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RESOLUCIONES DEF. GRAL. 4/23 Y 3/24 (REESTRUCTURACIÓN DEFENSA CIVIL)

Informamos a los/as colegiados/as que mediante Resoluciones 4/23 y 3/24 la Sra. Defensora Oficial Departamental, Dra. Cecilia Boeri, ha determinado la reestructuración de las unidades de defensa.

A continuación se transcribe la nota remitida por la funcionaria:

Mar del Plata, 4 de Marzo de 2.024.-

Al Sr. Presidente del

COLEGIO DE ABOGADOS DEPARTAMENTAL

y al Sr. Director del

CONSULTORIO JURÍDICO GRATUITO

S     /     D.-

 

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de Defensora General del Departamento Judicial Mar del Plata, con el objeto de poner en su conocimiento  que por Resolución N° 4/23 -y su modificatoria N° 2/24- y Resolución N° 3/24 se dispuso que la UNIDAD FUNCIONAL DE DEFENSA CIVIL N° 2 pasará a sumarse a las Unidades Funcionales de Defensa en Juicio N° 3, N° 4, N°5 y N° 8, incorporándose a partir de ello al turno semanal desde el día 11 de Marzo de 2.024, al igual que la UNIDAD FUNCIONAL DE DEFENSA CIVIL N° 8 (subrogada por el DR. OSVALDO CAAMAÑO), que se reincorporará en el turno semanal desde el día 4 de Marzo; ello sin perjuicio de continuar con el «Programa de Casas de Justicia», quedando a cargo de la DRA. GRACIELA MARTÍN VELA la CASA DE JUSTICIA DE MAR DEL PLATA.

Asimismo, solicito tenga a bien disponer lo necesario para informar a los justiciables que el único lugar de atención de la Defensa Pública Civil resulta ser la sede de la MESA GENERAL DE ENTRADAS CIVIL, sita en calle SAN MARTÍN N° 3.425, dejando así sin efecto la derivación que hasta el momento se realizaba a la sede de calle San Luis N° 4.107, a los fines de dicho asesoramiento gratuito.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para saludarle con mi más distinguida consideración.-

 

CECILIA MARGARITA BOERI
Defensora Departamental

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Informamos a los/as colegiados/as que mediante Resoluciones 4/23 y 3/24 la Sra. Defensora Oficial Departamental, Dra. Cecilia Boeri, ha determinado la reestructuración de las unidades de defensa.

A continuación se transcribe la nota remitida por la funcionaria:

Mar del Plata, 4 de Marzo de 2.024.-

Al Sr. Presidente del

COLEGIO DE ABOGADOS DEPARTAMENTAL

y al Sr. Director del

CONSULTORIO JURÍDICO GRATUITO

S     /     D.-

 

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de Defensora General del Departamento Judicial Mar del Plata, con el objeto de poner en su conocimiento  que por Resolución N° 4/23 -y su modificatoria N° 2/24- y Resolución N° 3/24 se dispuso que la UNIDAD FUNCIONAL DE DEFENSA CIVIL N° 2 pasará a sumarse a las Unidades Funcionales de Defensa en Juicio N° 3, N° 4, N°5 y N° 8, incorporándose a partir de ello al turno semanal desde el día 11 de Marzo de 2.024, al igual que la UNIDAD FUNCIONAL DE DEFENSA CIVIL N° 8 (subrogada por el DR. OSVALDO CAAMAÑO), que se reincorporará en el turno semanal desde el día 4 de Marzo; ello sin perjuicio de continuar con el «Programa de Casas de Justicia», quedando a cargo de la DRA. GRACIELA MARTÍN VELA la CASA DE JUSTICIA DE MAR DEL PLATA.

Asimismo, solicito tenga a bien disponer lo necesario para informar a los justiciables que el único lugar de atención de la Defensa Pública Civil resulta ser la sede de la MESA GENERAL DE ENTRADAS CIVIL, sita en calle SAN MARTÍN N° 3.425, dejando así sin efecto la derivación que hasta el momento se realizaba a la sede de calle San Luis N° 4.107, a los fines de dicho asesoramiento gratuito.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para saludarle con mi más distinguida consideración.-

 

CECILIA MARGARITA BOERI
Defensora Departamental

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NUEVO VALOR DEL JUS ARANCELARIO

Informamos que la Suprema Corte mediante Acuerdo  N° 4139 ha establecido nuevo valor del jus arancelario:

“… Artículo 1°.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la Ley N° 14.967 con vigencia desde el 1º de enero de 2024 en la suma de pesos diecinueve mil quinientos cuarenta y seis ($ 19.546.-)…”.

Asimismo, deroga la Acordada N° 4133.

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Informamos que la Suprema Corte mediante Acuerdo  N° 4139 ha establecido nuevo valor del jus arancelario:

“… Artículo 1°.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la Ley N° 14.967 con vigencia desde el 1º de enero de 2024 en la suma de pesos diecinueve mil quinientos cuarenta y seis ($ 19.546.-)…”.

Asimismo, deroga la Acordada N° 4133.

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PROFUNDO PESAR ANTE EL FALLECIMIENTO DEL DR. EDUARDO LOUSTAUNAU

El Colegio de Abogados de Mar del Plata manifiesta su profundo pesar ante el fallecimiento (09/02/2024) del Dr. EDUARDO ALBERTO LOUSTAUNAU, quien fuese integrante del Consejo Directivo y Tribunal de Disciplina de nuestra institución. Acompañamos a su grupo familiar ante ésta pérdida irreparable y hacemos llegar nuestros deseos de paz hacia ellos.

Por último, informamos que sus restos serán velados el día 9 de febrero de 16 a 20 hs. y el día 10 de febrero de 11 a 13.45 hs. en Casa Sampietro, sita en calle H. Yrigoyen 2046 de nuestra ciudad.

 

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El Colegio de Abogados de Mar del Plata manifiesta su profundo pesar ante el fallecimiento (09/02/2024) del Dr. EDUARDO ALBERTO LOUSTAUNAU, quien fuese integrante del Consejo Directivo y Tribunal de Disciplina de nuestra institución. Acompañamos a su grupo familiar ante ésta pérdida irreparable y hacemos llegar nuestros deseos de paz hacia ellos.

Por último, informamos que sus restos serán velados el día 9 de febrero de 16 a 20 hs. y el día 10 de febrero de 11 a 13.45 hs. en Casa Sampietro, sita en calle H. Yrigoyen 2046 de nuestra ciudad.

 

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RECOMENDACIÓN – USO DEL PORTAL DE NYP ELECTRONICAS


Informamos a los colegiados/as que, para el uso del Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la SCBA, recomendamos tener actualizada su última versión que es la 8.0.
Para ello, ingrese con su e.token al portal y luego diríjase a la pestaña configuraciones y active la opción “Visualizar nueva interfaz”. Luego cierre la sesión e iníciela nuevamente.
Para graficar la necesidad de actualizar la versión, citamos como ejemplo los recursos de queja para lo cual indefectiblemente debe contarse con esa última actualización ya que, de lo contrario, en la pestaña de Iniciar Causas no se desplegará la opción de “Inicio de queja”.

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Informamos a los colegiados/as que, para el uso del Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la SCBA, recomendamos tener actualizada su última versión que es la 8.0.
Para ello, ingrese con su e.token al portal y luego diríjase a la pestaña configuraciones y active la opción “Visualizar nueva interfaz”. Luego cierre la sesión e iníciela nuevamente.
Para graficar la necesidad de actualizar la versión, citamos como ejemplo los recursos de queja para lo cual indefectiblemente debe contarse con esa última actualización ya que, de lo contrario, en la pestaña de Iniciar Causas no se desplegará la opción de “Inicio de queja”.

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RECOMENDACIÓN – USO DEL PORTAL DE NYP ELECTRONICAS

Informamos a los colegiados/as que, para el uso del Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la SCBA, recomendamos tener actualizada su última versión que es la 8.0.

Para ello, ingrese con su e.token al portal y luego diríjase a la pestaña configuraciones y active la opción “Visualizar nueva interfaz”. Luego cierre la sesión e iníciela nuevamente.

Para graficar la necesidad de actualizar la versión, citamos como ejemplo los recursos de queja para lo cual indefectiblemente debe contarse con esa última actualización ya que, de lo contrario, en la pestaña de Iniciar Causas no se desplegará la opción de “Inicio de queja”.

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Informamos a los colegiados/as que, para el uso del Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la SCBA, recomendamos tener actualizada su última versión que es la 8.0.

Para ello, ingrese con su e.token al portal y luego diríjase a la pestaña configuraciones y active la opción “Visualizar nueva interfaz”. Luego cierre la sesión e iníciela nuevamente.

Para graficar la necesidad de actualizar la versión, citamos como ejemplo los recursos de queja para lo cual indefectiblemente debe contarse con esa última actualización ya que, de lo contrario, en la pestaña de Iniciar Causas no se desplegará la opción de “Inicio de queja”.

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LEY ÓMNIBUS: SUCESIONES NOTARIALES Y DIVORCIO ADMINISTRATIVO – RECHAZO DEL COLEGIO

El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata, a través de su Presidente, Dr. Leandro Gabás, ha manifestado, en distintos medios de comunicación, el categórico rechazo de la colegiación legal hacia los proyectos incluidos en la Ley Ómnibus que atentan contra la seguridad jurídica, el derecho de los ciudadanos y las incumbencias de los abogados.

Las modificaciones propuestas al Código Civil y Comercial han sido fundadas en la necesidad de reducir la litigiosidad tribunalicia, desviando potestad jurisdiccional hacia el ámbito administrativo/privado, lo cual consideramos erróneo ya que podrían afectarse derechos y garantías constitucionales.

Específicamente y en cuanto a los dos procesos cuya tramitación pretende reformarse, el Colegio de Abogados de Mar del Plata considera que, con el llamado «divorcio administrativo” a través de una simple declaración presentada por ambos cónyuges, sin asistencia letrada, ante un funcionario público, se vulnera la seguridad jurídica, poniéndose en riesgo no sólo derechos de los adultos, sino también de los hijos menores y/o incapaces, pues el divorcio, más allá de la disolución del matrimonio, produce efectos jurídicos de suma importancia que deben ser abordados ante los juzgados de familia con patrocinio de un abogado/a y, en su caso, con la participación del Ministerio Publico (compensación económica, alimentos, régimen de bienes, etc), garantizándose así los derechos de los ciudadanos; extremos que no han sido debidamente atendidos en el proyecto en mención, sino todo lo contrario. De esa forma, se pone en mayor riesgo a la persona más vulnerable de la relación –habitualmente la mujer – y se la expone a perder el ejercicio de derechos en el futuro. Además, los divorcios administrativos harían más engorrosos los procesos de divorcios, que alargarían innecesariamente los tramites y que lo harían más costoso para los partes. Igualmente, se transgrede el principio de división de poderes, permitiendo que el Poder Ejecutivo se arrogue facultades judiciales, atentando contra el orden público y los principios del derecho de familia.

Respecto al otro trámite que pretende reformarse, las “sucesiones notariales”, si bien las mismas son introducidas con carácter optativo, cuando exista acuerdo entre «los sucesores y cónyuge» y tuvieran capacidad legal, claramente se afectan derechos y garantías constitucionales al reemplazarse al juez natural por un escribano, atribuyéndosele a los notarios facultades que son propias del Poder Judicial, atentándose también en este caso contra la seguridad jurídica, privando de certeza y confiabilidad a los derechos de los eventuales sucesores, y de terceros contratantes. Es así que finalmente las sucesiones notariales complejizaran los casos y aumentaran los costos (acta de notoriedad, honorarios del escribano, etc.), por lo tampoco aquí se advierte la ventaja ni la economía derivadas de sortear la intervención judicial.

Es por ello, que el Colegio de Abogados de Mar del Plata, a través del Colegio de Abogados Provincial (COLPROBA) y la Federación Argentina de Colegios Abogados (FACA), ha requerido insistentemente a las autoridades políticas el aplazamiento de tales temas y que los mismos sean discutidos en momento y circunstancias oportunas que permitan el desarrollo y debido análisis de tales reformas, dando para ello debida intervención y pedido de opinión a las partes involucradas.

A continuación, imágenes de las entrevistas realizadas al Presidente del CAMDP en diversos medios locales y los links de acceso a las noticias.

 

https://www.infobrisas.com/noticias/2024/01/30/65058-desde-el-colegio-de-abogados-se-oponen-al-proyecto-de-ley-que-modifica-los-divorcios-y-las-sucesiones

LU6 entrevista radial :

 

 

 

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El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata, a través de su Presidente, Dr. Leandro Gabás, ha manifestado, en distintos medios de comunicación, el categórico rechazo de la colegiación legal hacia los proyectos incluidos en la Ley Ómnibus que atentan contra la seguridad jurídica, el derecho de los ciudadanos y las incumbencias de los abogados.

Las modificaciones propuestas al Código Civil y Comercial han sido fundadas en la necesidad de reducir la litigiosidad tribunalicia, desviando potestad jurisdiccional hacia el ámbito administrativo/privado, lo cual consideramos erróneo ya que podrían afectarse derechos y garantías constitucionales.

Específicamente y en cuanto a los dos procesos cuya tramitación pretende reformarse, el Colegio de Abogados de Mar del Plata considera que, con el llamado «divorcio administrativo” a través de una simple declaración presentada por ambos cónyuges, sin asistencia letrada, ante un funcionario público, se vulnera la seguridad jurídica, poniéndose en riesgo no sólo derechos de los adultos, sino también de los hijos menores y/o incapaces, pues el divorcio, más allá de la disolución del matrimonio, produce efectos jurídicos de suma importancia que deben ser abordados ante los juzgados de familia con patrocinio de un abogado/a y, en su caso, con la participación del Ministerio Publico (compensación económica, alimentos, régimen de bienes, etc), garantizándose así los derechos de los ciudadanos; extremos que no han sido debidamente atendidos en el proyecto en mención, sino todo lo contrario. De esa forma, se pone en mayor riesgo a la persona más vulnerable de la relación –habitualmente la mujer – y se la expone a perder el ejercicio de derechos en el futuro. Además, los divorcios administrativos harían más engorrosos los procesos de divorcios, que alargarían innecesariamente los tramites y que lo harían más costoso para los partes. Igualmente, se transgrede el principio de división de poderes, permitiendo que el Poder Ejecutivo se arrogue facultades judiciales, atentando contra el orden público y los principios del derecho de familia.

Respecto al otro trámite que pretende reformarse, las “sucesiones notariales”, si bien las mismas son introducidas con carácter optativo, cuando exista acuerdo entre «los sucesores y cónyuge» y tuvieran capacidad legal, claramente se afectan derechos y garantías constitucionales al reemplazarse al juez natural por un escribano, atribuyéndosele a los notarios facultades que son propias del Poder Judicial, atentándose también en este caso contra la seguridad jurídica, privando de certeza y confiabilidad a los derechos de los eventuales sucesores, y de terceros contratantes. Es así que finalmente las sucesiones notariales complejizaran los casos y aumentaran los costos (acta de notoriedad, honorarios del escribano, etc.), por lo tampoco aquí se advierte la ventaja ni la economía derivadas de sortear la intervención judicial.

Es por ello, que el Colegio de Abogados de Mar del Plata, a través del Colegio de Abogados Provincial (COLPROBA) y la Federación Argentina de Colegios Abogados (FACA), ha requerido insistentemente a las autoridades políticas el aplazamiento de tales temas y que los mismos sean discutidos en momento y circunstancias oportunas que permitan el desarrollo y debido análisis de tales reformas, dando para ello debida intervención y pedido de opinión a las partes involucradas.

A continuación, imágenes de las entrevistas realizadas al Presidente del CAMDP en diversos medios locales y los links de acceso a las noticias.

 

https://www.infobrisas.com/noticias/2024/01/30/65058-desde-el-colegio-de-abogados-se-oponen-al-proyecto-de-ley-que-modifica-los-divorcios-y-las-sucesiones

LU6 entrevista radial :

 

 

 

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EDICTOS DIARIO LA CAPITAL – VALORES

Recordamos a los/as colegiados/as, el canal electrónico habilitado y los pasos a seguir para la publicación de edictos en el Diario La Capital:

Se debe que remitir un e.mail a avisos@lacapitalmdq.com.ar, adjuntando:

  • La impresión de pantalla del edicto,
  • Constancia de inscripción de AFIP del profesional solicitante (para hacer la factura), y
  • La constancia de transferencia (presione aquí para acceder a las cuentas bancarias) por las sumas informadas por el Diario: Edictos sucesorios $ 17600.- final, por 1 o 3 días de publicación. Edictos judiciales el valor de la línea pasará a costar $ 3630.- final.

La publicación les será remitida por el mismo medio una vez efectuada la misma.

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Recordamos a los/as colegiados/as, el canal electrónico habilitado y los pasos a seguir para la publicación de edictos en el Diario La Capital:

Se debe que remitir un e.mail a avisos@lacapitalmdq.com.ar, adjuntando:

  • La impresión de pantalla del edicto,
  • Constancia de inscripción de AFIP del profesional solicitante (para hacer la factura), y
  • La constancia de transferencia (presione aquí para acceder a las cuentas bancarias) por las sumas informadas por el Diario: Edictos sucesorios $ 17600.- final, por 1 o 3 días de publicación. Edictos judiciales el valor de la línea pasará a costar $ 3630.- final.

La publicación les será remitida por el mismo medio una vez efectuada la misma.