PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE MAL FUNCIONAMIENTO DEL PORTAL PYN ELECTRONICAS SCBA

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PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE MAL FUNCIONAMIENTO DEL PORTAL PYN ELECTRONICAS SCBA

Ante la falta de funcionamiento del Portal de Presentaciones Electrónicas de la SCBA desde el CAMDP informamos a los/as colegiados/as que, en forma excepcional, frente al vencimiento del plazo para efectuar una presentación y a los fines de salvaguardar su responsabilidad profesional y los derechos de sus representados/as, pueden actuar del siguiente modo:

1) Solicitar al Colegio la constatación de la falta de funcionamiento del sistema, debiendo para ello remitir un correo electrónico problemasportal@camdp.org.ar indicando el órgano de radicación de la causa en que deben efectuar la presentación con vencimiento. Constatada la falta de funcionamiento del Portal por el CAMDP le será remitida un acta que así lo declare.

2) Junto a esa acta emitida por el CAMDP el/la colega llevará en papel dicha presentación para que sea recibida por el órgano actuante junto al acta emitida por el CAMDP, todo ello para justificar la situación de excepción contemplada en la normativa vigente para la recepción de presentaciones en papel; Ac. 4040 art. 2 b) del anexo.

3) Por último y conforme lo prevé la citada Acordada será carga del letrado/a digitalizar e ingresar al Portal NyP copia del escrito presentado en papel y de la documentación respectiva si la hubiere, lo cual deberán efectuar dentro del siguiente día hábil de realizada la presentación.

No obstante lo antes expuesto, les recordamos que el Art. 20 de la Acordada 4039 de la SCBA dispone que “en aquellas hipótesis en las que, por cualquier causa que fuere, el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas, la Mesa de Entradas Virtual y/o el sistema «Augusta» presenten inconvenientes técnicos que impidan su correcta utilización por los usuarios por más de dos (2) horas consecutivas en el horario de 8 a 12 horas, se habilita la posibilidad de suspensión de términos judiciales (STP). En esa situación establecida por la acordada es que el Colegio estará habilitado para solicitar a la Suprema Corte la STP.

Ante cualquier inconveniente en el SNyPE comunicarse telefónicamente al 495-8569 Int. 105/127 o vía e.mail a problemasportal@camdp.org.ar