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Formularios y Servicios externos

Consulta de expedientes poder Judicial de la Nación

   

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Registro de Juicios Universales – Acceso Via Web antecedentes registro de Juicios Universales

Con motivo de la presentación efectuada por el Presidente del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires , Dr. Bienvenido Rodríguez Basalo,  en la cual solicita se analice la posibilidad de que los colegiados puedan acceder vía web a la información del estado del trámite ante el Registro de Juicios Universales (RJU), La Suprema Corte de Provincia de Buenos Aires, mediante la Resolución  registrada bajo el Nº 1690, de fecha 19 de agosto de 2015, ha resuelto lo siguiente: «…autorizar a los letrados el acceso -vía el sitio web de la Suprema Corte de Justicia- a la información relativa a la existencia de antecedentes obrantes en el Registro de Juicios Universales, haciendo uso del aplicativo provisto al efecto por la Subsecretaría de Tecnología Informática, con los alcances de los considerandos de la presente y los recaudos de seguridad previstos por la mencionada dependencia».  El mismo se pondrá en funcionamiento a partir del día  1 de Septiembre de 2015.
Para acceder al texto completo de la Resolución PRESIONE AQUÍ

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Con motivo de la presentación efectuada por el Presidente del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires , Dr. Bienvenido Rodríguez Basalo,  en la cual solicita se analice la posibilidad de que los colegiados puedan acceder vía web a la información del estado del trámite ante el Registro de Juicios Universales (RJU), La Suprema Corte de Provincia de Buenos Aires, mediante la Resolución  registrada bajo el Nº 1690, de fecha 19 de agosto de 2015, ha resuelto lo siguiente: «…autorizar a los letrados el acceso -vía el sitio web de la Suprema Corte de Justicia- a la información relativa a la existencia de antecedentes obrantes en el Registro de Juicios Universales, haciendo uso del aplicativo provisto al efecto por la Subsecretaría de Tecnología Informática, con los alcances de los considerandos de la presente y los recaudos de seguridad previstos por la mencionada dependencia».  El mismo se pondrá en funcionamiento a partir del día  1 de Septiembre de 2015.
Para acceder al texto completo de la Resolución PRESIONE AQUÍ

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Reglamento para la confección de listas y designaciones de oficio de Profesionales auxiliares de la Justicia, anexo I del Acuerdo 2728

Informamos a nuestros colegiados respecto al ACUERDO Nº 3771, dictado por la Suprema Corte de Justicia con fecha 26 de agosto de 2015, por la cual se resuelve modificar el art. 3º del Reglamento referido, el que quedará redactado de la siguiente manera: «Cada profesional podrá inscribirse hasta en dos departamentos judiciales para actuar en todos los órganos jurisdiccionales correspondientes a los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Contencioso Administrativo y Laboral con asiento dentro de los límites territoriales de cada departamento. A tal efecto optará por inscribirse en cada departamento judicial, en una o ambas de las listas que se conformarán de acuerdo con lo señalado en el art. 14».
Para acceder al texto completo del Acuerdo nº 3771 de la SCBA  PRESIONE AQUÍ

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Informamos a nuestros colegiados respecto al ACUERDO Nº 3771, dictado por la Suprema Corte de Justicia con fecha 26 de agosto de 2015, por la cual se resuelve modificar el art. 3º del Reglamento referido, el que quedará redactado de la siguiente manera: «Cada profesional podrá inscribirse hasta en dos departamentos judiciales para actuar en todos los órganos jurisdiccionales correspondientes a los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Contencioso Administrativo y Laboral con asiento dentro de los límites territoriales de cada departamento. A tal efecto optará por inscribirse en cada departamento judicial, en una o ambas de las listas que se conformarán de acuerdo con lo señalado en el art. 14».
Para acceder al texto completo del Acuerdo nº 3771 de la SCBA  PRESIONE AQUÍ

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ACUERDO Nº 3766 DE LA SCBA

ACUERDO Nº 3766 DE LA SCBA (Suspensión de la aplicación del Acuerdo Nº 3585, texto según Acuerdo 3766, únicamente respecto de las causas que se inicien en el Fuero de Familia).-
«Artículo 1º: Suspender la aplicación del Acuerdo Nº 3585, texto según Acuerdo 3766, únicamente respecto de las causas que se inicien en el Fuero de Familia, hasta tanto se resuelvan las cuestiones planteadas en las presentes actuaciones…., sin perjuicio de los actos cumplidos».
«Artículo 2º: Encomendar a la Secretaría de Planificación la adopción de las medidas necesarias para la instrumentación de los dispuesto en el artículo anterior».
Para acceder al texto completo del Acuerdo nº 3776 de la SCBA  PRESIONE AQUÍ

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ACUERDO Nº 3766 DE LA SCBA (Suspensión de la aplicación del Acuerdo Nº 3585, texto según Acuerdo 3766, únicamente respecto de las causas que se inicien en el Fuero de Familia).-
«Artículo 1º: Suspender la aplicación del Acuerdo Nº 3585, texto según Acuerdo 3766, únicamente respecto de las causas que se inicien en el Fuero de Familia, hasta tanto se resuelvan las cuestiones planteadas en las presentes actuaciones…., sin perjuicio de los actos cumplidos».
«Artículo 2º: Encomendar a la Secretaría de Planificación la adopción de las medidas necesarias para la instrumentación de los dispuesto en el artículo anterior».
Para acceder al texto completo del Acuerdo nº 3776 de la SCBA  PRESIONE AQUÍ

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Nuevo valor Anticipo previsional

Conforme lo resuelto por el Directorio de la Caja de Previsión Social, informamos que desde el 1º de septiembre de 2015 el valor del anticipo previsional es de PESOS DOSCIENTOS SESENTA ($ 260,00)

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Conforme lo resuelto por el Directorio de la Caja de Previsión Social, informamos que desde el 1º de septiembre de 2015 el valor del anticipo previsional es de PESOS DOSCIENTOS SESENTA ($ 260,00)

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Tramites en CATASTRO – Nueva modalidad obligatoria vía web

Informamos a nuestros colegas que a partir del 1º de septiembre de 2015 los trámites ante la oficina de catastro (Valuación fiscal, certificado/informe catastral, etc.), sólo se podrán realizar vía web, lo cual conlleva que NO utilizaremos más formularios papel para la hacer los mismos.

Resulta fundamental que cuente con su Clave CIT (Clave de Identificación Tributaria) que es la misma que se utiliza para hacer las declaraciones juradas de Ingresos Brutos.

A continuación informamos los pasos para poder cargar crédito en su cuenta ARBA y como hacer el trámite web a través de la página de ARBA:

Leer mas

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Informamos a nuestros colegas que a partir del 1º de septiembre de 2015 los trámites ante la oficina de catastro (Valuación fiscal, certificado/informe catastral, etc.), sólo se podrán realizar vía web, lo cual conlleva que NO utilizaremos más formularios papel para la hacer los mismos.

Resulta fundamental que cuente con su Clave CIT (Clave de Identificación Tributaria) que es la misma que se utiliza para hacer las declaraciones juradas de Ingresos Brutos.

A continuación informamos los pasos para poder cargar crédito en su cuenta ARBA y como hacer el trámite web a través de la página de ARBA:

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Feliz día!

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Se llevo a cabo la marcha “EN DEFENSA DE LOS HONORARIOS”

Con participación de casi un centenar de abogados el 26 de agosto se llevó a cabo la marcha de protesta al Fallo dictado por la Suprema Corte de Justicia en autos «Isla, Sara c/ Provincia de Bs. As. s/ amparo. Recurso extraord. de inap. de ley” el cual a pesar de no estar firme ni constituir doctrina legal para los tribunales inferiores, ya ha sido aplicado por Jueces locales de Primera Instancia.

Es por ello, que una vez reunidos con los colegas en la puerta del Colegio a las 12.30 hs. partimos hacia la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial para hacer entrega de una nota comunicando con la posición institucional del CAMdP en defensa de la dignidad y el ejercicio profesional y el derecho de propiedad de los abogados.

A continuación exponemos fotos de la marcha y de la nota que fuera entregada en mano al Sr. Camarista, Dr. Alfredo Méndez, ante la ausencia del  Presidente de la Alzada.

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Con participación de casi un centenar de abogados el 26 de agosto se llevó a cabo la marcha de protesta al Fallo dictado por la Suprema Corte de Justicia en autos «Isla, Sara c/ Provincia de Bs. As. s/ amparo. Recurso extraord. de inap. de ley” el cual a pesar de no estar firme ni constituir doctrina legal para los tribunales inferiores, ya ha sido aplicado por Jueces locales de Primera Instancia.

Es por ello, que una vez reunidos con los colegas en la puerta del Colegio a las 12.30 hs. partimos hacia la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial para hacer entrega de una nota comunicando con la posición institucional del CAMdP en defensa de la dignidad y el ejercicio profesional y el derecho de propiedad de los abogados.

A continuación exponemos fotos de la marcha y de la nota que fuera entregada en mano al Sr. Camarista, Dr. Alfredo Méndez, ante la ausencia del  Presidente de la Alzada.