El pasado 12 de marzo, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás, junto a miembros de la Comisión de Administración de Justicia, mantuvieron la reunión con el Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial número 14, Doctor PATRICIO GROPPO.
En el encuentro el magistrado que recientemente ha asumido su cargo, manifestó a los representantes del CAMDP cuál es la modalidad de trabajo y organización interna que pretenderá llevar a cabo en el Juzgado para que el servicio de justicia sea ágil y eficiente.
Desde el Colegio se le solicitó que el Juzgado sea de puertas abiertas para los colegas, que se tengan presentes las pautas de la Ley 14.967 al momento de regular honorarios y se analice pormenorizadamente la labor de los profesionales al realizar las mismas.
Por último, se acordó mantener una nueva reunión en los próximos meses, abriéndose un canal de diálogo entre el Sr. Juez y el CAMDP para contribuir a la mejora de la administración de justicia y resolver las inquietudes que pudiesen surgir a futuro.
El pasado 12 de marzo, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás, junto a miembros de la Comisión de Administración de Justicia, mantuvieron la reunión con el Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial número 14, Doctor PATRICIO GROPPO.
En el encuentro el magistrado que recientemente ha asumido su cargo, manifestó a los representantes del CAMDP cuál es la modalidad de trabajo y organización interna que pretenderá llevar a cabo en el Juzgado para que el servicio de justicia sea ágil y eficiente.
Desde el Colegio se le solicitó que el Juzgado sea de puertas abiertas para los colegas, que se tengan presentes las pautas de la Ley 14.967 al momento de regular honorarios y se analice pormenorizadamente la labor de los profesionales al realizar las mismas.
Por último, se acordó mantener una nueva reunión en los próximos meses, abriéndose un canal de diálogo entre el Sr. Juez y el CAMDP para contribuir a la mejora de la administración de justicia y resolver las inquietudes que pudiesen surgir a futuro.
“… Artículo 1°.- Fijar el valor del «Jus» conforme art. 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1º de febrero de 2025 en la suma de pesos treinta y siete mil seiscientos setenta y siete ($ 37.677) y desde el 1° de marzo de 2025 en la suma de pesos treinta y ocho mil trescientos ochenta y uno ($ 38.381)…”.
Presione AQUI para ver el Acuerdo.
“… Artículo 1°.- Fijar el valor del «Jus» conforme art. 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1º de febrero de 2025 en la suma de pesos treinta y siete mil seiscientos setenta y siete ($ 37.677) y desde el 1° de marzo de 2025 en la suma de pesos treinta y ocho mil trescientos ochenta y uno ($ 38.381)…”.
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Los domicilios electrónicos donde deberán ser remitidos los oficios, según competencia material o territorial de las respectivas oficinas, son los ya generados, disponibles y publicados en la oportunidad de la puesta en funcionamiento de la primera etapa de comunicaciones.
El pago podrá realizarse de manera presencial o electrónica. En el caso del pago electrónico, se deberá seguir el siguiente procedimiento:
Una vez efectuado el pago, ya sea de manera presencial o electrónica, el comprobante correspondiente deberá ser adjuntado al oficio judicial y remitido a la Agencia de Recaudación a través del sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas de la SCBA donde será validado el pago y se procederá al tratamiento del oficio judicial librado.
Los domicilios electrónicos donde deberán ser remitidos los oficios, según competencia material o territorial de las respectivas oficinas, son los ya generados, disponibles y publicados en la oportunidad de la puesta en funcionamiento de la primera etapa de comunicaciones.
El pago podrá realizarse de manera presencial o electrónica. En el caso del pago electrónico, se deberá seguir el siguiente procedimiento:
Una vez efectuado el pago, ya sea de manera presencial o electrónica, el comprobante correspondiente deberá ser adjuntado al oficio judicial y remitido a la Agencia de Recaudación a través del sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas de la SCBA donde será validado el pago y se procederá al tratamiento del oficio judicial librado.
Días atrás el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás e integrantes de la Comisión de Administración de Colegio, Dres. Nicolás Busti, Javier Aguirre, Cristabel Aparicio y Marianela Moro, mantuvieron una reunión con los titulares de las Asesorías de Incapaces Dres. Silvia Fernandez y Hugo Lludgar y la funcionaria Dra. Carla Reda.
En la oportunidad se abordaron temas atinentes al funcionamiento de dichas dependencias y su interacción con los órganos del Fuero de Familia, las demoras en la emisión dictámenes producto de las vacantes existentes en la planta de personal, las vistas excesivas de los juzgados a las Asesorías, la tardanza en su contestación o devolución en los casos donde no corresponde la remisión inmediata al juzgado, entre otros.
A continuación, se informan los números de celular de las Asesorías brindados por los funcionarios: 223-5374809; 223-5373518 (urgencias); 223-5373204.
Días atrás el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás e integrantes de la Comisión de Administración de Colegio, Dres. Nicolás Busti, Javier Aguirre, Cristabel Aparicio y Marianela Moro, mantuvieron una reunión con los titulares de las Asesorías de Incapaces Dres. Silvia Fernandez y Hugo Lludgar y la funcionaria Dra. Carla Reda.
En la oportunidad se abordaron temas atinentes al funcionamiento de dichas dependencias y su interacción con los órganos del Fuero de Familia, las demoras en la emisión dictámenes producto de las vacantes existentes en la planta de personal, las vistas excesivas de los juzgados a las Asesorías, la tardanza en su contestación o devolución en los casos donde no corresponde la remisión inmediata al juzgado, entre otros.
A continuación, se informan los números de celular de las Asesorías brindados por los funcionarios: 223-5374809; 223-5373518 (urgencias); 223-5373204.
El pasado viernes 14 de marzo, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás acompañado por el Dr. Nicolás Busti, Presidente de la Comisión de Administración de Justicia del CAMDP, mantuvieron una reunión en la sede institucional con la titular del Juzgado de Paz de General Alvarado y subrogante del Juzgado de Paz de Balcarce, Dra. Florencia Hogan y la Sra. Secretaria, Dra. María Sol Pérez Marino.
En la oportunidad se abordaron diversos aspectos atinentes al funcionamiento de ambos órganos, se analizó asimismo la posibilidad de que se diligencien las cédulas de mediación (de Miramar y Balcarce) a través de los Juzgados, se trataron los reclamos de colegas en torno al sistema DEAS, el tiempo en los despachos, modalidades de audiencias y la necesidad de cobertura de la vacante existente en el Juzgado de Balcarce debido a la reciente jubilación del Dr. Crotto.
El pasado viernes 14 de marzo, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás acompañado por el Dr. Nicolás Busti, Presidente de la Comisión de Administración de Justicia del CAMDP, mantuvieron una reunión en la sede institucional con la titular del Juzgado de Paz de General Alvarado y subrogante del Juzgado de Paz de Balcarce, Dra. Florencia Hogan y la Sra. Secretaria, Dra. María Sol Pérez Marino.
En la oportunidad se abordaron diversos aspectos atinentes al funcionamiento de ambos órganos, se analizó asimismo la posibilidad de que se diligencien las cédulas de mediación (de Miramar y Balcarce) a través de los Juzgados, se trataron los reclamos de colegas en torno al sistema DEAS, el tiempo en los despachos, modalidades de audiencias y la necesidad de cobertura de la vacante existente en el Juzgado de Balcarce debido a la reciente jubilación del Dr. Crotto.
Ante el dictado del Decreto Nº 137/2025 por parte del Presidente de la Nación Javier Milei, por medio del cual se designó como Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los Doctores Javier Lijo y Manuel García Mansilla, en los términos del artículo 99 inc.19 de la Constitución Nacional, el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata en ejercicio de las facultades establecidas en el art. 19 inc. 9 de la Ley 5177 y conforme lo ha realizado a largo de su historia, siempre ha de pronunciarse ante este tipo acontecimientos, para hacer cumplir el mandato ético superior de la abogacía, de defender la justicia, la democracia, el estado de derecho y las instituciones republicanas.
Atento ello, no obstante las facultades que pudieran asistir al primer mandatario, esta Institución objeta el procedimiento que ha sido utiliza do, considerando que para asegurar efectivamente la independencia del Poder Judicial los Ministros del máximo Tribunal de la República deben ser nombrados conforme lo establece la Carta Magna Nacional en su artículo 99 Inc. 4 y siguiendo las pautas fijadas por el Decreto Nº 222/03.
Mesa Directiva CAMDP
Ante el dictado del Decreto Nº 137/2025 por parte del Presidente de la Nación Javier Milei, por medio del cual se designó como Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los Doctores Javier Lijo y Manuel García Mansilla, en los términos del artículo 99 inc.19 de la Constitución Nacional, el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata en ejercicio de las facultades establecidas en el art. 19 inc. 9 de la Ley 5177 y conforme lo ha realizado a largo de su historia, siempre ha de pronunciarse ante este tipo acontecimientos, para hacer cumplir el mandato ético superior de la abogacía, de defender la justicia, la democracia, el estado de derecho y las instituciones republicanas.
Atento ello, no obstante las facultades que pudieran asistir al primer mandatario, esta Institución objeta el procedimiento que ha sido utiliza do, considerando que para asegurar efectivamente la independencia del Poder Judicial los Ministros del máximo Tribunal de la República deben ser nombrados conforme lo establece la Carta Magna Nacional en su artículo 99 Inc. 4 y siguiendo las pautas fijadas por el Decreto Nº 222/03.
Mesa Directiva CAMDP