Noticias

Porwebmaster

Fallida sesión consejo directivo – Nuevamente falta de quórum.

Sres. Colegiados:

Informo que en el día de la fecha y por segunda vez consecutiva, no se ha podido celebrar la primera sesión del Consejo Directivo, en la cual correspondía distribuir los cargos de la Mesa Directiva, conforme lo establecido en el Art. 41 Ley 5177 y Art. 20 del Reglamento de Funcionamiento de los Colegios Departamentales, debido a que no se ha alcanzado el quórum de siete miembros exigido por ley (art. 44 Ley 5177) para deliberar los temas a tratarse, ante las incomparecencias de los Sres. Consejeros Titulares Doctores EDUARDO LOUSTAUNAU, NICOLAS SCETTA, CONSTANZA ANGELLETTA, IGNACIO ARBANESI, FEDERICO BERTÉ y CARLOS ETCHEVERRIGARAY.

Por otra parte, en mi carácter de Presidente de este Colegio Departamental, y ante el correo electrónico remitido por la Lista Roja a los colegiados, considero que resulta necesario efectuar algunas precisiones.-

  • Que el funcionamiento de los Colegios de Abogados se encuentra regulado por la Ley  5177 y su Reglamento, siendo carga pública el ejercicio de la función  de miembro del Consejo Directivo (Art. 35).-
  • Que la integración de la Mesa Directiva la designa el Consejo Directivo por votación en su 1er. sesión ordinaria y no por parte del Presidente del Colegio.
  • Que al momento de efectuarse dicha votación, el suscripto votará para que Consejeros de las tres listas integren la Mesa Directiva.-
  • Que sin perjuicio de las diferencias existentes, los consensos se logran con el trabajo institucional llevado a cabo conforme lo establece la ley colegial  y por la vía orgánica correspondiente, y no mediante la utilización de los medios propagandísticos auspiciados por los Consejeros ausentes.

Por último, comunico que fiel a la responsabilidad que los abogados me confirieron desde hace ya seis años, agotaré todos los recursos administrativos y legales pertinentes para continuar con la gestión del Colegio.

Esperando desde ya su opinión al respecto, lo saluda atte.

 

 

 

 

 

Porwebmaster

Sres. Colegiados:

Informo que en el día de la fecha y por segunda vez consecutiva, no se ha podido celebrar la primera sesión del Consejo Directivo, en la cual correspondía distribuir los cargos de la Mesa Directiva, conforme lo establecido en el Art. 41 Ley 5177 y Art. 20 del Reglamento de Funcionamiento de los Colegios Departamentales, debido a que no se ha alcanzado el quórum de siete miembros exigido por ley (art. 44 Ley 5177) para deliberar los temas a tratarse, ante las incomparecencias de los Sres. Consejeros Titulares Doctores EDUARDO LOUSTAUNAU, NICOLAS SCETTA, CONSTANZA ANGELLETTA, IGNACIO ARBANESI, FEDERICO BERTÉ y CARLOS ETCHEVERRIGARAY.

Por otra parte, en mi carácter de Presidente de este Colegio Departamental, y ante el correo electrónico remitido por la Lista Roja a los colegiados, considero que resulta necesario efectuar algunas precisiones.-

  • Que el funcionamiento de los Colegios de Abogados se encuentra regulado por la Ley  5177 y su Reglamento, siendo carga pública el ejercicio de la función  de miembro del Consejo Directivo (Art. 35).-
  • Que la integración de la Mesa Directiva la designa el Consejo Directivo por votación en su 1er. sesión ordinaria y no por parte del Presidente del Colegio.
  • Que al momento de efectuarse dicha votación, el suscripto votará para que Consejeros de las tres listas integren la Mesa Directiva.-
  • Que sin perjuicio de las diferencias existentes, los consensos se logran con el trabajo institucional llevado a cabo conforme lo establece la ley colegial  y por la vía orgánica correspondiente, y no mediante la utilización de los medios propagandísticos auspiciados por los Consejeros ausentes.

Por último, comunico que fiel a la responsabilidad que los abogados me confirieron desde hace ya seis años, agotaré todos los recursos administrativos y legales pertinentes para continuar con la gestión del Colegio.

Esperando desde ya su opinión al respecto, lo saluda atte.

 

 

 

 

 

Porwebmaster

Concurso – tribunal arbitral

Informamos que el pasado 8 de junio cerró la inscripción de postulantes para el concurso de designación de árbitros para el Tribunal Arbitral de nuestro Colegio.-

La nómina de aspirantes es la siguiente:

  • ACOSTA Miguel Ángel,
  • ALMADA Julio Héctor,
  • ALVAREZ LARRONDO Federico M.,
  • BRUN Carlos Alberto,
  • CORONEL María Silvia,
  • FIGLIUOLO Juan Carlos,
  • GULMINELLI Ricardo Ludovico,
  • HOOFT Eduardo Raimundo,
  • LORUSSO Jorge Alejandro,
  • LUZ CLARA Bibiana Beatriz,
  • NAVARRO Edgardo Luis,
  • NOEJOVICH Patricia Edith,
  • NUDELMAN María Susana,
  • RECH Ramiro René,
  • VEGA Alejandro Pablo,
  • VERA MORENO José Luis,
  • VERDI Guillermo Fabián.
Porwebmaster

Informamos que el pasado 8 de junio cerró la inscripción de postulantes para el concurso de designación de árbitros para el Tribunal Arbitral de nuestro Colegio.-

La nómina de aspirantes es la siguiente:

  • ACOSTA Miguel Ángel,
  • ALMADA Julio Héctor,
  • ALVAREZ LARRONDO Federico M.,
  • BRUN Carlos Alberto,
  • CORONEL María Silvia,
  • FIGLIUOLO Juan Carlos,
  • GULMINELLI Ricardo Ludovico,
  • HOOFT Eduardo Raimundo,
  • LORUSSO Jorge Alejandro,
  • LUZ CLARA Bibiana Beatriz,
  • NAVARRO Edgardo Luis,
  • NOEJOVICH Patricia Edith,
  • NUDELMAN María Susana,
  • RECH Ramiro René,
  • VEGA Alejandro Pablo,
  • VERA MORENO José Luis,
  • VERDI Guillermo Fabián.
Porwebmaster

Informe de jurisprudencia del tribunal de trabajo nº 3 en materia de accidentes de trabajo

Informamos que el Tribunal de Trabajo Nº 3 Departamental, a cargo de los Sres. Jueces Dres. ALEJANDRO LERENA, FERNANDO NOVOA y  RICARDO SCAGLIOTTI han remitido un cuadro sinóptico, a través del cual se sistematizan los diferentes pronunciamientos de dicho Tribunal en materia de riesgos de trabajo.-

El mismo esta orientado para contribuir con el colegiado, que actúa en dicho fuero, en su labor profesional diaria, facilitándole la tarea de búsqueda de antecedentes jurisprudenciales y el conocimiento de los distintos criterios adoptados por los integrantes del Tribunal tanto al votar en su dependencia como al integrar algún otro Tribunal del Trabajo Local por subrogancia.-

El sistema adoptado ha sido el de una división general en tres grandes temas:

  1. Reclamo sistemático de la Ley 24.557,
  2. Reclamo Extra-Sistemático según normas del Código Civil y
  3. Cuestiones Procesales.-

Para acceder al cuadro sinóptico presione AQUÍ

Para acceder a los fallos completos del Tribunal en WORD, ingrese al siguiente link www.camdp.org.ar

Porwebmaster

Informamos que el Tribunal de Trabajo Nº 3 Departamental, a cargo de los Sres. Jueces Dres. ALEJANDRO LERENA, FERNANDO NOVOA y  RICARDO SCAGLIOTTI han remitido un cuadro sinóptico, a través del cual se sistematizan los diferentes pronunciamientos de dicho Tribunal en materia de riesgos de trabajo.-

El mismo esta orientado para contribuir con el colegiado, que actúa en dicho fuero, en su labor profesional diaria, facilitándole la tarea de búsqueda de antecedentes jurisprudenciales y el conocimiento de los distintos criterios adoptados por los integrantes del Tribunal tanto al votar en su dependencia como al integrar algún otro Tribunal del Trabajo Local por subrogancia.-

El sistema adoptado ha sido el de una división general en tres grandes temas:

  1. Reclamo sistemático de la Ley 24.557,
  2. Reclamo Extra-Sistemático según normas del Código Civil y
  3. Cuestiones Procesales.-

Para acceder al cuadro sinóptico presione AQUÍ

Para acceder a los fallos completos del Tribunal en WORD, ingrese al siguiente link www.camdp.org.ar

Porwebmaster

Pedido de normalización del Juzgado de Mar Chiquita

El Colegio de abogados Mar del Plata, mediante notas dirigidas a la Subsecretaria de Justicia y a la Dirección de Justicia de Paz Letrada de la SCBA, manifestó la grave preocupación que genera en la colegiación, como también las quejas recibidas por parte de los colegas en torno al funcionamiento del citado órgano, solicitando a la inmediatez la designación de un juez de Paz y personal para el juzgado.

La noticia fue publicada por el diario La Capital, cuya nota puede ver aquí

Porwebmaster

El Colegio de abogados Mar del Plata, mediante notas dirigidas a la Subsecretaria de Justicia y a la Dirección de Justicia de Paz Letrada de la SCBA, manifestó la grave preocupación que genera en la colegiación, como también las quejas recibidas por parte de los colegas en torno al funcionamiento del citado órgano, solicitando a la inmediatez la designación de un juez de Paz y personal para el juzgado.

La noticia fue publicada por el diario La Capital, cuya nota puede ver aquí

Porwebmaster

Asamblea General Ordinaria

Les informamos que, contando con la presencia de más de ciento sesenta colegiados, en el día lunes 4 se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria de este Colegio de Abogados Departamental.  En la oportunidad se aprobó la Memoria y Balance correspondiente al ejercicio 2011/2012, y el resto de los puntos integrantes de la convocatoria publicada oportunamente.-

Saluda atte.

Porwebmaster

Les informamos que, contando con la presencia de más de ciento sesenta colegiados, en el día lunes 4 se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria de este Colegio de Abogados Departamental.  En la oportunidad se aprobó la Memoria y Balance correspondiente al ejercicio 2011/2012, y el resto de los puntos integrantes de la convocatoria publicada oportunamente.-

Saluda atte.

Porwebmaster

Feria judicial de invierno

Ponemos en vuestro conocimiento que la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Artículo 32, inc. j) de la Ley Nº 5.827, ha establecido, entre los días 16 y 27 de julio inclusive, del año 2012, el período de Feria Judicial en la Administración de Justicia de la Provincia a que se refiere el inciso b) del Artículo 1º  de la Ley Nº 7.951 -texto según Ley Nº 11.765.-

Para descargar el Acuerdo 3588/2012 PRESIONE AQUI

Porwebmaster

Ponemos en vuestro conocimiento que la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Artículo 32, inc. j) de la Ley Nº 5.827, ha establecido, entre los días 16 y 27 de julio inclusive, del año 2012, el período de Feria Judicial en la Administración de Justicia de la Provincia a que se refiere el inciso b) del Artículo 1º  de la Ley Nº 7.951 -texto según Ley Nº 11.765.-

Para descargar el Acuerdo 3588/2012 PRESIONE AQUI

Porwebmaster

Mediación – Instructivo abogados de parte.-

Remitimos para vuestro conocimiento el instructivo elaborado por el Centro de Mediación de nuestro Colegio, respecto a la actuación de los abogados de parte en la mediación prejudicial obligatoria en vigencia desde el pasado 14 de mayo de 2012.-

Para descargar el instructivo PRESIONE AQUI

Porwebmaster

Remitimos para vuestro conocimiento el instructivo elaborado por el Centro de Mediación de nuestro Colegio, respecto a la actuación de los abogados de parte en la mediación prejudicial obligatoria en vigencia desde el pasado 14 de mayo de 2012.-

Para descargar el instructivo PRESIONE AQUI

Porwebmaster

Medidas para acelerar trámites procesales – Tribunal de Trabajo Nº 3

Informamos que el Tribunal de Trabajo Nº 3 Departamental, a cargo de los Sres. Jueces Dres. ALEJANDRO LERENA, FERNANDO NOVOA y  RICARDO SCAGLIOTTI ha presentado una nota ante el Colegio haciendo saber el sistema de emergencia implementado destinado a tratar de aligerar el despacho de de expedientes en los sectores que presentar retraso.-

En tal sentido han dispuesto que a partir del 28/05/2012 en la mesa de entradas se recibirá y pasará a control y firma únicamente aquellos oficios que lleven firma de jueces o funcionarios, limitándose el empleado de la mesa a sellar todos los que llevan la firma de los profesionales, a poner constancia de su libramiento en el expediente al pie del auto ordenatorio y su entrega al profesional interviniente en autos o quien hubiera sido autorizado previa y expresamente en el expediente y en el oficio. Aclaran los Magistrados que sólo se librarán oficios cuanto el auto de apertura a prueba se encuentre firme y apelando a la responsabilidad profesional de los abogados a efectos de que se respeten tales plazos y a que en los oficios se consignen únicamente aquellos puntos que han sido objeto de libramiento.

Asimismo a efectos de facilitar tanto la tarea del profesional como de los propios agentes judiciales han sugerido que las declaraciones testimoniales sumarias a brindarse en los beneficios de litigar si gastos o medidas cautelares sean tomadas por los profesionales a través del formulario que puede descargar presionando AQUÍ y que luego los testigos deban concurrir al Tribunal a ratificar sus dichos en presencia del funcionario que se designe.

Porwebmaster

Informamos que el Tribunal de Trabajo Nº 3 Departamental, a cargo de los Sres. Jueces Dres. ALEJANDRO LERENA, FERNANDO NOVOA y  RICARDO SCAGLIOTTI ha presentado una nota ante el Colegio haciendo saber el sistema de emergencia implementado destinado a tratar de aligerar el despacho de de expedientes en los sectores que presentar retraso.-

En tal sentido han dispuesto que a partir del 28/05/2012 en la mesa de entradas se recibirá y pasará a control y firma únicamente aquellos oficios que lleven firma de jueces o funcionarios, limitándose el empleado de la mesa a sellar todos los que llevan la firma de los profesionales, a poner constancia de su libramiento en el expediente al pie del auto ordenatorio y su entrega al profesional interviniente en autos o quien hubiera sido autorizado previa y expresamente en el expediente y en el oficio. Aclaran los Magistrados que sólo se librarán oficios cuanto el auto de apertura a prueba se encuentre firme y apelando a la responsabilidad profesional de los abogados a efectos de que se respeten tales plazos y a que en los oficios se consignen únicamente aquellos puntos que han sido objeto de libramiento.

Asimismo a efectos de facilitar tanto la tarea del profesional como de los propios agentes judiciales han sugerido que las declaraciones testimoniales sumarias a brindarse en los beneficios de litigar si gastos o medidas cautelares sean tomadas por los profesionales a través del formulario que puede descargar presionando AQUÍ y que luego los testigos deban concurrir al Tribunal a ratificar sus dichos en presencia del funcionario que se designe.

Porwebmaster

Llamado a concurso Tribunal Arbitral

El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata llama a concurso de Antecedentes y Posición, para designar tres miembros titulares y seis suplentes del Tribunal Arbitral, según lo previsto por el reglamento vigente:

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN.

  1. Título de abogado expedido por Universidad Argentina.
  2. Estar inscripto en la matrícula del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata.
  3. Haber ejercido la profesión por un término no menor de quince años inmediatos anteriores a la presentación al concurso.
  4. Los aspirantes que se hubieran desempeñado como Magistrados o Funcionarios Judiciales, deberán integrar esa antigüedad con un mínimo de cinco años en el ejercicio activo de la profesión de abogado (art. 4º Reglamento Tribunal Arbitral).
  5. Además los postulantes deben estar exentos de las causales de remoción previstas en el art. 8º del aludido reglamento.-

CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 08/06/2012.-

Las inscripciones deberán efectuarse en la sede Tribunal Arbitral en el horario de 9.00 a 13:00 hs. y al momento de hacerlo deberán presentar el formulario de inscripción (se retira en el Tribunal y disponible en la página web www.camdp.org.ar), carpeta de antecedentes en 5 juegos y soporte digital (CD o Pen Drive). La fecha de cierre de inscripción al concurso es el día viernes 08 de junio de 2012 a las 13.00 hs.-

Descarque AQUI el formulario.

SORTEO DEL TEMA DEL CONCURSO Y ORDEN DE EXPOSICIÓN DE LOS POSTULANTES:

Día jueves 21 de junio de 2012 a las 12:00 hs., en la sala de sesiones del Consejo Directivo del Colegio.

FECHA DE REALIZACIÓN DEL CONCURSO:
Comenzará el 12 y 13 de julio de 2012 a las 10:00 hs., en la sede del Colegio, prolongándose hasta su culminación.
COMPOSICIÓN DEL JURADO: Aída Kemelmajer, Daniel Roque Vítolo y Daniel Sabsay.-

Porwebmaster

El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata llama a concurso de Antecedentes y Posición, para designar tres miembros titulares y seis suplentes del Tribunal Arbitral, según lo previsto por el reglamento vigente:

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN.

  1. Título de abogado expedido por Universidad Argentina.
  2. Estar inscripto en la matrícula del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata.
  3. Haber ejercido la profesión por un término no menor de quince años inmediatos anteriores a la presentación al concurso.
  4. Los aspirantes que se hubieran desempeñado como Magistrados o Funcionarios Judiciales, deberán integrar esa antigüedad con un mínimo de cinco años en el ejercicio activo de la profesión de abogado (art. 4º Reglamento Tribunal Arbitral).
  5. Además los postulantes deben estar exentos de las causales de remoción previstas en el art. 8º del aludido reglamento.-

CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 08/06/2012.-

Las inscripciones deberán efectuarse en la sede Tribunal Arbitral en el horario de 9.00 a 13:00 hs. y al momento de hacerlo deberán presentar el formulario de inscripción (se retira en el Tribunal y disponible en la página web www.camdp.org.ar), carpeta de antecedentes en 5 juegos y soporte digital (CD o Pen Drive). La fecha de cierre de inscripción al concurso es el día viernes 08 de junio de 2012 a las 13.00 hs.-

Descarque AQUI el formulario.

SORTEO DEL TEMA DEL CONCURSO Y ORDEN DE EXPOSICIÓN DE LOS POSTULANTES:

Día jueves 21 de junio de 2012 a las 12:00 hs., en la sala de sesiones del Consejo Directivo del Colegio.

FECHA DE REALIZACIÓN DEL CONCURSO:
Comenzará el 12 y 13 de julio de 2012 a las 10:00 hs., en la sede del Colegio, prolongándose hasta su culminación.
COMPOSICIÓN DEL JURADO: Aída Kemelmajer, Daniel Roque Vítolo y Daniel Sabsay.-

Porwebmaster

Solicitud – Jefe receptoría Gral. de expedientes

El Jefe de la Receptoría General de Expedientes, Dr. CARLOS NOCETTI, ha solicitado se informe que de las planillas de presentación de juicios, solo se imprima la primera cara y no su reverso (instrucciones) ya que allí el personal de dicha dependencia coloca el cargo correspondiente.

Asimismo informó que en la medida de lo posible el sorteo de los mediadores se efectuará en el acto entregándose las constancias respectivas, salvo que haya mucho cúmulo de tareas, en cuyo caso las mismas deberán ser retiradas al día siguiente.

Por último ha solicitado que los colegiados que han efectuado las presentaciones solicitando sorteo de mediador, concurran a dicha dependencia a buscar las constancias respectivas.-

Porwebmaster

El Jefe de la Receptoría General de Expedientes, Dr. CARLOS NOCETTI, ha solicitado se informe que de las planillas de presentación de juicios, solo se imprima la primera cara y no su reverso (instrucciones) ya que allí el personal de dicha dependencia coloca el cargo correspondiente.

Asimismo informó que en la medida de lo posible el sorteo de los mediadores se efectuará en el acto entregándose las constancias respectivas, salvo que haya mucho cúmulo de tareas, en cuyo caso las mismas deberán ser retiradas al día siguiente.

Por último ha solicitado que los colegiados que han efectuado las presentaciones solicitando sorteo de mediador, concurran a dicha dependencia a buscar las constancias respectivas.-