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NUEVO VALOR DEL JUS ARANCELARIO

Informamos que por Acuerdo N° 4167, de fecha 25/11/2024, la Suprema Corte ha establecido nuevo valor del Jus arancelario:

“… Artículo 1°.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1° de octubre de 2024 en la suma de pesos treinta y cuatro mil sesenta y siete ($ 34.067) y desde el 1° de noviembre de 2024 en la suma de pesos treinta y cinco mil doscientos doce ($ 35.212)….”.

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Informamos que por Acuerdo N° 4167, de fecha 25/11/2024, la Suprema Corte ha establecido nuevo valor del Jus arancelario:

“… Artículo 1°.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1° de octubre de 2024 en la suma de pesos treinta y cuatro mil sesenta y siete ($ 34.067) y desde el 1° de noviembre de 2024 en la suma de pesos treinta y cinco mil doscientos doce ($ 35.212)….”.

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VISITA INSTITUCIONAL MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y DEL DR. RICARDO LORENZETTI INTEGRANTE DE LA CSJN

El pasado jueves 24 de octubre tuvo lugar en la sede de nuestro Colegio la visita de Sr. Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. RICARDO LORENZETTI; de los integrantes de la Suprema Corte Bonaerense, Dres. DANIEL FERNANDO SORIA, HILDA KOGAN, SERGIO TORRES y el Sr. Procurador General, Dr. JULIO CONTE GRAND.

En dicha oportunidad el Dr. Soria realizó una charla con abogados sobre el método de deliberación de la Suprema Corte de Justicia y sobre el caso “Barrios” que contó con muy buena concurrencia de colegas.

En horas del mediodía se llevó a cabo la reunión con el Dr. Lorenzetti y miembros de la Suprema Corte y, finalizada la misma, inició el encuentro con los Presidentes de los Colegios Departamentales, estando entre ellos el Dr. Leandro Gabás.

Durante la misma, se trató el rol del abogado en la actualidad y sus incumbencias. Como Colegio es un orgullo enorme haber contado con la presencia de los Ministros a quienes agradecemos su participación y excelente predisposición mostrada hacia colegas y autoridades del CAMDP.

A continuación, imágenes del encuentro:

 

 

 

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El pasado jueves 24 de octubre tuvo lugar en la sede de nuestro Colegio la visita de Sr. Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. RICARDO LORENZETTI; de los integrantes de la Suprema Corte Bonaerense, Dres. DANIEL FERNANDO SORIA, HILDA KOGAN, SERGIO TORRES y el Sr. Procurador General, Dr. JULIO CONTE GRAND.

En dicha oportunidad el Dr. Soria realizó una charla con abogados sobre el método de deliberación de la Suprema Corte de Justicia y sobre el caso “Barrios” que contó con muy buena concurrencia de colegas.

En horas del mediodía se llevó a cabo la reunión con el Dr. Lorenzetti y miembros de la Suprema Corte y, finalizada la misma, inició el encuentro con los Presidentes de los Colegios Departamentales, estando entre ellos el Dr. Leandro Gabás.

Durante la misma, se trató el rol del abogado en la actualidad y sus incumbencias. Como Colegio es un orgullo enorme haber contado con la presencia de los Ministros a quienes agradecemos su participación y excelente predisposición mostrada hacia colegas y autoridades del CAMDP.

A continuación, imágenes del encuentro:

 

 

 

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OFICINA DE PERSONAS JURÍDICAS – INFORMACIÓN IMPORTANTE

Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la comunicación que nos fuera cursada por la Sra. Delegada de la Oficina Local de la DPPJ:
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) comunica que, en virtud de la feria administrativa del mes de enero, la DPPJ sede central La Plata estableció el corte de plazo para el ingreso de trámites especiales, por ello, se establecen como último día de ingreso en la Delegación Mar del Plata los siguientes plazos:
Trámites
    •  Trámites de 15 días: Viernes 8 de noviembre de 2024
    •  Trámites de 4 días: Lunes 25 de noviembre de 2024
    •  Trámites de 1 día: Lunes 2 de diciembre de 2024
Rúbricas
    •  Trámites de 15 días: Viernes 15 de noviembre de 2024
    •  Trámites de 4 días: Lunes 25 de noviembre de 2024
    •  Trámites de 1 día: Lunes 2 de diciembre de 2024”
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Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la comunicación que nos fuera cursada por la Sra. Delegada de la Oficina Local de la DPPJ:
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) comunica que, en virtud de la feria administrativa del mes de enero, la DPPJ sede central La Plata estableció el corte de plazo para el ingreso de trámites especiales, por ello, se establecen como último día de ingreso en la Delegación Mar del Plata los siguientes plazos:
Trámites
    •  Trámites de 15 días: Viernes 8 de noviembre de 2024
    •  Trámites de 4 días: Lunes 25 de noviembre de 2024
    •  Trámites de 1 día: Lunes 2 de diciembre de 2024
Rúbricas
    •  Trámites de 15 días: Viernes 15 de noviembre de 2024
    •  Trámites de 4 días: Lunes 25 de noviembre de 2024
    •  Trámites de 1 día: Lunes 2 de diciembre de 2024”
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THOMSON REUTERS

Comenzá a disfrutar hoy mismo del nuevo Plan Especial sin cargo para los matriculados!

A través del Convenio firmado entre Thomson Reuters y los Colegios de Abogados, podrás acceder al Portal de La Ley Next sin costo durante el tiempo que dure este acuerdo.

Además, obtendrás descuentos del 15% en seminarios.

El Plan Especial de La Ley Next para matriculados te brinda en un solo servicio acceso al Portal y a la siguiente información:

  •  Diario La Ley en formato digital
  •  Legislación del día
  •  Noticias diarias de actualidad
  •  Libros digitales exclusivos
  •  Videos y Podcasts de capacitación profesional y actualidad
  •  Descuentos Especiales en otros planes … ¡Y más!

En este sentido, para que sus matriculados puedan acceder a los beneficios del acuerdo, deberán inscribirse a través del siguiente link:

https://www.thomsonreuters.com.ar/es/soluciones-legales/convenios-colegios-abogados.html

Allí deberán dejar sus datos para que desde Thomson Reuters puedan contactarlos y darles el alta e ingresar al Portal de La Ley.

Asimismo, en dicha página, encontrarán más información sobre los beneficios a los cuales accederán.

 

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Asimismo, en dicha página, encontrarán más información sobre los beneficios a los cuales accederán.

 

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Malthuslimpieza

15 % de descuento del precio de lista de artículos de limpieza. Envío sin cargo.
Todos los medios de pago
Roca n° 5119 Mar del Plata
Cel 2235980199 Wsp 2235980200
Ig y Facebook : @
Página Web : www.malthuslimpieza.com

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STARTECH COMPUTACION

15 % de descuento en Servicio Técnico/ instalación de firma Digital (con cualquier medio de pago)
5% de descuento en equipos con pago efectivo.

Página web: www.startechcomputacion.com.ar .

Tucumán nº 4710 de Mar del Plata.

Celular 2236959186 – 2236955014 .
Teléfono Fijo 0223 480-3188 .

Instagram: startechcomputaciomdq
mail: startechcomputacionmdq@gmail.com

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MODO MERLIN – Ropa para bebés y niños

20% de descuento abonando en efectivo/debito. (Venta únicamente ON LINE)

Retiro de compra en punto de entrega (NO es local de venta) en Bolívar 3297 de Mar del Plata, lunes-miércoles-viernes, de 10 a 15hs., coordinando previamente por WhatsApp al 2235-514195

Instagram https://www.instagram.com/modo_merlin

Tienda On Line : https://modomerlin.ar/

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PROFUNDO PESAR POR EL FALLECIMIENTO DEL DR. GERONIMO GRANEL

Desde la Mesa Directiva de ésta Institución, informamos a los/as colegiados /as que lamentablemente, el día sábado 28 de septiembre, falleció el colega Dr. GERÓNIMO GRANEL , quien tuviera un destacado paso como autoridad de éste Colegio, desempeñándose como Presidente del CAMDP en el período 2002/2006.

Nuestro acompañamiento a familiares y amigos.

 

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Desde la Mesa Directiva de ésta Institución, informamos a los/as colegiados /as que lamentablemente, el día sábado 28 de septiembre, falleció el colega Dr. GERÓNIMO GRANEL , quien tuviera un destacado paso como autoridad de éste Colegio, desempeñándose como Presidente del CAMDP en el período 2002/2006.

Nuestro acompañamiento a familiares y amigos.

 

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NUEVO VALOR DEL JUS ARANCELARIO

Informamos que por Acuerdo N° 4163, de fecha 25/9/2024, la Suprema Corte ha establecido nuevo valor del Jus arancelario:

Artículo 1°.- Fijar el valor del «Jus» conforme art. 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1º de agosto de 2024 en la suma de pesos treinta un mil setecientos setenta y siete ($ 31.777) y desde el 1° de septiembre de 2024 en la suma de pesos treinta y dos mil novecientos veintidós ($ 32.922) …

Presione AQUI para descargar el Acuerdo

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Informamos que por Acuerdo N° 4163, de fecha 25/9/2024, la Suprema Corte ha establecido nuevo valor del Jus arancelario:

Artículo 1°.- Fijar el valor del «Jus» conforme art. 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1º de agosto de 2024 en la suma de pesos treinta un mil setecientos setenta y siete ($ 31.777) y desde el 1° de septiembre de 2024 en la suma de pesos treinta y dos mil novecientos veintidós ($ 32.922) …

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CONVERSATORIO SOBRE SUCESIONES NOTARIALES Y DIVORCIOS ADMINISTRATIVOS

El 24 de septiembre de 2024 se llevó a cabo en el Colegio de Abogados el “Conversatorio sobre Divorcios administrativos y Sucesiones Notariales”, siendo los expositores del encuentro el Presidente del CAMDP, Dr. Leandro Gabás, por el Colegio de Magistrados su Presidente Dr. Juan Manuel Sueyro y los Dres. Rodrigo Cataldo y Mariana Villar y, la Dra. Marcela Giménez Bauer, como participante invitada.

En la oportunidad los integrantes del panel manifestaron sus opiniones sobre ambas temáticas. El Dr. Gabás, como representante del CAMDP, sostuvo la posición contraria de la colegiación legal sobre las pretendidas reformas al CCyCN, agregando que se llevarán a cabo todas las gestiones necesarias y conducentes destinadas al rechazo de ambos proyectos ya que no sólo afectan las incumbencias profesionales de los letrados si no que atentan contra la seguridad jurídica, derechos y garantías constitucionales.
A continuación, se exponen los fundamentos que sustentan la postura contraria del CAMDP:

  • En las sucesiones notariales, el apartamiento del Juez natural violenta derechos y garantías consagradas en la Constitución Nacional y tratados internacionales de igual jerarquía – reemplazar al magistrado por un escribano, es poner en cabeza de éste último facultades que no le son propias.
  • Se atenta contra el principio de división de poderes y el derecho de los ciudadanos de acceder a la justicia procurando tutela judicial y efectiva consagrada en el art. 15 de la Constitución Provincial.
  • Se lesiona no solo la seguridad jurídica, si no que se priva de certeza y confiabilidad a los derechos de los eventuales sucesores, y de terceros contratantes.
  • No es cierto el argumento utilizado de que las mismas van a ser más rápidas, que van a colaborar para descomprimir el sistema judicial, o que serán menos costosas. Por un lado, se deberán abonar nuevos gastos que ahora no existen, debiendo el ciudadano también hacer frente pagos de e escrituras públicas (acta de notoriedad de declaratoria de herederos) nuevos «aranceles sociales» y honorarios del escribano. Solo unos pocos se encargarán de éstas sucesiones ya que los registros notariales, en nuestra provincia, son cerrados a diferencia de otras jurisdicciones.
  • En caso de disidencias o planteos posteriores a su inicio irremediablemente el justiciable deberá acudir a tribunales, con lo cual los costos y plazos que se supone el proyecto tiende a reducir, aumentarán indefectiblemente.
  • El llamado «divorcio administrativo” a través de una simple comunicación manifestada por ambos cónyuges, sin asistencia letrada, ante un funcionario público, atenta contra la seguridad jurídica y pone en riesgo los derechos de los cónyuges y de los hijos menores o mayores con capacidad restringida. El divorcio, más allá de la disolución del matrimonio, produce efectos jurídicos de suma importancia que deben ser abordados necesaria y oportunamente en el ámbito de la justicia, con asesoramiento letrado y la debida tutela del juez natural especializado en el fuero de familia y en su caso con la participación del Ministerio Publico.
  • Significaría una regresión inadmisible en materia de derecho de familia, toda vez que priva a los cónyuges de ese derecho, poniendo en mayor riesgo a la persona más vulnerable de la relación –habitualmente la mujer – y expuesta a perder el ejercicio de derechos en el futuro.
  • El divorcio administrativo tal como se lo propone, rompe con el sistema preventivo y a la vez expeditivo del Código Civil y Comercial; y contra lo que se pregona haría más engorroso el proceso de divorcio, alargaría innecesariamente los trámites y sin dudas lo convertiría en más costoso para las partes.

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El 24 de septiembre de 2024 se llevó a cabo en el Colegio de Abogados el “Conversatorio sobre Divorcios administrativos y Sucesiones Notariales”, siendo los expositores del encuentro el Presidente del CAMDP, Dr. Leandro Gabás, por el Colegio de Magistrados su Presidente Dr. Juan Manuel Sueyro y los Dres. Rodrigo Cataldo y Mariana Villar y, la Dra. Marcela Giménez Bauer, como participante invitada.

En la oportunidad los integrantes del panel manifestaron sus opiniones sobre ambas temáticas. El Dr. Gabás, como representante del CAMDP, sostuvo la posición contraria de la colegiación legal sobre las pretendidas reformas al CCyCN, agregando que se llevarán a cabo todas las gestiones necesarias y conducentes destinadas al rechazo de ambos proyectos ya que no sólo afectan las incumbencias profesionales de los letrados si no que atentan contra la seguridad jurídica, derechos y garantías constitucionales.
A continuación, se exponen los fundamentos que sustentan la postura contraria del CAMDP:

  • En las sucesiones notariales, el apartamiento del Juez natural violenta derechos y garantías consagradas en la Constitución Nacional y tratados internacionales de igual jerarquía – reemplazar al magistrado por un escribano, es poner en cabeza de éste último facultades que no le son propias.
  • Se atenta contra el principio de división de poderes y el derecho de los ciudadanos de acceder a la justicia procurando tutela judicial y efectiva consagrada en el art. 15 de la Constitución Provincial.
  • Se lesiona no solo la seguridad jurídica, si no que se priva de certeza y confiabilidad a los derechos de los eventuales sucesores, y de terceros contratantes.
  • No es cierto el argumento utilizado de que las mismas van a ser más rápidas, que van a colaborar para descomprimir el sistema judicial, o que serán menos costosas. Por un lado, se deberán abonar nuevos gastos que ahora no existen, debiendo el ciudadano también hacer frente pagos de e escrituras públicas (acta de notoriedad de declaratoria de herederos) nuevos «aranceles sociales» y honorarios del escribano. Solo unos pocos se encargarán de éstas sucesiones ya que los registros notariales, en nuestra provincia, son cerrados a diferencia de otras jurisdicciones.
  • En caso de disidencias o planteos posteriores a su inicio irremediablemente el justiciable deberá acudir a tribunales, con lo cual los costos y plazos que se supone el proyecto tiende a reducir, aumentarán indefectiblemente.
  • El llamado «divorcio administrativo” a través de una simple comunicación manifestada por ambos cónyuges, sin asistencia letrada, ante un funcionario público, atenta contra la seguridad jurídica y pone en riesgo los derechos de los cónyuges y de los hijos menores o mayores con capacidad restringida. El divorcio, más allá de la disolución del matrimonio, produce efectos jurídicos de suma importancia que deben ser abordados necesaria y oportunamente en el ámbito de la justicia, con asesoramiento letrado y la debida tutela del juez natural especializado en el fuero de familia y en su caso con la participación del Ministerio Publico.
  • Significaría una regresión inadmisible en materia de derecho de familia, toda vez que priva a los cónyuges de ese derecho, poniendo en mayor riesgo a la persona más vulnerable de la relación –habitualmente la mujer – y expuesta a perder el ejercicio de derechos en el futuro.
  • El divorcio administrativo tal como se lo propone, rompe con el sistema preventivo y a la vez expeditivo del Código Civil y Comercial; y contra lo que se pregona haría más engorroso el proceso de divorcio, alargaría innecesariamente los trámites y sin dudas lo convertiría en más costoso para las partes.