Informamos que, a través de la Resolución SPL Nº 12/21, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso extender hasta el 30 de abril del corriente inclusive, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la justicia de paz de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, con las siguientes adecuaciones tendientes a evitar o reducir los riesgos de contagio:
1) Se recuerda el deber de observar y cumplir por parte de todo juzgado, tribunal, cámara, o dependencia las reglas de funcionamiento vinculadas a la organización del trabajo y del espacio físico y recursos contenidas en el Protocolo General de Actuación Nº 1; las Resoluciones SC Nº 583/20 y 655/20 con sus Anexos; el Anexo Único de la Resolución Nº 816/20 -Guía de actuación para el desarrollo de audiencias total o parcialmente remotas-; la Resolución Nº 1250/20; y los restantes instrumentos adoptados por la Suprema Corte al efecto del actual contexto.
2) Se dispone que los titulares de órganos judiciales o dependencias deberán gestionar el funcionamiento del órgano a su cargo extremando la utilización de las herramientas tecnológicas y de las comunicaciones y con la concurrencia del personal mínimo indispensable. A dichos fines, deberán observar especialmente la organización de turnos de trabajo presencial; conformar grupos de trabajo que se mantendrán inalterados, a fin de evitar la transmisión cruzada en el eventual supuesto de confirmación de casos positivos; y adoptar cualquier otra medida que estimen conducente al mismo fin, de conformidad con el marco legal y reglamentario vigente.
Lo dispuesto no resulta óbice de adecuaciones y ajustes que pudiesen incorporarse para la mejor prestación del servicio de justicia o el dictado de nuevas resoluciones o decisiones en contrario, que pudieran adoptarse por la reversión de la situación dada en oportunidad del dictado de la presente.
Para ello se efectuará un monitoreo permanente de las condiciones del servicio judicial a los fines de adoptar las medidas que resulten pertinentes de acuerdo a la evolución de la situación epidemiológica.
Éste 24 de marzo de 2021 se conmemora el 45º Aniversario de la ruptura del orden institucional y quiebre del Estado de Derecho, por el golpe militar del 24 de marzo de 1976, cuyas secuelas sin lugar a dudas continúan proyectándose hasta nuestra actualidad.
Es por ello, que año tras año nuestro Colegio de Abogados rinde homenaje a todas las personas que resultaron víctimas de esa funesta etapa de nuestra historia y, muy especialmente, a los/as colegas que fueron perseguidos, secuestrados, torturados, asesinados y/o desparecidos, a quienes siempre tendremos en nuestra MEMORIA, recuerdo que nos hará reflexionar sobre lo acontecido y tener presente ése pasado para no vuelva a ocurrir JAMÁS.
Como hombres y mujeres del derecho tenemos el pleno convencimiento de que el orden jurídico y el respeto por los derechos humanos son estructurales en los cimientos de una Nación y sin ellos, no sería posible llevar adelante una vida en democracia.
Asimismo, como ciudadanos y ciudadanas, desde el lugar que nos toque ocupar, debemos continuar trabajando día a día para poder alcanzar la sociedad que todos deseamos, en donde la justicia, el desarrollo y la paz se erigen como pilares fundamentales, resultando para ello imprescindible tener siempre presente las enseñanzas que el pasado nos ha legado.
Mesa Directiva CAMDP
Mar del Plata, 24 de marzo 2021
Transmitimos a los/as colegiados/as la siguiente información de interés que nos hiciera llegar el Tribunal de Trabajo Nº 3 departamental:
Informamos a los/as colegiados/as que, desde el próximo lunes 8 de marzo en el horario de 9.00 a 13.00 horas, comenzará a funcionar en la sede la oficina de atención del sistema AJUTRA (Asistencia Jurídica al Trabajador), donde los profesionales podrán efectuar consultas sobre el funcionamiento del sistema.
Les recordamos que la inscripción se efectúa en http://www.ajutra.com.ar/inscripcion debiendo remitir luego el formulario escaneado (con firma y sello) a ajutra@camdp.org.ar o bien, presentarlo en papel en la sede del Colegio (Planta baja al lado del BaproNet) para que se les otorgue el alta respectiva.
Asimismo, se brindará atención a los trabajadores que requieran asistencia letrada, efectuándose el sorteo pertinente entre los/as colegas que figuren en la nómina.
Debido a los problemas suscitados en el funcionamiento del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas, informamos a los/as matriculados/as que desde la Suprema Corte de Justicia nos han comunicado que se encuentran trabajando para solucionar el inconveniente a la mayor brevedad posible.
Asimismo, se solicitará al Alto Tribunal la suspensión de términos para el día de la fecha.
Informamos que mediante Acuerdo Nº 4006 la SCJBA ha establecido el nuevo valor del jus honorario (art. 9 Ley 14.967).
“… 1.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la Ley 14.967 con vigencia desde el 1° de diciembre de 2020 en la suma de pesos dos trescientos siete ($ 2.307)….”.
Presione aquí para ver el acuerdo
Informamos a los colegiados/as que se ha modificado la modalidad para diligenciar los oficios judiciales ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
No se efectúa más el trámite a través de la página de AFIP, si no que los mismos deben remitirse vía correo electrónico a la casilla oficial que nos fuera brindada por dicha repartición: oficios_drmdp@afip.gob.ar