Informamos a los/as colegiados/as que se encuentra abierta la inscripción para formar parte del nuevo Registro de Abogados y Abogadas Oficiales Notificadores/as y de Justicia Ad-Hoc de Mar del Plata.
Se trata de una nueva incumbencia de carácter voluntario que tiene por finalidad poner a disposición de las partes, letrados y auxiliares de justicia que intervengan en un proceso en trámite ante cualquier dependencia judicial de cualquier fuero o instancia del departamento Judicial de Mar del Plata, la posibilidad de acceder a un abogado matriculado que acepte desempeñar la función de Oficial Notificador y de Justicia Ad-Hoc. En este sentido, cada Juzgado de Mar del Plata fue notificado y recibirá el listado de inscriptos al Registro, quedando su efectiva aplicación a criterio de cada Organismo.
En relación a los honorarios, deberán ser abonados por la parte solicitante del notificador o notificadora ad hoc, considerándose como valor honorario mínimo de referencia1,5 (uno y medio) Jus Arancelario Ley 14.967 si se trata de una cédula y de 2.5 (dos y medio) Jus Arancelarios Ley 14.967 si se trata de un mandamiento, quedando a cargo de la parte solicitante
El abogado que opte por inscribirse deberá cumplir los siguientes requisitos, conforme lo establecido por el reglamento creado por el Consejo Directivo del CAMDP y la normativa vigente:
Inscripción: Los interesados deberán presentar su «Solicitud de Inscripción» como adjunto, completada y firmada, por mail a: adhoc@camdp.org.ar
Clic aquí para leer el Reglamento de Funcionamiento
Informamos a los/as colegiados/as que se encuentra abierta la inscripción para formar parte del nuevo Registro de Abogados y Abogadas Oficiales Notificadores/as y de Justicia Ad-Hoc de Mar del Plata.
Se trata de una nueva incumbencia de carácter voluntario que tiene por finalidad poner a disposición de las partes, letrados y auxiliares de justicia que intervengan en un proceso en trámite ante cualquier dependencia judicial de cualquier fuero o instancia del departamento Judicial de Mar del Plata, la posibilidad de acceder a un abogado matriculado que acepte desempeñar la función de Oficial Notificador y de Justicia Ad-Hoc. En este sentido, cada Juzgado de Mar del Plata fue notificado y recibirá el listado de inscriptos al Registro, quedando su efectiva aplicación a criterio de cada Organismo.
En relación a los honorarios, deberán ser abonados por la parte solicitante del notificador o notificadora ad hoc, considerándose como valor honorario mínimo de referencia1,5 (uno y medio) Jus Arancelario Ley 14.967 si se trata de una cédula y de 2.5 (dos y medio) Jus Arancelarios Ley 14.967 si se trata de un mandamiento, quedando a cargo de la parte solicitante
El abogado que opte por inscribirse deberá cumplir los siguientes requisitos, conforme lo establecido por el reglamento creado por el Consejo Directivo del CAMDP y la normativa vigente:
Inscripción: Los interesados deberán presentar su «Solicitud de Inscripción» como adjunto, completada y firmada, por mail a: adhoc@camdp.org.ar
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