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DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL 01/2021 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la información remitida por el Registro de la Propiedad Pcial. (DTR. 001/2021) vinculada a modificaciones sobre procedimientos y sellados que deben abonarse para la realización de trámites ante dicha dependencia.
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Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la información remitida por el Registro de la Propiedad Pcial. (DTR. 001/2021) vinculada a modificaciones sobre procedimientos y sellados que deben abonarse para la realización de trámites ante dicha dependencia.
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SCBA – Texto ordenado del Acuerdo Nº 3989 y Reglamento del Registro de Domicilios Electrónicos.

Informamos que mediante el Acuerdo Nº 4000, la Suprema Corte de Justicia realizó una serie de adecuaciones y reformas al Acuerdo Nº 3989 –Ver Texto ordenado– que dispuso la creación del Registro de Domicilios Electrónicos. Asimismo, mediante la Resolución SC Nº 1472/20, aprobó su Reglamento.

En concordancia, la Legislatura aprobó el proyecto de Ley que establece el Registro de Domicilios Electrónicos en los Procedimientos Administrativos, cuyo artículo 12 refrenda la estrategia regulatoria diseñada por la Suprema Corte de Justicia. En lo pertinente esta norma prevé:

«El régimen de los domicilios electrónicos correspondientes a los procesos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, se regirá por el Acuerdo Nº 3989/2020 y modificatorios, emanados de la Suprema Corte de Justicia.

Dichos domicilios serán utilizados para realizar toda clase de notificaciones y demás actos procesales de comunicación a través de medios electrónicos, comprensivos incluso de aquellos que, según la legislación vigente, deban ser diligenciados en el domicilio real del destinatario.

En los procedimientos administrativos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia serán aplicables los lineamientos de la presente Ley con el alcance establecido por las reglamentaciones emanadas de la Suprema Corte de Justicia.

El Poder Ejecutivo y la Suprema Corte de Justicia podrán celebrar acuerdos específicos tendientes a la compatibilización de los sistemas de gestión de domicilios electrónicos».

El régimen promovido por la Suprema Corte de Justicia tiene como finalidad adoptar mecanismos que posibiliten la producción de los actos procesales de comunicación por medios telemáticos, favoreciendo la prosecución de los procesos y consolidando el expediente digital.

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Informamos que mediante el Acuerdo Nº 4000, la Suprema Corte de Justicia realizó una serie de adecuaciones y reformas al Acuerdo Nº 3989 –Ver Texto ordenado– que dispuso la creación del Registro de Domicilios Electrónicos. Asimismo, mediante la Resolución SC Nº 1472/20, aprobó su Reglamento.

En concordancia, la Legislatura aprobó el proyecto de Ley que establece el Registro de Domicilios Electrónicos en los Procedimientos Administrativos, cuyo artículo 12 refrenda la estrategia regulatoria diseñada por la Suprema Corte de Justicia. En lo pertinente esta norma prevé:

«El régimen de los domicilios electrónicos correspondientes a los procesos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, se regirá por el Acuerdo Nº 3989/2020 y modificatorios, emanados de la Suprema Corte de Justicia.

Dichos domicilios serán utilizados para realizar toda clase de notificaciones y demás actos procesales de comunicación a través de medios electrónicos, comprensivos incluso de aquellos que, según la legislación vigente, deban ser diligenciados en el domicilio real del destinatario.

En los procedimientos administrativos que tramiten ante el Poder Judicial de la Provincia serán aplicables los lineamientos de la presente Ley con el alcance establecido por las reglamentaciones emanadas de la Suprema Corte de Justicia.

El Poder Ejecutivo y la Suprema Corte de Justicia podrán celebrar acuerdos específicos tendientes a la compatibilización de los sistemas de gestión de domicilios electrónicos».

El régimen promovido por la Suprema Corte de Justicia tiene como finalidad adoptar mecanismos que posibiliten la producción de los actos procesales de comunicación por medios telemáticos, favoreciendo la prosecución de los procesos y consolidando el expediente digital.

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ACCESO AL SISTEMA SIMP – Información

Con motivo de las reiteradas consultas de los matriculados/as para acceder al sistema SIMP del Ministerio Público se informa:

  • El acceso al sistema es validado contra el padrón del Colegio, para poder acceder debe figurar habilitado en : https://matricula.colproba.org.ar/consulta
  • El usuario para acceder al sistema es el número de cuit del profesional y se accede desde el siguiente link https://mv.mpba.gov.ar/web opción ABOGADOS DE LA MATRICULA.
  • En caso de no recordar la contraseña, debe utilizar la opción de recupero de clave desde la misma página web. El recupero de la clave requiere tener una dirección de correo electrónico registrada en el sistema, en caso de no tener ninguna registrada, puede seleccionar enviar el mail a la dirección de e-mail publicada en el padrón del Colegio. En caso que no tenga ninguna dirección publicada en el padrón, deberá realizar la actualización de datos en el Colegio y publicar una dirección de e-mail en el padrón. Cuando el Colegio publique su correo electrónico en el padrón, podrá realizar el recupero de contraseña utilizando la nueva casilla de correo electrónico.
  • El código de credencial que pide el sistema es el que figura debajo del código QR (o debajo del código de barras en las credenciales antiguas).

En caso de tener que realizar alguna consulta por no poder ingresar al sistema, es necesario enviar un e-mail a soporte@colproba.org.ar con:

  • Nombre y apellido.
  • Colegio, Tomo y Folio.
  • Nro. de CUIT.
  • Nro. de credencial.
  • Detalle del error o problema que se le presenta.

En el siguiente link, podrá acceder al manual de abogados de la matrícula en la Mesa Virtual de SIMP: https://mv.mpba.gov.ar/web/Manual/AyudaAbogadosConCuit.pdf

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Con motivo de las reiteradas consultas de los matriculados/as para acceder al sistema SIMP del Ministerio Público se informa:

  • El acceso al sistema es validado contra el padrón del Colegio, para poder acceder debe figurar habilitado en : https://matricula.colproba.org.ar/consulta
  • El usuario para acceder al sistema es el número de cuit del profesional y se accede desde el siguiente link https://mv.mpba.gov.ar/web opción ABOGADOS DE LA MATRICULA.
  • En caso de no recordar la contraseña, debe utilizar la opción de recupero de clave desde la misma página web. El recupero de la clave requiere tener una dirección de correo electrónico registrada en el sistema, en caso de no tener ninguna registrada, puede seleccionar enviar el mail a la dirección de e-mail publicada en el padrón del Colegio. En caso que no tenga ninguna dirección publicada en el padrón, deberá realizar la actualización de datos en el Colegio y publicar una dirección de e-mail en el padrón. Cuando el Colegio publique su correo electrónico en el padrón, podrá realizar el recupero de contraseña utilizando la nueva casilla de correo electrónico.
  • El código de credencial que pide el sistema es el que figura debajo del código QR (o debajo del código de barras en las credenciales antiguas).

En caso de tener que realizar alguna consulta por no poder ingresar al sistema, es necesario enviar un e-mail a soporte@colproba.org.ar con:

  • Nombre y apellido.
  • Colegio, Tomo y Folio.
  • Nro. de CUIT.
  • Nro. de credencial.
  • Detalle del error o problema que se le presenta.

En el siguiente link, podrá acceder al manual de abogados de la matrícula en la Mesa Virtual de SIMP: https://mv.mpba.gov.ar/web/Manual/AyudaAbogadosConCuit.pdf

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Convocatoria en el ámbito de la UNMDP

CONVOCATORIA para la SELECCIÓN de la COORDINACIÓN TÉCNICA y EQUIPO TÉCNICO del PROTOCOLO de ACTUACIÓN EN CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DE LA UNMDP

Damos a difusión entre los/as colegiados/as la CONVOCATORIA efectuada por la UNMDP para la SELECCIÓN de la COORDINACIÓN TÉCNICA y EQUIPO TÉCNICO del PROTOCOLO de ACTUACIÓN EN CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO (OCS 1555/20 – RR 3938/20 y RR 3969/20).

En caso de estar interesado/a, obtenga más información presionando AQUI

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CONVOCATORIA para la SELECCIÓN de la COORDINACIÓN TÉCNICA y EQUIPO TÉCNICO del PROTOCOLO de ACTUACIÓN EN CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DE LA UNMDP

Damos a difusión entre los/as colegiados/as la CONVOCATORIA efectuada por la UNMDP para la SELECCIÓN de la COORDINACIÓN TÉCNICA y EQUIPO TÉCNICO del PROTOCOLO de ACTUACIÓN EN CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO (OCS 1555/20 – RR 3938/20 y RR 3969/20).

En caso de estar interesado/a, obtenga más información presionando AQUI

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IMPORTANTE – FUERO DE FAMILIA – FERIA JUDICIAL ENERO 2021

Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la comunicación que nos efectuaran los magistrados/as del Fuero de Familia Departamental, informando temas vinculados al funcionamiento de dichos órganos durante la Feria Judicial de Enero:

 

Mar del Plata, 28  de Diciembre de 2020.-

Sr. Presidente de Colegio de Abogados

Depto Judicial Mar del Plata

Dr. Fabian Portillo

S/D

MARIANA G VILLAR, en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 1, MARIA  SILVINA LAZCANO, en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 2, AMALIA DORADO, en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 3, FELIX ADRIAN FERRAN, en mi carácter de Juez de Cuerpo de Magistrados Suplentes a cargo del Juzgado de Familia Nro. 4, CLARA A. OBLIGADO en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 5 y ADRIANA E. ROTONDA, en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 6, todas del Departamento Judicial de Mar del Plata, tenemos el agrado de dirigir la presente a V.E. a fin de poner en su conocimiento temas relacionados con la próxima FERIA DEL MES DE ENERO DE 2021, a los fines de su difusión entre los colegiados.

a.- Conforme Acuerdo 3998/20 de la SCJBA, se encontrarán de turno en el Fuero de Familia durante el mes de Enero de 2021: 1.- Del 1 al 10 Juzgado de Familia N° 5 ( a cargo de su titular); del 11 al 20 Juzgado de Familia N° 6 ( a cargo de su titular); del 21 al 31 Juzgado de Familia N° 3 ( a cargo de su titular).

b.- Las consultas realizadas por los letrados vía correo electrónico conforme Acuerdo 3971/20 de la SCJBA ( Servicio de consulta a la mesa de entradas de los órganos jurisdiccionales a través de la MEV) se deberán remitir al correo electrónico del Juzgado que se encuentre en turno conforme lo puntualizado anteriormente.

Se deja aclarado que las consultas remitidas por los letrados al correo electrónico de los organismos que no se encuentren en turno serán visualizadas el primer día hábil del Año 2021. ( 03 de febrero)

c.- Los escritos electrónicos remitidos que requieran habilitar feria, deberán contener la indicación HABILITACION DE FERIA, a los efectos de su pronta visualización y proveimiento.

Aprovechamos la oportunidad para saludarle  con atenta consideración.

 

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Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la comunicación que nos efectuaran los magistrados/as del Fuero de Familia Departamental, informando temas vinculados al funcionamiento de dichos órganos durante la Feria Judicial de Enero:

 

Mar del Plata, 28  de Diciembre de 2020.-

Sr. Presidente de Colegio de Abogados

Depto Judicial Mar del Plata

Dr. Fabian Portillo

S/D

MARIANA G VILLAR, en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 1, MARIA  SILVINA LAZCANO, en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 2, AMALIA DORADO, en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 3, FELIX ADRIAN FERRAN, en mi carácter de Juez de Cuerpo de Magistrados Suplentes a cargo del Juzgado de Familia Nro. 4, CLARA A. OBLIGADO en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 5 y ADRIANA E. ROTONDA, en mi carácter de titular del Juzgado de Familia Nro. 6, todas del Departamento Judicial de Mar del Plata, tenemos el agrado de dirigir la presente a V.E. a fin de poner en su conocimiento temas relacionados con la próxima FERIA DEL MES DE ENERO DE 2021, a los fines de su difusión entre los colegiados.

a.- Conforme Acuerdo 3998/20 de la SCJBA, se encontrarán de turno en el Fuero de Familia durante el mes de Enero de 2021: 1.- Del 1 al 10 Juzgado de Familia N° 5 ( a cargo de su titular); del 11 al 20 Juzgado de Familia N° 6 ( a cargo de su titular); del 21 al 31 Juzgado de Familia N° 3 ( a cargo de su titular).

b.- Las consultas realizadas por los letrados vía correo electrónico conforme Acuerdo 3971/20 de la SCJBA ( Servicio de consulta a la mesa de entradas de los órganos jurisdiccionales a través de la MEV) se deberán remitir al correo electrónico del Juzgado que se encuentre en turno conforme lo puntualizado anteriormente.

Se deja aclarado que las consultas remitidas por los letrados al correo electrónico de los organismos que no se encuentren en turno serán visualizadas el primer día hábil del Año 2021. ( 03 de febrero)

c.- Los escritos electrónicos remitidos que requieran habilitar feria, deberán contener la indicación HABILITACION DE FERIA, a los efectos de su pronta visualización y proveimiento.

Aprovechamos la oportunidad para saludarle  con atenta consideración.

 

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HORARIO DE ATENCIÓN COLEGIO DE ABOGADOS.

Les informamos a los colegiados que el horario de atención en la sede del Colegio de Abogados, durante la feria judicial comprendida entre el 4 al 29 de enero de 2020, será de 8 a 12 horas .-

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Les informamos a los colegiados que el horario de atención en la sede del Colegio de Abogados, durante la feria judicial comprendida entre el 4 al 29 de enero de 2020, será de 8 a 12 horas .-

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JUSTICIA FEDERAL – ACORDADA 38/2020 CSJN – PROTOCOLO PARA PRESENTAR ESCRITOS ELECTRÓNICOS EN FERIA

Informamos que con fecha 22 de diciembre de 2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nació dictó su Acordada Nro. 38, por medio de la cual se establece el «Protocolo para la presentación electrónica de escritos en el sistema de gestión judicial durante la Feria Judicial».

Presione aquí para descargar la citada Acordada

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Informamos que con fecha 22 de diciembre de 2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nació dictó su Acordada Nro. 38, por medio de la cual se establece el «Protocolo para la presentación electrónica de escritos en el sistema de gestión judicial durante la Feria Judicial».

Presione aquí para descargar la citada Acordada

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CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ELECTRÓNICO EN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Informamos que con fecha 22 de diciembre de 2020, el Senado Bonaerense aprobó, con modificaciones, el proyecto de ley remitido por la Cámara de Diputados, facultando al Poder Ejecutivo a implementar la constitución de domicilio electrónico en procedimientos administrativos de la provincia de Buenos Aires.

Presione aquí para descargar el texto completo.

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Informamos que con fecha 22 de diciembre de 2020, el Senado Bonaerense aprobó, con modificaciones, el proyecto de ley remitido por la Cámara de Diputados, facultando al Poder Ejecutivo a implementar la constitución de domicilio electrónico en procedimientos administrativos de la provincia de Buenos Aires.

Presione aquí para descargar el texto completo.

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SCBA – Asueto judicial los días 24 y 31 de diciembre de 2020.

Informamos que mediante Resolución SC Nº 1463/20 la Suprema Corte de Justicia dispuso asueto judicial con suspensión de términos procesales en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, los días 24 y 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan.

Para acceder a la Resolución SC nº 1463/20 PRESIONE AQUI

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Informamos que mediante Resolución SC Nº 1463/20 la Suprema Corte de Justicia dispuso asueto judicial con suspensión de términos procesales en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, los días 24 y 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan.

Para acceder a la Resolución SC nº 1463/20 PRESIONE AQUI

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ACORDADA 96/2020 – JUSTICIA FEDERAL – FERIA JUDICIAL

Informamos que la Cámara Federal de Apelaciones local el pasado 4 de diciembre, dictó la Acordada N° 96/2020, por medio de la cual se determinaron los órganos y modalidad de atención de la justicia federal durante la Feria Judicial de enero.

Presione para descargar:

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Informamos que la Cámara Federal de Apelaciones local el pasado 4 de diciembre, dictó la Acordada N° 96/2020, por medio de la cual se determinaron los órganos y modalidad de atención de la justicia federal durante la Feria Judicial de enero.

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