SOCIEDAD. SUCESION CONYUGE DEL SOCIO. LEGITIMACION HEREDEROS.

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SOCIEDAD. SUCESION CONYUGE DEL SOCIO. LEGITIMACION HEREDEROS.

Los actores, en su calidad de herederos de la cónyuge del socio, solo tienen derecho a una cuota parte ideal sobre la masa sucesoria indivisa, y carecen del derecho de dominio sobre bienes singulares hasta que y siempre y cuando, como hemos visto, le sean adjudicados en la partición.

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