Informamos que la Suprema Corte de Justicia decidió, a través de la Resolución SC Nº 1251/2020, restablecer el servicio pleno de justicia en las cabeceras departamentales de Bahía Blanca y Mar del Plata, a partir del 25 de noviembre del corriente conforme pautas establecidas en la Resolución SC Nº 1250/2020.
El nuevo esquema comenzará a regir el 25 de noviembre del corriente y estará sujeto a los siguientes criterios rectores:
Entre otras medidas también se dispone:
Restablecer a partir del próximo 25 de noviembre el horario de atención al público de 8:00 a 14:00 horas.
A partir de la misma fecha estará disponible el servicio de turnos judiciales para la concurrencia a los órganos jurisdiccionales.
Continuar con la celebración de audiencias de modo presencial, mixto o telemático, en los fueros Civil y Comercial, Laboral, de Familia y Contencioso Administrativo.
Programar las medidas de implementación gradual necesarias que contemplen la realización de informes técnicos periciales de manera presencial, sin perjuicio de profundizar la utilización de herramientas informáticas.
Convocar a través de las Oficinas y Delegaciones de Mandamientos y Notificaciones al personal no dispensado a prestar servicios en turnos rotativos de manera presencial, organizando equipos de trabajo con rotación secuencial y redistribuyendo las zonas de notificación para favorecer la realización de actividades en inmediaciones del lugar de residencia de los trabajadores.
Prorrogar hasta el 30 de noviembre del corriente las medidas cautelares o de protección judicialmente decretadas por situaciones de violencia familiar, de género, restricción a la capacidad o adultos mayores.
Informamos que la Suprema Corte de Justicia decidió, a través de la Resolución SC Nº 1251/2020, restablecer el servicio pleno de justicia en las cabeceras departamentales de Bahía Blanca y Mar del Plata, a partir del 25 de noviembre del corriente conforme pautas establecidas en la Resolución SC Nº 1250/2020.
El nuevo esquema comenzará a regir el 25 de noviembre del corriente y estará sujeto a los siguientes criterios rectores:
Entre otras medidas también se dispone:
Restablecer a partir del próximo 25 de noviembre el horario de atención al público de 8:00 a 14:00 horas.
A partir de la misma fecha estará disponible el servicio de turnos judiciales para la concurrencia a los órganos jurisdiccionales.
Continuar con la celebración de audiencias de modo presencial, mixto o telemático, en los fueros Civil y Comercial, Laboral, de Familia y Contencioso Administrativo.
Programar las medidas de implementación gradual necesarias que contemplen la realización de informes técnicos periciales de manera presencial, sin perjuicio de profundizar la utilización de herramientas informáticas.
Convocar a través de las Oficinas y Delegaciones de Mandamientos y Notificaciones al personal no dispensado a prestar servicios en turnos rotativos de manera presencial, organizando equipos de trabajo con rotación secuencial y redistribuyendo las zonas de notificación para favorecer la realización de actividades en inmediaciones del lugar de residencia de los trabajadores.
Prorrogar hasta el 30 de noviembre del corriente las medidas cautelares o de protección judicialmente decretadas por situaciones de violencia familiar, de género, restricción a la capacidad o adultos mayores.