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CONCURSO TRIBUNAL ARBITRAL CAMDP

En el marco del concurso para la renovación de cargos en el Tribunal Arbitral del CAMDP, el 27 de octubre de 2021 se llevaron a cabo, en la sala de sesiones del Consejo Directivo, los sorteos para determinar el tema a rendir y el orden de exposición de los postulantes habilitados.El acto se llevó a cabo mediante conexión virtual con los participantes, estando presentes el Presidente del Colegio, Dr. Fabián Portillo, el Actuario del Tribunal Arbitral Dr. Horacio Cappeletti y el Secretario Legal y Técnico, Dr. Esteban García. El próximo martes 2 de noviembre, a partir de las 9.00 horas, comenzarán las exposiciones ante la Comisión Asesora integrada por los destacados colegas, Dres. DANIEL SABSAY, GUSTAVO ESPARZA y ALBERTO GABÁS.

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En el marco del concurso para la renovación de cargos en el Tribunal Arbitral del CAMDP, el 27 de octubre de 2021 se llevaron a cabo, en la sala de sesiones del Consejo Directivo, los sorteos para determinar el tema a rendir y el orden de exposición de los postulantes habilitados.El acto se llevó a cabo mediante conexión virtual con los participantes, estando presentes el Presidente del Colegio, Dr. Fabián Portillo, el Actuario del Tribunal Arbitral Dr. Horacio Cappeletti y el Secretario Legal y Técnico, Dr. Esteban García. El próximo martes 2 de noviembre, a partir de las 9.00 horas, comenzarán las exposiciones ante la Comisión Asesora integrada por los destacados colegas, Dres. DANIEL SABSAY, GUSTAVO ESPARZA y ALBERTO GABÁS.

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INSCRIPCIÓN VOLUNTARIA EN LAS NOMINAS DE LA JUSTICIA DE PAZ LETRADA DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MAR DEL PLATA

Informamos a los colegiados/as que durante el mes de noviembre se encuentra abierta la inscripción para la INTEGRACIÓN LISTAS DE SORTEOS PARA ACTUAR COMO DEFENSOR DE POBRES Y AUSENTES Y/O ASESOR DE INCAPACES, correspondiente al año 2022.

De esta interesado/a le solicitamos complete el FORMULARIO, firme, selle el mismo y lo remita vía e.mail mesadeentrada@camdp.org.ar hasta el 30/11/2021.-

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Informamos a los colegiados/as que durante el mes de noviembre se encuentra abierta la inscripción para la INTEGRACIÓN LISTAS DE SORTEOS PARA ACTUAR COMO DEFENSOR DE POBRES Y AUSENTES Y/O ASESOR DE INCAPACES, correspondiente al año 2022.

De esta interesado/a le solicitamos complete el FORMULARIO, firme, selle el mismo y lo remita vía e.mail mesadeentrada@camdp.org.ar hasta el 30/11/2021.-

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Texto ordenado del nuevo reglamento de presentaciones y notificaciones electrónicas

Suspensión de plazos por caída del Sistema en la MEV o en el Portal PyN tal como fue solicitado por COLPROBA

El Ac. 4039 SCBA ordena el texto del nuevo Reglamento para las Presentaciones y las Notificaciones por Medios Electrónicos (ac. 4013). Entrará en vigencia el 1º de noviembre del corriente. Se trata de un reglamento que recoge lo ya existente y lo ordenado durante la pandemia. La firma electrónica de los abogados será válida hasta su vencimiento, luego deberán tramitar la firma digital. Se realizará una prueba piloto referida exclusivamente a las notificaciones de traslado de demanda y de citación de terceros con código verificador o QR que se realicen en los términos del Anexo III del Acuerdo Nº 40 l3. Determina la suspensión de plazos por caída del sistema y un Régimen especial para personas con discapacidad.

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Suspensión de plazos por caída del Sistema en la MEV o en el Portal PyN tal como fue solicitado por COLPROBA

El Ac. 4039 SCBA ordena el texto del nuevo Reglamento para las Presentaciones y las Notificaciones por Medios Electrónicos (ac. 4013). Entrará en vigencia el 1º de noviembre del corriente. Se trata de un reglamento que recoge lo ya existente y lo ordenado durante la pandemia. La firma electrónica de los abogados será válida hasta su vencimiento, luego deberán tramitar la firma digital. Se realizará una prueba piloto referida exclusivamente a las notificaciones de traslado de demanda y de citación de terceros con código verificador o QR que se realicen en los términos del Anexo III del Acuerdo Nº 40 l3. Determina la suspensión de plazos por caída del sistema y un Régimen especial para personas con discapacidad.

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NOVEDADES JUSTICIA FEDERAL

Informamos que mediante Resolución Nº 180/21 la Cámara Federal de Apelaciones ha dispuesto el comienzo de la atención presencial al público en los órganos judiciales, a partir del 20 de octubre.-

Presione aquí para ver la resolución

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Informamos que mediante Resolución Nº 180/21 la Cámara Federal de Apelaciones ha dispuesto el comienzo de la atención presencial al público en los órganos judiciales, a partir del 20 de octubre.-

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Nuevo Reglamento de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas – Vigente a partir del 1/11/2021

Informamos que, a través del Acuerdo Nº 4039, la Suprema Corte de Justicia dispuso elaborar y publicar un texto ordenado del Acuerdo Nº 4013 y modificatorio con el nuevo Reglamento para las Presentaciones y las Notificaciones por Medios Electrónicos, el cual forma parte del decisorio referido en primer término como Anexo Único.

El documento contempla los aportes, sugerencias y observaciones orientadas al perfeccionamiento de la normativa aprobada provenientes de la instancia de consulta pública llevada adelante entre los meses de abril y mayo del corriente año.

El nuevo Reglamento entrará en vigor el 1º de noviembre. A su vez, previo a su implementación definitiva y generalizada, se realizará una experiencia piloto dirigida a monitorear, evaluar y, en su caso, adecuar la modalidad de trabajo, su dinámica y operatividad. En especial, en cuanto al envío electrónico de la documentación, el desempeño del subsitio web habilitado y la utilización del código verificador o QR por los usuarios, en el supuesto de traslado de demanda y la citación de terceros con documentación adjunta.

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Informamos que, a través del Acuerdo Nº 4039, la Suprema Corte de Justicia dispuso elaborar y publicar un texto ordenado del Acuerdo Nº 4013 y modificatorio con el nuevo Reglamento para las Presentaciones y las Notificaciones por Medios Electrónicos, el cual forma parte del decisorio referido en primer término como Anexo Único.

El documento contempla los aportes, sugerencias y observaciones orientadas al perfeccionamiento de la normativa aprobada provenientes de la instancia de consulta pública llevada adelante entre los meses de abril y mayo del corriente año.

El nuevo Reglamento entrará en vigor el 1º de noviembre. A su vez, previo a su implementación definitiva y generalizada, se realizará una experiencia piloto dirigida a monitorear, evaluar y, en su caso, adecuar la modalidad de trabajo, su dinámica y operatividad. En especial, en cuanto al envío electrónico de la documentación, el desempeño del subsitio web habilitado y la utilización del código verificador o QR por los usuarios, en el supuesto de traslado de demanda y la citación de terceros con documentación adjunta.

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CONCURSO TRIBUNAL ARBITRAL CAMDP

El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata llama a concurso de Antecedentes y Posición, para designar tres miembros titulares y seis suplentes del Tribunal Arbitral, según lo previsto por el reglamento vigente:

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN.

  1. Título de abogado expedido por Universidad Argentina.
  2. Estar inscripto y con matrícula activa en el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata.
  3. Haber ejercido la profesión por un término no menor de quince años inmediatos anteriores a la presentación al concurso.
  4. Los aspirantes que se hubieran desempeñado como Magistrados o Funcionarios Judiciales, deberán integrar esa antigüedad con un mínimo de cinco años en el ejercicio activo de la profesión de abogado (art. 4º Reglamento Tribunal Arbitral).
  5. Además los postulantes deben estar exentos de las causales de remoción previstas en el art. 8º del aludido reglamento.-

 

APERTURA DE INSCRIPICIÓN: 18/10/2021 – CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 22/10/2021.-

Las inscripciones deberán efectuarse vía e.mail a concurso.tamdp@camdp.org.ar, debiendo los/as aspirantes remitir el formulario de inscripción (completado, firmado, sellado y luego escaneado), y adjuntar su CV y antecedentes en formato digital.

La fecha de cierre de inscripción al concurso es el día viernes 22 de octubre de 2021 a las 13.00 horas.

SORTEO DEL TEMA DEL CONCURSO Y ORDEN DE EXPOSICIÓN DE LOS POSTULANTES:

Día: miércoles 27 octubre de 2021 a las 10.00 hs. El Sorteo será efectuado por los miembros de la Mesa Directiva, sorteando primero el tema y luego el orden de exposición de los/as aspirantes, quienes podrán conectarse a la sesión de zoom remitiéndoseles la invitación respectiva por correo electrónico.

FECHA DE REALIZACIÓN DEL CONCURSO:

La exposición de los postulantes ante la Comisión Asesora se efectuará el día 2 de noviembre a las 09:00 hs. y hasta las 17.00 hs, y de ser necesario, por la cantidad de inscriptos, se continuará el día 3 de noviembre desde las 9.00 hs hasta su culminación. La presentación de los aspirantes se llevará a cabo en forma presencial con el cumplimiento de los protocolos sanitarios.

COMPOSICIÓN DEL JURADO: Doctores Daniel Sabsay, Alberto Gabás y Gustavo Esparza. Suplentes: Dres. Fabián Portillo, Claudia Oviedo, Carlos Facundo Bustos.

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El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata llama a concurso de Antecedentes y Posición, para designar tres miembros titulares y seis suplentes del Tribunal Arbitral, según lo previsto por el reglamento vigente:

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN.

  1. Título de abogado expedido por Universidad Argentina.
  2. Estar inscripto y con matrícula activa en el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata.
  3. Haber ejercido la profesión por un término no menor de quince años inmediatos anteriores a la presentación al concurso.
  4. Los aspirantes que se hubieran desempeñado como Magistrados o Funcionarios Judiciales, deberán integrar esa antigüedad con un mínimo de cinco años en el ejercicio activo de la profesión de abogado (art. 4º Reglamento Tribunal Arbitral).
  5. Además los postulantes deben estar exentos de las causales de remoción previstas en el art. 8º del aludido reglamento.-

 

APERTURA DE INSCRIPICIÓN: 18/10/2021 – CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 22/10/2021.-

Las inscripciones deberán efectuarse vía e.mail a concurso.tamdp@camdp.org.ar, debiendo los/as aspirantes remitir el formulario de inscripción (completado, firmado, sellado y luego escaneado), y adjuntar su CV y antecedentes en formato digital.

La fecha de cierre de inscripción al concurso es el día viernes 22 de octubre de 2021 a las 13.00 horas.

SORTEO DEL TEMA DEL CONCURSO Y ORDEN DE EXPOSICIÓN DE LOS POSTULANTES:

Día: miércoles 27 octubre de 2021 a las 10.00 hs. El Sorteo será efectuado por los miembros de la Mesa Directiva, sorteando primero el tema y luego el orden de exposición de los/as aspirantes, quienes podrán conectarse a la sesión de zoom remitiéndoseles la invitación respectiva por correo electrónico.

FECHA DE REALIZACIÓN DEL CONCURSO:

La exposición de los postulantes ante la Comisión Asesora se efectuará el día 2 de noviembre a las 09:00 hs. y hasta las 17.00 hs, y de ser necesario, por la cantidad de inscriptos, se continuará el día 3 de noviembre desde las 9.00 hs hasta su culminación. La presentación de los aspirantes se llevará a cabo en forma presencial con el cumplimiento de los protocolos sanitarios.

COMPOSICIÓN DEL JURADO: Doctores Daniel Sabsay, Alberto Gabás y Gustavo Esparza. Suplentes: Dres. Fabián Portillo, Claudia Oviedo, Carlos Facundo Bustos.

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REUNIÓN CON AUTORIDADES DEL BANCO PROVINCIA 

El pasado 6 de octubre, Presidente y Vicepresidente del CAMDP, Dres. FABIÁN PORTILLO y CARLOS FACUNDO BUSTOS, recibieron en la sede del Colegio al Gerente Regional del Banco de la Provincia de Buenos Aires, quien concurrió a la reunión junto al nuevo Gerente de la Sucursal Tribunales y otros/as funcionarios/as de la entidad, quienes fueran invitados para abordar diversas  inquietudes acercadas por los/as colegas y que se encuentran directamente vinculadas a la prestación del servicio hacia los/as colegiados/as.

Las autoridades del Banco se mostraron receptivas con las situaciones planteadas (demora en transferencias, en respuesta de oficios sobre movimientos en cuentas judiciales, etc.) y se comprometieron a analizar las mismas y buscar soluciones operativas, tendientes mejorar el servicio, a la mayor brevedad posible.

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El pasado 6 de octubre, Presidente y Vicepresidente del CAMDP, Dres. FABIÁN PORTILLO y CARLOS FACUNDO BUSTOS, recibieron en la sede del Colegio al Gerente Regional del Banco de la Provincia de Buenos Aires, quien concurrió a la reunión junto al nuevo Gerente de la Sucursal Tribunales y otros/as funcionarios/as de la entidad, quienes fueran invitados para abordar diversas  inquietudes acercadas por los/as colegas y que se encuentran directamente vinculadas a la prestación del servicio hacia los/as colegiados/as.

Las autoridades del Banco se mostraron receptivas con las situaciones planteadas (demora en transferencias, en respuesta de oficios sobre movimientos en cuentas judiciales, etc.) y se comprometieron a analizar las mismas y buscar soluciones operativas, tendientes mejorar el servicio, a la mayor brevedad posible.

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REUNIÓN CON GERENTE REGIONAL BANCO MACRO

El pasado 4 de octubre los Dres. FABIAN PORTILLO y FEDERICO BERTÉ recibieron en la sede del CAMDP al Gerente Regional del Banco MACRO, Sr. Rodrigo Navarra, quien informó sobre la ampliación de los beneficios que dicha entidad bancaria ya ofrece a los matriculados/as.

Próximamente la nueva propuesta será analizada en el Consejo Directivo y, en caso de aceptarse la misma, se dispondrá la firma del convenio pertinente.

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El pasado 4 de octubre los Dres. FABIAN PORTILLO y FEDERICO BERTÉ recibieron en la sede del CAMDP al Gerente Regional del Banco MACRO, Sr. Rodrigo Navarra, quien informó sobre la ampliación de los beneficios que dicha entidad bancaria ya ofrece a los matriculados/as.

Próximamente la nueva propuesta será analizada en el Consejo Directivo y, en caso de aceptarse la misma, se dispondrá la firma del convenio pertinente.

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REUNIÓN CON LA SRA. JEFA DE LA OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES

Informamos a los/as colegiados/as que el lunes 4 de octubre, el Presidente del Colegio, Dr. Fabián Portillo y el Sr. Secretario, Dr. Federico Berté, se reunieron con la Dra. Verónica Santiago, Jefa de la Oficina de Mandamiento y Notificaciones, a fin de abordar quejas vinculadas al funcionamiento de dicha dependencia.

En la oportunidad, la funcionaria se mostró receptiva a los reclamos que fueran comunicados por las autoridades del Colegio, comprometiéndose a adoptar las medidas pertinentes destinadas a mejorar el funcionamiento de la Oficina a su cargo.

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Informamos a los/as colegiados/as que el lunes 4 de octubre, el Presidente del Colegio, Dr. Fabián Portillo y el Sr. Secretario, Dr. Federico Berté, se reunieron con la Dra. Verónica Santiago, Jefa de la Oficina de Mandamiento y Notificaciones, a fin de abordar quejas vinculadas al funcionamiento de dicha dependencia.

En la oportunidad, la funcionaria se mostró receptiva a los reclamos que fueran comunicados por las autoridades del Colegio, comprometiéndose a adoptar las medidas pertinentes destinadas a mejorar el funcionamiento de la Oficina a su cargo.

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RESOLUCIÓN Nº 1651 SCBA –  MODALIDAD DE ATENCIÓN EN ÓRGANOS JURISDICCIONALES

Informamos que mediante Resolución SC Nº 1651/21 la Suprema Corte de Justicia dispuso restablecer la presencialidad del personal de la Administración de Justicia con el alcance que resulta de la referida decisión, vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, y normas concordantes.

De tal forma, se establece que en el desarrollo de cualquier actividad jurisdiccional o de superintendencia deberán respetarse las medidas de cuidado y prevención establecidas en el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento aprobado por Resolución SPL Nº 05/20, a excepción de las que contraríen lo dispuesto en la presente.

La prestación de servicios de modo presencial procederá respecto del personal que hubiera recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19, transcurridos 21 días corridos desde la inoculación o que, habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optó por no vacunarse.

Quienes no reúnan dichas condiciones y sean trabajadores con inmunodeficiencias, pacientes oncológicos, trasplantados o en el lugar de trabajo no puedan garantizarles la distancia mínima de dos metros, prestarán servicios de forma remota.

La Suprema Corte podrá autorizar la realización de teletrabajo en la medida que incremente la eficacia de la actividad jurisdiccional. Para ello, el titular de la dependencia u organismo, deberá elaborar un plan de trabajo que asegure una mejor prestación del servicio, particularmente en lo referido a la cantidad de audiencias a realizar.

Dicho plan de trabajo, deberá presentarse ante las Secretarías de Planificación o de Personal indistintamente, quienes deberán expedirse al respecto. Una vez aprobado, será monitoreado por la Subsecretaría de Control de Gestión.

A los fines de la plena operatividad de las herramientas que, instituidas en decisiones o reglamentaciones dictadas en el marco de la pandemia, sirven para mejorar la prestación del servicio de modo permanente, la Secretaría de Planificación, con la colaboración de las de Personal y Servicios Jurisdiccionales, deberán instrumentar un proceso de análisis con el objeto de evaluar su mantenimiento o perfeccionamiento, y elevarlo al Consejo Participativo de Gestión Judicial dentro de los 30 días de la publicación de la presente.

A su vez se deja sin efecto la dispensa reconocida en el artículo 4 de la Resolución de Corte Nº 1133/21, en orden al actual protocolo para la presencialidad escolar.

Por último, sin perjuicio de la utilización prioritaria del servicio web de asignación de turnos, para la atención del público en general o de operadores del sistema en particular, puede recurrirse a la atención presencial directa y espontánea, sin necesidad de turno previo y bajo cumplimiento de las medidas de cuidado dispuestas.

 

 

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Informamos que mediante Resolución SC Nº 1651/21 la Suprema Corte de Justicia dispuso restablecer la presencialidad del personal de la Administración de Justicia con el alcance que resulta de la referida decisión, vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, y normas concordantes.

De tal forma, se establece que en el desarrollo de cualquier actividad jurisdiccional o de superintendencia deberán respetarse las medidas de cuidado y prevención establecidas en el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento aprobado por Resolución SPL Nº 05/20, a excepción de las que contraríen lo dispuesto en la presente.

La prestación de servicios de modo presencial procederá respecto del personal que hubiera recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19, transcurridos 21 días corridos desde la inoculación o que, habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optó por no vacunarse.

Quienes no reúnan dichas condiciones y sean trabajadores con inmunodeficiencias, pacientes oncológicos, trasplantados o en el lugar de trabajo no puedan garantizarles la distancia mínima de dos metros, prestarán servicios de forma remota.

La Suprema Corte podrá autorizar la realización de teletrabajo en la medida que incremente la eficacia de la actividad jurisdiccional. Para ello, el titular de la dependencia u organismo, deberá elaborar un plan de trabajo que asegure una mejor prestación del servicio, particularmente en lo referido a la cantidad de audiencias a realizar.

Dicho plan de trabajo, deberá presentarse ante las Secretarías de Planificación o de Personal indistintamente, quienes deberán expedirse al respecto. Una vez aprobado, será monitoreado por la Subsecretaría de Control de Gestión.

A los fines de la plena operatividad de las herramientas que, instituidas en decisiones o reglamentaciones dictadas en el marco de la pandemia, sirven para mejorar la prestación del servicio de modo permanente, la Secretaría de Planificación, con la colaboración de las de Personal y Servicios Jurisdiccionales, deberán instrumentar un proceso de análisis con el objeto de evaluar su mantenimiento o perfeccionamiento, y elevarlo al Consejo Participativo de Gestión Judicial dentro de los 30 días de la publicación de la presente.

A su vez se deja sin efecto la dispensa reconocida en el artículo 4 de la Resolución de Corte Nº 1133/21, en orden al actual protocolo para la presencialidad escolar.

Por último, sin perjuicio de la utilización prioritaria del servicio web de asignación de turnos, para la atención del público en general o de operadores del sistema en particular, puede recurrirse a la atención presencial directa y espontánea, sin necesidad de turno previo y bajo cumplimiento de las medidas de cuidado dispuestas.