Registro de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género

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Registro de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género

INSCRIPCIÓN REGISTRO DE ASPIRANTES ( Ley 27.210)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN

Le informamos a nuestros colegiados que hasta el día viernes 4 de mayo de 2018 inclusive, en nuestra sede (Brown 1958), en el horario de 8:30 a 13 horas, podrán inscribirse al Registro de Aspirantes para integrar el Registro de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género, para aquellos interesados, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1- Poseer título de abogada/o: copia del titulo
2- Ser ciudadana/o argentino: fotocopia DNI
3- Contar por lo menos con 5 años de ejercicio efectivo en la profesión en el ámbito público o privado: certificado de matrícula expedida por el Colegio.
4- Acreditar el ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado/a en el ámbito público o privado, de los últimos dos (2) años: se acredita con Declaración Jurada (si ejerce en ámbito privado) o recibo de sueldo (si ejerce en ámbito público) . Para acceder al formulario de Declaración Jurada PRESIONE AQUI
5- Estar matriculada/o en el Colegio de Abogadas/os de tu jurisdicción: constancia de matricula
6- Tener certificado de carencia de antecedentes penales: Registro Nacional de Reincidencia, certificado de antecedentes penales
7- No registrar sanciones y/o suspensiones ante el organismo emisor de tu matrícula: constancia del colegio donde acredite que no tiene sanciones a la fecha.

Cuáles son los pasos para formar parte del Registro

a.- Inscribirse en el Registro de Aspirantes de tu Colegio de Abogados.
b.- Deberá aprobar el Curso Virtual de 3 meses de Transformación Actitudinal en género ( TAg).
c.- El cuerpo evaluará su incorporación a dicho Registro. –

INFORMACIÓN GENERAL:

El curso tiene una dedicación diaria de 2 horas y es gratuito, contando en dos módulos, y será necesario aprobar el primero para pasar al segundo.
Luego de aprobado ambos módulos formarán parte del Registro definitivo.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tendrá a cargo los honorarios de los profesionales abogados/as.
Para la víctima es gratuito, no debe abonar honorarios.
Respecto a los honorarios regulados a cargo del Agresor podrán cobrarse judicial o extrajudicialmente.
Los aportes generados durante el proceso judicial y los gastos de inicio (Bono ley y tasa de justicia) estarán a cargo del profesional.
NO se puede patrocinar otros casos de violencia de género fuera de los asignados por el cuerpo, existe una incompatibilidad establecida en el art. 8 de la ley 27.210.-

SALUDA ATTE
CAMDP