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ORGANOS DE TURNO – FERIA JUDICIAL JULIO 2024 (del 15 al 26 de julio)

JUSTICIA PROVINCIAL
ACUERDO 4157/24 DE LA SCBA
Departamento Judicial MAR DEL PLATA:
  • Fuero Civil y Comercial
Del 15 al 20/7: Juzgado en lo Civil y Comercial n° 11: a cargo de su titular.
Del 21 al 26/7: Juzgado en lo Civil y Comercial n° 10: a cargo de su titular.
  • Fuero de Familia
Juzgado de Familia n° 2: a cargo de su titular.
  • Fuero Penal
Juzgados de Garantías
Del 15 al 21/7: Juzgado de Garantías n° 3: a cargo de su titular.
Del 22 al 26/7: Juzgado de Garantías n° 4: a cargo de su titular.
Juzgados en lo Correccional
Juzgado en lo Correccional nº 4: a cargo de su titular.
Tribunales en lo Criminal
Tribunal en lo Criminal n° 2: a cargo del Dr. Néstor Jesús Conti.
Juzgados de Ejecución Penal
Del 15 al 21/7: Juzgado de Ejecución n° 2: a cargo de su titular.
Del 22 al 26/7: Juzgado de Ejecución n° 1: a cargo de su titular.
  • Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil
Juzgados de Garantías del Joven
Juzgado de Garantías del Joven n° 1: a cargo de la Dra. Mariana Irianni.
Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil
Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil n° 1: del 15 al 21/7: a cargo de la Dra.
Mariana Irianni. Del 22 al 26/7: a cargo de la Dra. Natalia Margarita Giombi
Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil n° 2: a cargo de la Dra. Mariana Irianni.
  • Fuero Contencioso Administrativo
Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Bahía Blanca: a cargo de su titular.
  • Justicia de Paz Letrada
Para la atención de los Juzgados de Paz de Balcarce, General Alvarado y Mar
Chiquita: Del 15 al 20/7: Juzgado de Paz de Mar Chiquita: a cargo de su titular.Del 21 al 26/7: Juzgado de Paz de Balcarce: a cargo de su titular.
  • Fuero Laboral
Tribunal del Trabajo n° 1 de BAHIA BLANCA.
JUSTICIA FEDERAL
ACORDADA 54/2024 CAMARA FEDERAL DE APELACIONES MAR DEL PLATA
Primero: determinar que permanecerá en su despacho O  durante la próxima Feria Judicial de julio del año dos mil veinticuatro, el señor Juez de Cámara Dr. Eduardo Pablo Jiménez, desde el día quince al  día veintiséis de julio del año dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive.
Segundo: determinar que permanecerá en su despacho durante la próxima Feria Judicial de julio del año dos mil veinticuatro, el señor Juez de Cámara Dr. Alejandro Osvaldo Tazza, desde el día veintidós al día veintiséis de julio del dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive.
Tercero: determinar que el Dr. Bernardo Daniel Bibel desempeñará funciones ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata durante la próxima Feria Judicial de julio del año dos mil veinticuatro, desde el día quince al día diecinueve de julio del dos mil  veinticuatro, ambas fechas inclusive.
Cuarto: designar para atender el despacho durante la Feria Judicial de julio del año dos mil veinticuatro ante los Juzgados Federales de Primera Instancia Nros. 1, 2, 3 y 4 de la ciudad de Mar del Plata al señor Juez Federal de Primera Instancia Dr. Alfredo Eugenio López, en el período comprendido entre el día quince al día veintiséis de julio del año dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive.
Quinto: designar para atender el despacho durante la Feria Judicial de julio del año dos mil veinticuatro ante los Juzgados Federales de Primera Instancia Nros. 1 y 2 de la ciudad de Azul, ante el Juzgado Federal  de Primera Instancia de la ciudad de Dolores, al señor Juez Federal de Primera Instancia Dr. Hernán Gabriel Di Giulio, en el período comprendido entre el día quince al día veintiséis de julio del año dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive.
Sexto: designar para atender el despacho durante la Feria Judicial de julio del año dos mil veinticuatro ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Necochea, al señor Juez Federal de Primera Instancia Dr. Bernardo Daniel Bibel, en el período comprendido entre el día quince al día veintiséis de julio del año dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive.
Séptimo: designar en calidad de Secretario de Cámara en materia Penal durante la próxima Feria Judicial de julio del año dos mil veinticuatro, al Dr. Néstor Miguel Fernández de la Puente, desde el día quince al día diecinueve de julio del año dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive y, al Dr. Luciano Bianchi, desde el día veintidós al día veintiséis de julio del año dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive.
 Octavo: designar en calidad de Secretario de Cámara en materia Civil durante la próxima Feria Judicial de julio del año dos mil veinticuatro, al Dr. Ricardo Mirich, desde el día quince al día diecinueve de julio del año dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive y, a la Dra. Bárbara Irma Soraya Chaar, desde el día veintidós al día veintiséis de julio del año dos mil veinticuatro, ambas fechas inclusive.
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Res. SCBA 1840/24 – Aplicación de las normas de procedimiento laboral

 

Informamos a los colegiados/as que la Suprema Corte de Justicia con fecha 3/7/2024, dispuso que las normas de la Ley 15.057 replicadas en el «Anexo» de la Resolución SC 1840/24, con los alcances de sus considerandos, sean de aplicación inmediata aún respecto de los tribunales colegiados del Fuero Laboral.

 

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Cronograma para el reemplazo de la firma electrónica por firma digital

INFORMACION IMPORTANTE
 

Informamos a los/as colegiados/as que a través de la Resolución SC Nº 1682/24, la Suprema Corte de Justicia aprobó el cronograma de implementación para el reemplazo de las firmas electrónicas por certificados de firma digital de aquellos operadores externos que interactúan en el ámbito de la Administración de Justicia.

La decisión tomada en el marco de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 4150, con relación a la necesidad de reorganizar la infraestructura de gestión y control de la firma electrónica y digital, y extender el uso de esta última tecnología a los operadores externos del sistema, contempla en su diagramación que:

  • A partir del 1º de agosto de 2024, la reducción de la vigencia de los certificados de firma electrónica de 2 años a 3 meses. En el caso de renovaciones de certificados vigentes, a partir de la fecha indicada, la aprobación de la emisión de aquellos se realizará en forma automática por un período de 3 meses.
  • Desde el 1º de noviembre del 2024, la aprobación de la renovación del certificado de firma electrónica se llevará a cabo a través de un mecanismo manual ante las oficinas de registro, el que requerirá la presencia física del interesado en las respectivas dependencias y tendrá vigencia de 3 meses.
  • A partir del 1º de marzo 2025, quedará deshabilitada la posibilidad de renovar certificados de firma electrónica, por lo que la obtención de los mismos se realizará mediante firma digital emitidos por la AC-ONTI.
  • Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Informática que el 1º de agosto del 2026 adopte las acciones necesarias para asegurar la correcta verificación de los documentos con firma electrónica existentes en el sistema y el posterior apagado de la infraestructura de firma electrónica.

Por último, la disposición señala que se informará lo dispuesto a los organismos constituidos como Autoridad de Registro de Firma Electrónica, dependientes de la Autoridad Certificante de la Suprema Corte de Justicia, que se encuentren activas, a los efectos de instar a sus matriculados o funcionarios a reemplazar sus certificados de firma electrónica por el correspondiente certificado de firma digital.

 

 

 

 

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REUNION – JUZGADO FAMILIA NRO. 6

Informamos que el pasado 30 de mayo, integrantes de la Comisión de Administración de Justicia, Dra. Cristabel Aparicio y el Dr. Javier Aguirre, se reunieron con la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Familia Nº 6, Dra. ADRIANA ROTONDA y funcionarios de dicho órgano, oportunidad en que se trasladaron las inquietudes que nos hicieran llegar colegiados/as que litigan en el Fuero.
En cuanto al plazo para el dictado de resoluciones, informa la magistrada que se encuentran a día, cumpliendo los términos legales, agregó asimismo la Dra. Rotonda la problemática que se genera diariamente con liquidaciones y actualizaciones por el marco inflacionario, especialmente concerniente a liquidaciones de liquidación de comunidad conyugal y/o convivencias.
La fijación de alimentos y alimentos provisorios se proveen con actualización según los índices habituales IPC y/o RIPTE.
Vinculado a la valoración de la labor profesional, manifestaron desde el Juzgado que siempre se analiza el trabajo realizado y se respetan los mínimos establecidos en la ley arancelaria.
Consultada la Dra. Rotonda sobre la planta de personal, informó que tan solo tienen una baja por licencia y que el equipo técnico está completo.
En cuanto a criterios en causas de alimentos y plan de parentalidad, informaron que son los habituales y que permiten una responsable y rápida tramitación de los expedientes, sin que se vean vulneradas las normativas procesales. Sobre el control de legalidad en las causas de Abrigo, la Sra. Juez manifestó que el contralor es amplio, tanto en facultades regladas y no regladas.
Asimismo, ante la consulta efectuada por la Comisión, se nos comunicó que las entrevistas de la ley 12569 y art. 12 CDN, son tomadas por el equipo técnico y en presencia de la magistrada.
Destacaron desde el Juzgado la actuación de algunos profesionales que se desempeñan como abogados/as del Niño/a, agregando que los sorteos son rápidos y funcionan dentro de un parámetro de normalidad.
Por último, se informó que, como canal de atención, tienen un solo whatsapp (sólo msjes. escritos) que es el proveído por la SCBA Nro. 223-5–126238, en el horario de 08 a 14 Hs. o mediante Consultas MEV.
Como conclusión podemos decir que se trató de una reunión satisfactoria, se ratificó el canal de diálogo existente entre Colegio y dicho órgano, y se acordó la realización de próximas reuniones para abordar temáticas o inquietudes que vayan surgiendo y que puedan trabajarse en conjunto con el CAMDP, siempre teniendo como objetivo mejorar el servicio de administración de justicia.

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NUEVO VALOR DEL JUS ARANCELARIO

Informamos que por Acuerdo N° 4155, de fecha 7/6/2024, la Suprema Corte ha establecido nuevo valor del Jus arancelario:

«…Artículo 1°.- Fijar el valor del «Jus» conforme art. 9 de la Ley n° 14.967 con vigencia desde el 1º de mayo de 2024 en la suma de pesos veintiocho mil seiscientos veintiocho ($28.628.-). Artículo 2°.- Adecuar el valor del «Jus arancelario Decreto Ley 8904/77» a partir del 1º de mayo de 2024 en la suma de pesos diecinueve mil quinientos sesenta y cuatro ($19.564.-), en consonancia con lo indicado en el ítem II de los considerandos del presente…”.

Presione AQUI para descargar el Acuerdo

 

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REUNION CON INTEGRANTES DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL

El jueves 30 de mayo, el Sr. Presidente Dr. Leandro Gabás, acompañado por los miembros de la Mesa Directiva del CAMDP, Dres. Nicolás Busti y Silvina Carnero, concurrieron a la sede departamental de la Cámara de Apelacion en lo Civil y Comercial para mantener una reunión con los señores Magistrados de dicho Tribunal los Dres. Roberto Loustaunau, Ricardo Monterisi, Alfredo Méndez y Rodrigo Cataldo.En el encuentro se abordaron diversas cuestiones de los fueros civil y de familia que fueron acercadas a nuestra Institución por las colegiadas y los colegiados. Las inquietudes y preocupaciones transmitidas a los Camaristas fueron entre otras sobre plazos de despacho, fijación de audiencias a pedido de parte, actuación de letrados de compañías de seguros y en especial, regulaciones de honorarios.

Los señores Camaristas entienden la importancia de nuestra tarea que concluye en la regulación de los estipendios, y que a la postre representa la valoración justa de su labor, con el estricto cumplimiento de la ley arancelaria, siendo ello de carácter remuneratorio y alimentario.

En relación a esto último, se acordó profundizar la comunicación con la utilizacion del Observatorio del Colegio (vía e.mail observatorio-honorarios@camdp.org.ar) para su análisis en particular, comprometiéndose a elevar informe a la Camara.

Asimismo, los jueces recordaron que los funcionarios de los cuatro organismos de la Cámara (Sala I, Sala II , Sala III y Presidencia) se encuentran a total disposición para recibir consultas, inquietudes o reclamos por los expedientes que tramitan ante el Tribunal.

Se intercambiaron opiniones, siendo muy enriquecedora la charla.

Por último, se tomó nota de la gran preocupacion que tienen los Magistrados en relación a las vacantes de la Cámara, toda vez que ello afecta la dinámica del Tribunal.

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Nueva sede de la Fiscalía General de Cámaras

Informamos a los/as colegiados/as que la Fiscalía General de Cámaras, desde hace unos días, tiene nueva sede en calle  Almte. Brown 1154 de nuestra ciudad, siendo su teléfono de contacto  0223 628-7208
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REUNION CON AUTORIDADES DEL BANCO PROVINCIA


El pasado 15 de mayo, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás, acompañado por el Secretario, Dr. Nicolás Busti, mantuvieron una reunión con autoridades del Banco Provincia Bs. As., asistiendo a la misma la Sra. Gerente Virginia Rodríguez.En la oportunidad, se trasladaron las inquietudes planteadas por los colegiados/as vinculadas a retrasos en transferencias, en apertura de cuentas, a la necesidad de mejorar la atención en mesa de entradas.

Asimismo, se hizo referencia a los diarios inconvenientes que tienen los profesionales y/o clientes para efectuar transferencias o depósitos en cuentas judiciales, explicado la Sra. Gerente que ello se debe a que no se admiten depósitos desde billeteras virtuales, también por la incompatibilidad existente entre el sistema Red Link y Banelco.  En cuanto al límite de los depósitos en efectivo, que ello se debe a disposición del Banco Central y es por ello, que desde la Mesa Directiva se resolvió remitir una nota al B.C.R.A. solicitando el urgente incremento de los montos actuales.

Por último, recordamos que ante cualquier consulta, denuncia o reclamo por irregularidades en la administración de justicia puede efectuarla vía e.mail a: administraciondejusticia@camdp.or.ar

 

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Asesores y Defensores Ah Hoc, designados en los Juzgados de Paz de la Provincia de Buenos Aires

Implementación definitiva del sistema DEAS a partir del 1 de junio de 2024

 INSCRIPCION, SORTEO Y GESTION DE COBROS de Defensores y Asesores AD-HOC- designados en los Juzgados de Paz de la Provincia de Buenos Aires
  • A partir de su implementación, los cursos que se contemplan en el Acuerdo nº 3156 se exigirán como obligatorios.
  • En virtud del Acuerdo nº 4061 SCBA, se considera importante informar a quienes integren la lista de Defensores y Asesores Ad Hoc  actualmente, que se encuentra disponibles las inscripciones para realizar los cursos obligatorios solicitado por el Acuerdo nº 4094.
  • Quienes hayan realizado el curso de capacitación durante el año 2023 y lo que va del año 2024, tendrán cumplimentado dicho requisito para la inscripción del nuevo sistema, sólo deberán realizar las capacitaciones complementarias que se incorporen a partir de la vigencia y puesta en funcionamiento del sistema.
  • Este sistema simplifica y optimiza todos los procesos, garantizando mayor transparencia y eficiencia.
  • A continuación el link para acceder a la capacitación : https://campusadhoc.mpba.gov.ar/curso/login/index.php
  • Para más información sobre el sistema deberán ingresar a la página web:  deas.colproba.org.ar,  y/o remitir e-mail al correo electrónico :  soporte@colproba.org.ar , para otras consultas al correo electrónico de nuestra Institución: prosec@camdp.org.ar