Acompañamos y Apoyamos la Movilización de los Abogados Previsionalistas

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Acompañamos y Apoyamos la Movilización de los Abogados Previsionalistas

Este viernes 5 de Febrero los Abogados Previsionalistas se movilizarán en distintos puntos del País reclamando que ANSES amplíe la cantidad de turnos, resuelva las atenciones virtuales, habilite la atención de letrados y los reclamos por los expedientes irresueltos.-
Notamos que el organismo previsional tiene una clara intención de menoscabar o directamente impedir el ejercicio profesional de los colegas, por múltiples trabas y destratos, totalmente injustificados, con el objetivo de lograr que las personas acudan a realizar trámites sin contar con la debida representación profesional que respalde y proteja sus derechos.

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Este viernes 5 de Febrero los Abogados Previsionalistas se movilizarán en distintos puntos del País reclamando que ANSES amplíe la cantidad de turnos, resuelva las atenciones virtuales, habilite la atención de letrados y los reclamos por los expedientes irresueltos.-
Notamos que el organismo previsional tiene una clara intención de menoscabar o directamente impedir el ejercicio profesional de los colegas, por múltiples trabas y destratos, totalmente injustificados, con el objetivo de lograr que las personas acudan a realizar trámites sin contar con la debida representación profesional que respalde y proteja sus derechos.

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EL ANEXO DEL COLEGIO SE LLAMARA DR. JUAN CARLOS PARIS

INGRESA EN EL ACTA 2079 
HOMENAJE AL QUERIDO COLEGA Y EX PRESIDENTE DE LA INSTITUCION

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INGRESA EN EL ACTA 2079 
HOMENAJE AL QUERIDO COLEGA Y EX PRESIDENTE DE LA INSTITUCION

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TASAS REGISTRALES 2021

Informamos a nuestros colegiados, que conforme la entrada en vigencia de la Ley Impositiva 2021, se informan los nuevos valores de los servicios registrales para el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires.

Para acceder a los mismos PRESIONE AQUÍ

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Informamos a nuestros colegiados, que conforme la entrada en vigencia de la Ley Impositiva 2021, se informan los nuevos valores de los servicios registrales para el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires.

Para acceder a los mismos PRESIONE AQUÍ

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Acuerdo N°4003 SCBA – Protocolo de uso del módulo informático para el sorteo de causas jurisdiccionales y de gobierno en órganos colegiados.

Informamos que la Suprema Corte de Justicia aprobó, a través del Acuerdo Nº 4003, el Protocolo de uso del módulo informático para el sorteo de las causas en los órganos colegiados y de las salas de un órgano, la determinación del orden de estudio y votación de los magistrados o su integración, cuando correspondiere, así como la registración de las fechas respectivas a cada intervención, a los efectos de su incorporación a los sistemas de gestión judicial y su adecuada publicidad.

Presione aquí para descargar la citada Acordada

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Informamos que la Suprema Corte de Justicia aprobó, a través del Acuerdo Nº 4003, el Protocolo de uso del módulo informático para el sorteo de las causas en los órganos colegiados y de las salas de un órgano, la determinación del orden de estudio y votación de los magistrados o su integración, cuando correspondiere, así como la registración de las fechas respectivas a cada intervención, a los efectos de su incorporación a los sistemas de gestión judicial y su adecuada publicidad.

Presione aquí para descargar la citada Acordada

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RES. 1483 SCBA – Pautas generales de funcionamiento del servicio durante la Feria de enero.

Informamos que, en el marco de la Feria de enero de 2021 y la incorporación de nuevas tecnologías a los procesos judiciales ocurrida durante el año en curso, la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante la Resolución SC Nº 1483/20, pautas de actuación con relación a notificaciones y comunicaciones electrónicas, presentaciones en causas en trámite e ingreso de nuevas causas.

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Informamos que, en el marco de la Feria de enero de 2021 y la incorporación de nuevas tecnologías a los procesos judiciales ocurrida durante el año en curso, la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante la Resolución SC Nº 1483/20, pautas de actuación con relación a notificaciones y comunicaciones electrónicas, presentaciones en causas en trámite e ingreso de nuevas causas.

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INGRESO DE DEMANDAS / RECURSOS FUERO FEDERAL DURANTE LA FERIA JUDICIAL

Informamos que desde el Juzgado Federal Nro. 2 local nos han comunicado el procedimiento de ingreso de demandas durante la feria judicial de enero.

El mismo no ha variado significativamente, ya que el letrado debe ingresar, como lo venía haciendo, a la página www.pjn.gov.ar , tiene que ir bajando en la página y llega a Comisión de Gestión Judicial, y haciendo click encontrará el correo electrónico correspondiente a la Justicia Federal de Mar del Plata-Demandas y Recursos Directos: jfmardelplatacivil.demanda@pjn.gov.ar  , y el formulario de ingreso de demandas.

No hay un juzgado de turno, por lo que las demandas se ingresan mediante un único correo electrónico y luego se sortean entre el Juzgado Federal nº2 y Nº4.

Debe seleccionar el formulario y es imprescindible (esto es lo nuevo) tildar el casillero Habilitación de Feria “SI”.

Asimismo, deberá estarse a lo dispuesto en la  Resolución 39/2020 de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata,  que establece el requisito de presentación de la documentación en un solo pdf.

Finalmente se recuerda que las presentaciones durante la Feria deberán observar el Protocolo para la presentación de escritos establecido por la CSJN en la Acordada 38/2020.

Se adjuntan  al presente fotos ilustrativas del paso a paso, como así también la normativa mencionada.

 

 

 

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Informamos que desde el Juzgado Federal Nro. 2 local nos han comunicado el procedimiento de ingreso de demandas durante la feria judicial de enero.

El mismo no ha variado significativamente, ya que el letrado debe ingresar, como lo venía haciendo, a la página www.pjn.gov.ar , tiene que ir bajando en la página y llega a Comisión de Gestión Judicial, y haciendo click encontrará el correo electrónico correspondiente a la Justicia Federal de Mar del Plata-Demandas y Recursos Directos: jfmardelplatacivil.demanda@pjn.gov.ar  , y el formulario de ingreso de demandas.

No hay un juzgado de turno, por lo que las demandas se ingresan mediante un único correo electrónico y luego se sortean entre el Juzgado Federal nº2 y Nº4.

Debe seleccionar el formulario y es imprescindible (esto es lo nuevo) tildar el casillero Habilitación de Feria “SI”.

Asimismo, deberá estarse a lo dispuesto en la  Resolución 39/2020 de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata,  que establece el requisito de presentación de la documentación en un solo pdf.

Finalmente se recuerda que las presentaciones durante la Feria deberán observar el Protocolo para la presentación de escritos establecido por la CSJN en la Acordada 38/2020.

Se adjuntan  al presente fotos ilustrativas del paso a paso, como así también la normativa mencionada.

 

 

 

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CONVENIO CON LABORATORIOS C.E.D.E.A.C

Informamos a los/as colegiados/as que nuestra Institución ha celebrado un convenio con el laboratorio CEDEAC, por el cual los matriculados y dependientes del CAMDP, tendrán un %15 de descuento sobre los valores actuales (sólo para atenciones sin obra social/prepaga) , para la realización de estudios vinculados al COVID-19.

Para acceder a dicho descuento deberán acreditar su condición de matriculados exhibiendo su credencial profesional.

A continuación, informamos las sucursales del Laboratorio en nuestra ciudad:

  • CEDEAC GÜEMES: R. Peña 1423 tel. 451-3132
  • CEDEAC SAN LUIS: San Luis 2153 tel. 492-0193
  • CEDEAC ESPAÑA: España 1448 tel. 475-2740
  • CEDEAC CONSTITUCIÓN: Av. Tejedor 1037 tel. 479-5569
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Informamos a los/as colegiados/as que nuestra Institución ha celebrado un convenio con el laboratorio CEDEAC, por el cual los matriculados y dependientes del CAMDP, tendrán un %15 de descuento sobre los valores actuales (sólo para atenciones sin obra social/prepaga) , para la realización de estudios vinculados al COVID-19.

Para acceder a dicho descuento deberán acreditar su condición de matriculados exhibiendo su credencial profesional.

A continuación, informamos las sucursales del Laboratorio en nuestra ciudad:

  • CEDEAC GÜEMES: R. Peña 1423 tel. 451-3132
  • CEDEAC SAN LUIS: San Luis 2153 tel. 492-0193
  • CEDEAC ESPAÑA: España 1448 tel. 475-2740
  • CEDEAC CONSTITUCIÓN: Av. Tejedor 1037 tel. 479-5569
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DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL 01/2021 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la información remitida por el Registro de la Propiedad Pcial. (DTR. 001/2021) vinculada a modificaciones sobre procedimientos y sellados que deben abonarse para la realización de trámites ante dicha dependencia.
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Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la información remitida por el Registro de la Propiedad Pcial. (DTR. 001/2021) vinculada a modificaciones sobre procedimientos y sellados que deben abonarse para la realización de trámites ante dicha dependencia.
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SCBA – Texto ordenado del Acuerdo Nº 3989 y Reglamento del Registro de Domicilios Electrónicos.

Informamos que mediante el Acuerdo Nº 4000, la Suprema Corte de Justicia realizó una serie de adecuaciones y reformas al Acuerdo Nº 3989 –Ver Texto ordenado– que dispuso la creación del Registro de Domicilios Electrónicos. Asimismo, mediante la Resolución SC Nº 1472/20, aprobó su Reglamento.

En concordancia, la Legislatura aprobó el proyecto de Ley que establece el Registro de Domicilios Electrónicos en los Procedimientos Administrativos, cuyo artículo 12 refrenda la estrategia regulatoria diseñada por la Suprema Corte de Justicia. En lo pertinente esta norma prevé:

«El régimen de los domicilios electrónicos correspondientes a los procesos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, se regirá por el Acuerdo Nº 3989/2020 y modificatorios, emanados de la Suprema Corte de Justicia.

Dichos domicilios serán utilizados para realizar toda clase de notificaciones y demás actos procesales de comunicación a través de medios electrónicos, comprensivos incluso de aquellos que, según la legislación vigente, deban ser diligenciados en el domicilio real del destinatario.

En los procedimientos administrativos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia serán aplicables los lineamientos de la presente Ley con el alcance establecido por las reglamentaciones emanadas de la Suprema Corte de Justicia.

El Poder Ejecutivo y la Suprema Corte de Justicia podrán celebrar acuerdos específicos tendientes a la compatibilización de los sistemas de gestión de domicilios electrónicos».

El régimen promovido por la Suprema Corte de Justicia tiene como finalidad adoptar mecanismos que posibiliten la producción de los actos procesales de comunicación por medios telemáticos, favoreciendo la prosecución de los procesos y consolidando el expediente digital.

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Informamos que mediante el Acuerdo Nº 4000, la Suprema Corte de Justicia realizó una serie de adecuaciones y reformas al Acuerdo Nº 3989 –Ver Texto ordenado– que dispuso la creación del Registro de Domicilios Electrónicos. Asimismo, mediante la Resolución SC Nº 1472/20, aprobó su Reglamento.

En concordancia, la Legislatura aprobó el proyecto de Ley que establece el Registro de Domicilios Electrónicos en los Procedimientos Administrativos, cuyo artículo 12 refrenda la estrategia regulatoria diseñada por la Suprema Corte de Justicia. En lo pertinente esta norma prevé:

«El régimen de los domicilios electrónicos correspondientes a los procesos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, se regirá por el Acuerdo Nº 3989/2020 y modificatorios, emanados de la Suprema Corte de Justicia.

Dichos domicilios serán utilizados para realizar toda clase de notificaciones y demás actos procesales de comunicación a través de medios electrónicos, comprensivos incluso de aquellos que, según la legislación vigente, deban ser diligenciados en el domicilio real del destinatario.

En los procedimientos administrativos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia serán aplicables los lineamientos de la presente Ley con el alcance establecido por las reglamentaciones emanadas de la Suprema Corte de Justicia.

El Poder Ejecutivo y la Suprema Corte de Justicia podrán celebrar acuerdos específicos tendientes a la compatibilización de los sistemas de gestión de domicilios electrónicos».

El régimen promovido por la Suprema Corte de Justicia tiene como finalidad adoptar mecanismos que posibiliten la producción de los actos procesales de comunicación por medios telemáticos, favoreciendo la prosecución de los procesos y consolidando el expediente digital.