Con motivo de la actuación institucional por parte del Sr. Presidente del Colegio, Dr. Fabián Gerardo Portillo, quien acompañara en carácter de patrocinante a la Dra. Lidia Rosana Pepe en el recurso de apelación presentado, contra la resolución dictada por la Sra. Juez Dra. Ballarín titular del Juzgado de Familia Nº 1 Departamental, por la aplicación de la tasa pasiva sobre sus honorarios, con fundamento en el Fallo de la SCBA «Isla, Sara c/ Provincia de Bs. As. s/ Amparo. Recurso Extraord. de Inap. de ley”.
Les informamos que con fecha 22 de Marzo de 2016 la Sala I de la Excma., Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de este Departamento Judicial, ha dictado sentencia en los autos caratulados: «PEPE LIDIA ROSANA C/ LEVICOI MAURICIO HUMBERTO S/ EJECUCIÓN DE SENTENCIA».- resolviendo REVOCAR aquello que fuera atacado y APLICAR al capital de sentencia la tasa de interés fijada en el art. 54 inc. «b)» del Decreto Ley 8904/77.-
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