Nuevos Aranceles Ministerio de Trabajo

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Nuevos Aranceles Ministerio de Trabajo

Sres. Colegiados

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud., a fin de informarle, que a partir de la sanción de la ley 14.200 – Ley Impositiva 2011- se han modificado los valores de las tasas retributivas de servicios administrativos y además se han incorporado nuevos aranceles, de los cuales se destacan:

– Autorización de Trabajo Infantil Artístico (Resolución MT Nº 44/08), por cada solicitud de autorización de niño/a, pesos cien ( $ 100,00).-
– Servicio de Junta Médica por discrepancias (artículo 3º inc. H) Ley Nº 10.149), pesos ciento noventa  ($ 190,00).-
– Conciliaciones laborales individuales y/o plurindividuales: por acuerdo registrado y/u homologado espontáneo, por trabajador involucrado, pesos setenta ($ 70,00).-
– Por acuerdo registrado y/u homologado requerido, por cada trabajador involucrado, pesos ciento cuarenta ($ 140,00).-

Dichos servicios podrán ser consultados a través de la página Web del Ministerio de Trabajo ( www.trabajo.gba.gov.ar ), a través del link, gestiones en línea, donde se publican todos los servicios administrativos y su correspondiente tasa.-
También se hace recordar le vigencia del Régimen de Pago Voluntario (Resolución MT Nº 165/09) para los empleadores que se les haya labrado acta de infracción a las leyes y reglamentos del trabajo, salud, higiene y seguridad en el trabajo, así como de las cláusulas normativas de los convenios colectivos.

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Sres. Colegiados

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud., a fin de informarle, que a partir de la sanción de la ley 14.200 – Ley Impositiva 2011- se han modificado los valores de las tasas retributivas de servicios administrativos y además se han incorporado nuevos aranceles, de los cuales se destacan:

– Autorización de Trabajo Infantil Artístico (Resolución MT Nº 44/08), por cada solicitud de autorización de niño/a, pesos cien ( $ 100,00).-
– Servicio de Junta Médica por discrepancias (artículo 3º inc. H) Ley Nº 10.149), pesos ciento noventa  ($ 190,00).-
– Conciliaciones laborales individuales y/o plurindividuales: por acuerdo registrado y/u homologado espontáneo, por trabajador involucrado, pesos setenta ($ 70,00).-
– Por acuerdo registrado y/u homologado requerido, por cada trabajador involucrado, pesos ciento cuarenta ($ 140,00).-

Dichos servicios podrán ser consultados a través de la página Web del Ministerio de Trabajo ( www.trabajo.gba.gov.ar ), a través del link, gestiones en línea, donde se publican todos los servicios administrativos y su correspondiente tasa.-
También se hace recordar le vigencia del Régimen de Pago Voluntario (Resolución MT Nº 165/09) para los empleadores que se les haya labrado acta de infracción a las leyes y reglamentos del trabajo, salud, higiene y seguridad en el trabajo, así como de las cláusulas normativas de los convenios colectivos.