Acercamos a los/as colegiados/as el trabajo efectuado por el Centro de Mediación de nuestro Colegio y que fuera aprobado por el Consejo Directivo el pasado 13 de octubre.
El mismo tiene por objetivo brindar respuesta a las dudas que, frecuentemente, tienen los colegas respecto a la Mediación Prejudicial Obligatoria.
Presione AQUI para descargar las recomendaciones del Centro de Mediación.-
PASOS A SEGUIR EN CASO DE NO PODER CONTACTAR AL MEDIADOR SORTEADO.
Es de recordar al mediador y a los letrados de parte sobre el curso de acción a seguir cuando se ha cursado email dando cuenta del sorteo pero en mediador no contesta.
- Lo primero es enviar email a mediacionmjus@gmail.com (la autoridad de aplicación ley 13951 es la Dirección Provincial de Mediación a cargo de la Dra. Lucía Vázquez), dando cuenta de la situación y sería de buena práctica mandar copia del correo electrónico enviado al mediador
- La DPM intenta tomar contacto telefónico y/o por email con el mediador verificando que no se trate de un error de sorteo o fallecimiento o enfermedad o jubilación o error en el correo electrónico. Es responsabilidad del mediador tenerlo actualizados sus datos ante la autoridad de aplicación
- Si la DPM no recibe respuesta dispone el resorteo mediante el dictado de una disposición. La Receptoría General de Expedientes no estaría facultada para hacer el resorteo sin esa disposición
- ¿Podrían existir casos de forum shoping? Si, claro. Y por ello es que se verifican las circunstancias de cada caso en particular.