DECLARACIÓN DEL C.O.L.P.R.O.B.A.

Bywebmaster

DECLARACIÓN DEL C.O.L.P.R.O.B.A.

Informamos que con motivo de la sentencia dictada por la Sala I del Tribunal de Casación Bonaerense en el marco de la causa “TOLOSA MARIO S/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE”, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires con fecha 21/5/2015, con la participación del Presidente de nuestro Colegio, Dr. FABIÁN GERARDO PORTILLO, ha emitido la declaración que a continuación se transcribe:

“La Plata, 21 de mayo de 2015. Ante  la repercusión pública que ha tomado el fallo de la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos  Aires, en la causa “Tolosa, Mario s/ Recurso de Casación”, el Consejo Superior reunido en su sesión del día de la fecha, considera necesario señalar a la opinión pública y a los matriculados en general, su  postura al respecto:

Sin perjuicio de la independencia en materia de interpretación que tienen los jueces al fundar sus decisiones, no es posible soslayar que los magistrados en ejercicio de las facultades propias de su alto emplazamiento institucional como integrantes de un poder del Estado, encargado de las salvaguarda de los derechos y garantías de todos, deben ponderar y ajustar sus resoluciones de modo tal que en ningún caso provoquen conmoción social. Que la previsibilidad de las consecuencias de las sentencias y la vinculación de estas últimas con la realidad a la que los jueces deben ser necesarios tributarios, es un principio esencial que cuando no es respetado suscita supuestos de gravedad institucional según lo ha decidido la Corte Suprema de Justicia de la Nación (causa Penjerek).

Que algunos de los fundamentos de la decisión señalada contienen expresiones, calificaciones y juicios de valor que rebasan cualquier límite de interpretación razonable, incurriéndose en un grave desvío de la actividad jurisdiccional. Ello ha provocado un categórico rechazo por parte de la sociedad en general.

En virtud de estos acontecimientos es tiempo de avanzar hacia una profunda reforma del sistema del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Provincia de Buenos Aires, que posibilite se cumpla el objetivo para el que fue creado conforme a la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

Así también propiciamos la urgente aprobación de un Código de Ética Judicial en cuya concepción deben participar los actores vinculados a la Justicia y entre los cuales de modo obligado se encuentran los Abogados y sus Instituciones Colegiales”.