Informamos que la presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante
Resolución SPL Nº 36/20 prorrogar las medidas dispuestas para el desarrollo del servicio en el ámbito de la Administración de Justicia, de acuerdo a las decisiones impartidas por las autoridades competentes en el contexto de emergencia sanitaria.
De tal modo, se extienden las previsiones fijadas a través de las Resoluciones SC
Nº 480/20,
Nº 535/20,
Nº 558/20 (en su parte pertinente conforme la Resolución
Nº 593/20),
Nº 567/20,
Nº 583/20,
Nº 654/20,
Nº 655,
Nº 707/20,
Nº 711/20,
Nº 720/20,
Nº 742/20,
Nº 743/20,
Nº 749/20,
Nº 750/20,
Nº 757/20,
Nº 758/20, y Resolución SPL
Nº 35/20 -sus aclaratorias y complementarias respectivamente-, hasta el 16 de agosto del presente año inclusive.
El servicio sujeto al contexto de la pandemia de COVID-19 (Coronavirus), se sostiene sin perjuicio de las diversas fases habilitadas en aquellos municipios que se encuadran dentro de las excepciones reglamentarias al «Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio», y que cumplen con los requerimientos y protocolos establecidos a tal fin.
En torno a dicho proceso de normalización progresiva de la actividad, el Tribunal dispuso, al 1º de agosto del corriente, el restablecimiento del pleno servicio de justicia en más de 70 Juzgados de Paz y en los organismos y dependencias de las siguientes cabeceras departamentales y sedes descentralizadas: Pergamino, y Trenque Lauquen(Resolución SC
Nº 655); Azul, Tandil y San Nicolás (Resolución SC
Nº 711/20); Junín, Necochea, Tres Arroyos y Bragado (Resolución SC
Nº 742/20); Bahía Blanca (Resolución SC
Nº 749/20); y Olavarría (Resolución SC Nº
Nº 757/20).