecutivo nacional y distintos funcionarios del Estado han efectuado sobre procesos penales que tramitan ante la Justicia de nuestra ciudad, el Colegio de Abogados Mar del Plata, en ejercicio de las facultades y cumplimiento de las obligaciones que la Ley 5177 le otorga e impone, manifiesta:

  •  Que durante el transcurso de los procesos, los/as magistrados/as y funcionarios/as que lleven adelante los mismos, deben encontrarse liberados de toda presión para poder desarrollar su labor conforme a derecho. No se puede aceptar o ceder a la pretensión, pública o privada. Debe respetarse a rajatabla la división e independencia absoluta de los poderes del Estado.
  •  Tampoco debe confundirse la figura del letrado defensor con el defendido, garantizándose siempre el libre ejercicio de la profesión de abogado/a y la garantía consagrada en el Art. 18 de la C.N.

Tal como se remarca en los «Principios básicos sobre la función de los abogados» aprobados por las Naciones Unidas en 1990 en la ciudad de La Habana: «Los gobiernos garantizarán que los abogados/as:… c) No sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión». También se añade que «los abogados no serán identificados con su cliente ni con las causas de su cliente como consecuencia del desempeño de su función» .
Por ello no deben tolerarse las prácticas que menoscaban, limitan, restringen u obstaculizan el ejercicio de la abogacía, ya que los abogados/as cumplen una labor fundamental para la consolidación del estado de derecho. Y el Estado tiene el deber de garantizar que podamos ejercer nuestra profesión sin restricciones indebidas.

  •  Toda resolución dictada por un órgano jurisdiccional que afecte o lesione derechos de los interesados o incluso de la comunidad en general, debe ser atacado por las vías recursivas pertinentes, respetándose así, el orden constitucional. La República se construye y se defiende con tolerancia y serenidad aún en el disenso o en discrepancia pero sin menoscabar, sin faltar el respeto, sin agraviar, ni caer en excesos ni en escaladas emocionales que no condicen con el comportamiento responsable que todo ciudadano debe a su Nación e instituciones.
  •  La vigencia del Estado de Derecho construye pacificación y reclama estos principios y valores de todos los Poderes del Estado y sus ciudadanos, en cuya consecuencia cualquier exceso o menoscabo del orden jurídico legal o institucional debe restablecerse inmediatamente por las autoridades competentes, respaldando para ello un Poder Judicial independiente, imparcial y efectivo que haga cumplir la ley sin distinciones de ningún tipo. En el sostenimiento de ese orden jurídico, del sistema democrático, el respeto por los derechos humanos, y la ineludible independencia del poder judicial se cimientan los pilares esenciales de nuestra sociedad y que, sin los mismos, será imposible alcanzar la justicia, el desarrollo y la paz que como ciudadanos, tanto anhelamos.
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En atención a las manifestaciones públicas que el ejecutivo nacional y distintos funcionarios del Estado han efectuado sobre procesos penales que tramitan ante la Justicia de nuestra ciudad, el Colegio de Abogados Mar del Plata, en ejercicio de las facultades y cumplimiento de las obligaciones que la Ley 5177 le otorga e impone, manifiesta:

  •  Que durante el transcurso de los procesos, los/as magistrados/as y funcionarios/as que lleven adelante los mismos, deben encontrarse liberados de toda presión para poder desarrollar su labor conforme a derecho. No se puede aceptar o ceder a la pretensión, pública o privada. Debe respetarse a rajatabla la división e independencia absoluta de los poderes del Estado.
  •  Tampoco debe confundirse la figura del letrado defensor con el defendido, garantizándose siempre el libre ejercicio de la profesión de abogado/a y la garantía consagrada en el Art. 18 de la C.N.

Tal como se remarca en los «Principios básicos sobre la función de los abogados» aprobados por las Naciones Unidas en 1990 en la ciudad de La Habana: «Los gobiernos garantizarán que los abogados/as:… c) No sufran ni estén expuestos a persecuciones o sanciones administrativas, económicas o de otra índole a raíz de cualquier medida que hayan adoptado de conformidad con las obligaciones, reglas y normas éticas que se reconocen a su profesión». También se añade que «los abogados no serán identificados con su cliente ni con las causas de su cliente como consecuencia del desempeño de su función» .
Por ello no deben tolerarse las prácticas que menoscaban, limitan, restringen u obstaculizan el ejercicio de la abogacía, ya que los abogados/as cumplen una labor fundamental para la consolidación del estado de derecho. Y el Estado tiene el deber de garantizar que podamos ejercer nuestra profesión sin restricciones indebidas.

  •  Toda resolución dictada por un órgano jurisdiccional que afecte o lesione derechos de los interesados o incluso de la comunidad en general, debe ser atacado por las vías recursivas pertinentes, respetándose así, el orden constitucional. La República se construye y se defiende con tolerancia y serenidad aún en el disenso o en discrepancia pero sin menoscabar, sin faltar el respeto, sin agraviar, ni caer en excesos ni en escaladas emocionales que no condicen con el comportamiento responsable que todo ciudadano debe a su Nación e instituciones.
  •  La vigencia del Estado de Derecho construye pacificación y reclama estos principios y valores de todos los Poderes del Estado y sus ciudadanos, en cuya consecuencia cualquier exceso o menoscabo del orden jurídico legal o institucional debe restablecerse inmediatamente por las autoridades competentes, respaldando para ello un Poder Judicial independiente, imparcial y efectivo que haga cumplir la ley sin distinciones de ningún tipo. En el sostenimiento de ese orden jurídico, del sistema democrático, el respeto por los derechos humanos, y la ineludible independencia del poder judicial se cimientan los pilares esenciales de nuestra sociedad y que, sin los mismos, será imposible alcanzar la justicia, el desarrollo y la paz que como ciudadanos, tanto anhelamos.