Situación edilicia fuero laboral – rechazo del colegio de abogados a la propuesta de inmueble para tribunal de trabajo nº 4

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Situación edilicia fuero laboral – rechazo del colegio de abogados a la propuesta de inmueble para tribunal de trabajo nº 4

En el marco de la solicitud realizada por la Suprema Corte de Justicia a este Colegio, para que efectúe dictamen sobre el inmueble elegido para la puesta en funcionamiento del Tribunal del Trabajo Nº 4 Departamental; producida la evaluación del inmueble, se decidió dictaminar rechazando la factibilidad del mismo por tratarse de un inmueble no apto para el funcionamiento de un organismo de ésas características.

Asimismo, y respetando la postura de éste Colegio, se hizo saber a la Suprema Corte que por el principio de concentración debería buscarse un lugar que pudiera albergar los 4 tribunales o en su defecto se los pusiera de a dos y en edificios cercanos.

A continuación, se transcribe la nota:

Mar del Plata, 25 de octubre de 2011


A la Señora Subsecretaria de la
Secretaría de Administración de la
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
Doctora MARIA VENTAFRIDDA
Calle 13 entre 47 y 48
1900 – LA PLATA

De nuestra especial consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. con motivo de la notificación que nos fuera cursada en el día de ayer, con la finalidad de que este Colegio emita opinión respecto de la conveniencia de la Suprema Corte de Justicia concrete la locación del inmueble de calle Sarmiento Nº 2760, para que allí se ponga en funcionamiento el Tribunal de Trabajo Nº 4 y se traslade el Cuerpo Técnico Auxiliar del Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil.-

Por medio de la presente cumplimos en informar, que el Consejo Directivo de este Colegio de Abogados ha considerado que el inmueble propuesto no resulta apropiado ni reúne las condiciones necesarias  para su locación con destino a albergar el Tribunal de Trabajo Nº 4.

Este Colegio propicia la locación de una propiedad donde puedan asentarse los cuatro órganos del Fuero ó, en su defecto, que dos de ellos permanezcan en el edificio de calle Garay 1768, y los dos restantes en uno nuevo, el cual deberá estar situado dentro de las inmediaciones del primero, respetándose así los principios de concentración e inmediación de los órganos judiciales.-

Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarla muy atte.