SOBRE FUERON DE ATRACCION. SUCESORIO: «Conforme la norma contenida en el art. 3417 del CC., «el heredero que ha entrado en la posesión de la herencia, o que ha sido puesto en ella por juez competente, continúa la persona del difunto y es propietario, acreedor o deudor de todo lo que el difunto era propietario, acreedor o deudor, con excepción de aquellos derechos que no son transmisibles por sucesión».
SOBRE FUERON DE ATRACCION. SUCESORIO: «Conforme la norma contenida en el art. 3417 del CC., «el heredero que ha entrado en la posesión de la herencia, o que ha sido puesto en ella por juez competente, continúa la persona del difunto y es propietario, acreedor o deudor de todo lo que el difunto era propietario, acreedor o deudor, con excepción de aquellos derechos que no son transmisibles por sucesión».
Competencia del Tribunal para resolver sobre inconstitucionalidad de las normas
Competencia del Tribunal para resolver sobre inconstitucionalidad de las normas