En respuesta a las gestiones efectuadas por la Comisión de Administración de Justicia del Colegio, a cargo del Dr. Gabriel Tirrelli, el Sr. Secretario del Juzgado de Familia Nº 1, Dr. Damián Ferola, concurrió a la reunión del pasado lunes 18 de noviembre a fin de poner en conocimiento del Colegio los modelos de oficios, cédulas y testimonios, que utilizará el citado órgano y que solicita se difundan entre los colegiados. Consideramos que la utilización de dicha modalidad permitirá acelerar el trámite de los procesos, y se reducirá notablemente la demora en el control de dichas piezas.
Asimismo informó que se ha dispuesto el inicio de comunicaciones electrónicas con el Banco Provincia, con el Registro de Juicios Universales, con Asesorías de Incapaces, a partir del próximo 2 de diciembre de 2013.
Los modelos estarán a disposición en la página web del Colegio www.camdp.org.ar y para descargarlos ahora PRESIONE AQUÍ
En respuesta a las gestiones efectuadas por la Comisión de Administración de Justicia del Colegio, a cargo del Dr. Gabriel Tirrelli, el Sr. Secretario del Juzgado de Familia Nº 1, Dr. Damián Ferola, concurrió a la reunión del pasado lunes 18 de noviembre a fin de poner en conocimiento del Colegio los modelos de oficios, cédulas y testimonios, que utilizará el citado órgano y que solicita se difundan entre los colegiados. Consideramos que la utilización de dicha modalidad permitirá acelerar el trámite de los procesos, y se reducirá notablemente la demora en el control de dichas piezas.
Asimismo informó que se ha dispuesto el inicio de comunicaciones electrónicas con el Banco Provincia, con el Registro de Juicios Universales, con Asesorías de Incapaces, a partir del próximo 2 de diciembre de 2013.
Los modelos estarán a disposición en la página web del Colegio www.camdp.org.ar y para descargarlos ahora PRESIONE AQUÍ
Desde el 13 al 16 de noviembre se llevaron a cabo en nuestra ciudad las XXXVIII Jornadas Deportivas Interdepartamentales para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, las cuales tuvieron gran participación de colegas de casi todos los departamentos judiciales y en las que los colegas del Colegio de Mar del Plata tuvieron una excelente y exitosa participación.
Salimos Subcampeones, con 815 puntos, detrás de Lomas de Zamora que se llevo el primer lugar.
En las disciplinas en las que se obtuvo el primer lugar fuero: Fútbol Senior B, Golf individual (2 cat.), Golf por equipos, Maratón Femenino Libre, Maratón Masc. +40, Natación Mujeres, Paddle Caballeros Vet., Pesca individual y por equipos, Truco y Voley Femenino, y muchos segundos y terceros puestos.
Felicitamos a todos los abogados/as de nuestro Colegio que participaron, que hicieron podio, que se juntaron, que se entrenaron y que lograron el éxito de éstas jornadas deportivas.
Desde el 13 al 16 de noviembre se llevaron a cabo en nuestra ciudad las XXXVIII Jornadas Deportivas Interdepartamentales para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, las cuales tuvieron gran participación de colegas de casi todos los departamentos judiciales y en las que los colegas del Colegio de Mar del Plata tuvieron una excelente y exitosa participación.
Salimos Subcampeones, con 815 puntos, detrás de Lomas de Zamora que se llevo el primer lugar.
En las disciplinas en las que se obtuvo el primer lugar fuero: Fútbol Senior B, Golf individual (2 cat.), Golf por equipos, Maratón Femenino Libre, Maratón Masc. +40, Natación Mujeres, Paddle Caballeros Vet., Pesca individual y por equipos, Truco y Voley Femenino, y muchos segundos y terceros puestos.
Felicitamos a todos los abogados/as de nuestro Colegio que participaron, que hicieron podio, que se juntaron, que se entrenaron y que lograron el éxito de éstas jornadas deportivas.
Informamos que los días 14 y 15 de noviembre se llevó a cabo en nuestro Colegio la reunión del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
En la oportunidad se trató un extenso temario, destacándose entre los mismos la firma del Convenio con el Banco Provincia, el informe sobre la reunión mantenida con el Sr. Viceministro de Justicia de la Nación, el vinculado a los honorarios profesional en las mediaciones, entre otros.
Informamos que los días 14 y 15 de noviembre se llevó a cabo en nuestro Colegio la reunión del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
En la oportunidad se trató un extenso temario, destacándose entre los mismos la firma del Convenio con el Banco Provincia, el informe sobre la reunión mantenida con el Sr. Viceministro de Justicia de la Nación, el vinculado a los honorarios profesional en las mediaciones, entre otros.
Informamos que ya funciona en el Colegio el Provincia Pagos (Agencia Nº 8934). El servicio es prestado en la planta baja de la Institución en el horario de 8 a 14 hs y allí se podrán abonar impuestos, servicios, recarga de celulares, envío y recepción de dinero, pago sin factura, extracción de dinero en efectivo, pago con débito, para más información ingrese en el siguiente enlace: http://www.provinciapagos.com.ar/que_pago.aspx.
Aclaramos que hasta el próximo viernes se podría llegar a generar demoras en el cobro, debido a que se están efectuando ajustes de sistema y conexión, pero ello será solucionado y funcionará normalmente a partir del lunes 18/11/13.-
Asimismo se han puesto en funcionamiento dos terminales de autoconsulta en la planta baja (frente a la recepción), en las cuales los colegiados que cuenten con la nueva credencial podrán realizar los siguientes trámites sin necesidad de aguardar a ser atendido:
CONSULTA DE:• Datos registrados en el legajo del colegio
• Deuda de cuotas de matricula.
• Libros retirados en biblioteca.
• Actividades académicas realizadas.
• Sobres recibidos o entregados en recepción
• Padrón de abogados
• Actividades programadas y disponibilidad de instalaciones para su alquiler (quincho).
TRAMITES
• Solicitud de cambio de domicilio y actualización de datos.
• Inscripciones en actividades académicas.
• Solicitar certificado de matricula.
• Generar Bonos Ley 8480
• Generar Boletas de aporte Caja de Abogados
• Formulario para entrega de sobres
Satisfechos con los resultados alcanzados luego de arduas y añosas gestiones para obtener este servicio de pagos en la sede del Colegio, esperamos que el mismo sea de suma utilidad para nuestros colegas.
Atte.
Mesa Directiva CAMdP
Informamos que ya funciona en el Colegio el Provincia Pagos (Agencia Nº 8934). El servicio es prestado en la planta baja de la Institución en el horario de 8 a 14 hs y allí se podrán abonar impuestos, servicios, recarga de celulares, envío y recepción de dinero, pago sin factura, extracción de dinero en efectivo, pago con débito, para más información ingrese en el siguiente enlace: http://www.provinciapagos.com.ar/que_pago.aspx.
Aclaramos que hasta el próximo viernes se podría llegar a generar demoras en el cobro, debido a que se están efectuando ajustes de sistema y conexión, pero ello será solucionado y funcionará normalmente a partir del lunes 18/11/13.-
Asimismo se han puesto en funcionamiento dos terminales de autoconsulta en la planta baja (frente a la recepción), en las cuales los colegiados que cuenten con la nueva credencial podrán realizar los siguientes trámites sin necesidad de aguardar a ser atendido:
CONSULTA DE:• Datos registrados en el legajo del colegio
• Deuda de cuotas de matricula.
• Libros retirados en biblioteca.
• Actividades académicas realizadas.
• Sobres recibidos o entregados en recepción
• Padrón de abogados
• Actividades programadas y disponibilidad de instalaciones para su alquiler (quincho).
TRAMITES
• Solicitud de cambio de domicilio y actualización de datos.
• Inscripciones en actividades académicas.
• Solicitar certificado de matricula.
• Generar Bonos Ley 8480
• Generar Boletas de aporte Caja de Abogados
• Formulario para entrega de sobres
Satisfechos con los resultados alcanzados luego de arduas y añosas gestiones para obtener este servicio de pagos en la sede del Colegio, esperamos que el mismo sea de suma utilidad para nuestros colegas.
Atte.
Mesa Directiva CAMdP
Informamos que el próximo 30 de noviembre vence el plazo para abonar la última cuota de la matrícula anual, cuyo pago es requisito esencial para poder acceder al subsidio de $ 300 correspondiente a la matrícula 2013.
Les recordamos que el citado subsidio fue dispuesto por la Mesa Directiva del Colegio, y luego ratificado por el Consejo Directivo, y por medio del cual los abogados colegiados en nuestra Institución -que opten por acceder al subsidio- abonan la suma de pesos un mil trescientos ($ 1.300) en concepto de cuota anual de matrícula, siendo éste el único Colegio de la Provincia que lo ha implementado.
Informamos que el próximo 30 de noviembre vence el plazo para abonar la última cuota de la matrícula anual, cuyo pago es requisito esencial para poder acceder al subsidio de $ 300 correspondiente a la matrícula 2013.
Les recordamos que el citado subsidio fue dispuesto por la Mesa Directiva del Colegio, y luego ratificado por el Consejo Directivo, y por medio del cual los abogados colegiados en nuestra Institución -que opten por acceder al subsidio- abonan la suma de pesos un mil trescientos ($ 1.300) en concepto de cuota anual de matrícula, siendo éste el único Colegio de la Provincia que lo ha implementado.
Debido a las inquietudes planteadas respecto a las normas que rigen la publicidad de los servicios profesionales informamos a nuestros colegiados Se informa sobre las conclusiones arribadas Décimo Cuarto Encuentro Anual de los Tribunales de Disciplina de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires vinculadas a la publicad de los servicios profesionales y el uso de Internet. En dicho encuentro se estableció que los abogados deberán limitar los datos a publicitarse a: «nombre, dirección del estudio jurídico, títulos científicos, horario de atención al público, fuero, materia o asuntos a los que especialmente se dedique», todo ello en un todo de acuerdo a lo normado por los arts. 13, 16, 18 de las Normas de Ética Profesional y 60 incs. 6 y 7 de la ley 5177 (mod. por la ley 12.277), ello a los fines de evitar la captación de clientes y la competencia desleal por parte de quienes publicitan sus servicios profesionales, en franca violación a las normas citadas. Asimismo y dado que en la actualidad se realiza el ofrecimiento de servicios profesionales a través de Internet, teniendo en cuenta los buscadores de internet, se haga saber a quienes recurran a dicho medio, que deberán cumplir con las normas de mención, debiendo limitar su publicidad a lo allí reseñado, y que todos los profesionales del derecho, reducir su publicidad a la imperatividad de dichas normas”.
Debido a las inquietudes planteadas respecto a las normas que rigen la publicidad de los servicios profesionales informamos a nuestros colegiados Se informa sobre las conclusiones arribadas Décimo Cuarto Encuentro Anual de los Tribunales de Disciplina de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires vinculadas a la publicad de los servicios profesionales y el uso de Internet. En dicho encuentro se estableció que los abogados deberán limitar los datos a publicitarse a: «nombre, dirección del estudio jurídico, títulos científicos, horario de atención al público, fuero, materia o asuntos a los que especialmente se dedique», todo ello en un todo de acuerdo a lo normado por los arts. 13, 16, 18 de las Normas de Ética Profesional y 60 incs. 6 y 7 de la ley 5177 (mod. por la ley 12.277), ello a los fines de evitar la captación de clientes y la competencia desleal por parte de quienes publicitan sus servicios profesionales, en franca violación a las normas citadas. Asimismo y dado que en la actualidad se realiza el ofrecimiento de servicios profesionales a través de Internet, teniendo en cuenta los buscadores de internet, se haga saber a quienes recurran a dicho medio, que deberán cumplir con las normas de mención, debiendo limitar su publicidad a lo allí reseñado, y que todos los profesionales del derecho, reducir su publicidad a la imperatividad de dichas normas”.
Informamos a nuestros colegiados que la Fundación CIJUSO ha lanzado nuevos cursos a distancia vía online, los cuales comenzarán a desarrollarse en el corriente mes de noviembre.
Asimismo les recordamos la posibilidad de utilizar los créditos académicos para abonar el costo de inscripción a los mismos.
La inscripción se realiza enviando un mail con su nombre y apellido completos, dirección, teléfono y Tomo, Folio y Colegio y la forma de pago que prefiera (por medio DE PAGO FACIL, RAPIPAGO, COBROEXPRESS o RIPSA o con las principales tarjetas de crédito) a inscripciones@cijuso-online.org.ar
Informamos a nuestros colegiados que la Fundación CIJUSO ha lanzado nuevos cursos a distancia vía online, los cuales comenzarán a desarrollarse en el corriente mes de noviembre.
Asimismo les recordamos la posibilidad de utilizar los créditos académicos para abonar el costo de inscripción a los mismos.
La inscripción se realiza enviando un mail con su nombre y apellido completos, dirección, teléfono y Tomo, Folio y Colegio y la forma de pago que prefiera (por medio DE PAGO FACIL, RAPIPAGO, COBROEXPRESS o RIPSA o con las principales tarjetas de crédito) a inscripciones@cijuso-online.org.ar
Informamos que se están efectuando en el Colegio las reparaciones necesarias para que la próxima semana, comience a funcionar en la sede, una agencia de Provincia Pagos, la cual estará habilitada de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs.
Recordamos que se podrá efectuar el pago de impuestos y servicios, recarga de celulares, envío y recepción de dinero, pago sin factura, extracción de dinero en efectivo, pago con débito con tarjeta del Banco Pcia, etc.
Esperamos que este nuevo servicio sea de utilidad para el ejercicio profesional y colme las expectativas de nuestros colegas.
Informamos que se están efectuando en el Colegio las reparaciones necesarias para que la próxima semana, comience a funcionar en la sede, una agencia de Provincia Pagos, la cual estará habilitada de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs.
Recordamos que se podrá efectuar el pago de impuestos y servicios, recarga de celulares, envío y recepción de dinero, pago sin factura, extracción de dinero en efectivo, pago con débito con tarjeta del Banco Pcia, etc.
Esperamos que este nuevo servicio sea de utilidad para el ejercicio profesional y colme las expectativas de nuestros colegas.
Al pactar la jurisdicción arbitral, las partes se han sometido al referido reglamento (se refiere al Reglamento del Tribunal Arbitral), que importa la renuncia del recurso de apelación y el acotamiento de los plazos, lo cual es producto de la libre disposición de sus derechos, que por ser pasibles de transacción, es válida desde lo sustancial y compatible con el ordenamiento procesal (argto. art. 898, 944, 953, 1337, 1167, 1197 del CCiv. y 774, 775 y cctes. del CPC). Debe tenerse en cuenta, entonces, lo dispuesto en el art. 47 del Reglamento del Tribunal Arbitral: «Contra el laudo arbitral no se admitirá recurso alguno a excepción de su nulidad por alguna de las causales previstas en este mismo artículo. …Ya entrando en los agravios expresados por el apelante, se advierte que la queja referida a que en la sentencia el Tribunal tendría que haber declarado que la cuestión había caído en abstracto en orden a que el inmueble había sido restituído, debe ser calificada según el inciso «c» del art. 47 del Reglamento, que prevé como causal de nulidad que se haya omitido prueba esencial producida en el proceso. No le asiste razón al recurrente en su apreciación, dado que el Tribunal ha hecho expresa mención de que la actora denunció que el inmueble había sido restituído … fue un elemento considerado por los árbitros para laudar en el sentido que lo han hecho. … Sentado ello, el sentido del laudo escapa el ámbito del recurso de nulidad, pues es materia propia del recurso de apelación, que no resulta admisible en este esquema, tal como fue anticipado (argto. arts. 47 RTA y 796 del CPC a contrario). Por esta razón no es procedente ingresar al análisis sobre la justicia del fallo en cuanto a si ha sido correcto haber hecho luegar a la demanda o si debió, en su lugar, declararse la cuestión caída en abstracto (CCiv y Com., MDP, sala III, exp. 155.335, 31/10/2013).-
Al pactar la jurisdicción arbitral, las partes se han sometido al referido reglamento (se refiere al Reglamento del Tribunal Arbitral), que importa la renuncia del recurso de apelación y el acotamiento de los plazos, lo cual es producto de la libre disposición de sus derechos, que por ser pasibles de transacción, es válida desde lo sustancial y compatible con el ordenamiento procesal (argto. art. 898, 944, 953, 1337, 1167, 1197 del CCiv. y 774, 775 y cctes. del CPC). Debe tenerse en cuenta, entonces, lo dispuesto en el art. 47 del Reglamento del Tribunal Arbitral: «Contra el laudo arbitral no se admitirá recurso alguno a excepción de su nulidad por alguna de las causales previstas en este mismo artículo. …Ya entrando en los agravios expresados por el apelante, se advierte que la queja referida a que en la sentencia el Tribunal tendría que haber declarado que la cuestión había caído en abstracto en orden a que el inmueble había sido restituído, debe ser calificada según el inciso «c» del art. 47 del Reglamento, que prevé como causal de nulidad que se haya omitido prueba esencial producida en el proceso. No le asiste razón al recurrente en su apreciación, dado que el Tribunal ha hecho expresa mención de que la actora denunció que el inmueble había sido restituído … fue un elemento considerado por los árbitros para laudar en el sentido que lo han hecho. … Sentado ello, el sentido del laudo escapa el ámbito del recurso de nulidad, pues es materia propia del recurso de apelación, que no resulta admisible en este esquema, tal como fue anticipado (argto. arts. 47 RTA y 796 del CPC a contrario). Por esta razón no es procedente ingresar al análisis sobre la justicia del fallo en cuanto a si ha sido correcto haber hecho luegar a la demanda o si debió, en su lugar, declararse la cuestión caída en abstracto (CCiv y Com., MDP, sala III, exp. 155.335, 31/10/2013).-
Informamos que la pasada semana se suscribió un Acuerdo de Colaboración Institucional entre el Colegio de Abogados Provincial y el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
El mismo tiene por objeto establecer compromisos mutuos tendientes a diseñar y realizar acciones en conjunto con el fin de mejorar e incrementar los productos y servicios bancarios y extrabancarios que ofrece el Banco y el Grupo Provincia S.A. hacia el conjunto de los actores relacionados al ejercicio del derecho, gestiones judiciales y trámites afines, de modo de amalgamar el cumplimiento de la finalidad de ambas Instituciones en forma sinérgica.
Para visualizar el acuerdo PRESIONE AQUÍ
Informamos que la pasada semana se suscribió un Acuerdo de Colaboración Institucional entre el Colegio de Abogados Provincial y el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
El mismo tiene por objeto establecer compromisos mutuos tendientes a diseñar y realizar acciones en conjunto con el fin de mejorar e incrementar los productos y servicios bancarios y extrabancarios que ofrece el Banco y el Grupo Provincia S.A. hacia el conjunto de los actores relacionados al ejercicio del derecho, gestiones judiciales y trámites afines, de modo de amalgamar el cumplimiento de la finalidad de ambas Instituciones en forma sinérgica.
Para visualizar el acuerdo PRESIONE AQUÍ