Departamento Judicial MAR DEL PLATA:
JUSTICIA PROVINCIAL
ACUERDOS 4183/25 y 4193/25 DE LA SCBA
Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
GRUPO II (Bahía Blanca, Dolores, Azul, Necochea y Mar del Plata):
Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Necochea.
Fuero Civil y Comercial
Juzgado en lo Civil y Comercial n° 2: a cargo de su titular.
Fuero de Familia
Juzgado de Familia n° 4: a cargo de la Dra. Andrea Sara García Marcote.
Fuero Penal
Juzgados de Garantías
Del 21 al 27/7: Juzgado de Garantías n° 2: a cargo de la Dra. Lucrecia María Bustos.
Juzgados de Garantías n°s 1, 3, 4, 5 y 6: Juzgado de Garantías n° 3: a cargo de su
titular.
Del 28/7 al 1/8: Juzgado de Garantías n° 3: a cargo de su titular.
Juzgados en lo Correccional
Del 21 al 27/7: Juzgado en lo Correccional nº 2: a cargo de su titular.
Del 28/7 al 1/8: Juzgado en lo Correccional nº 3: a cargo de su titular.
Tribunales en lo Criminal
Tribunal en lo Criminal n° 3: del 21 al 27/7: a cargo del Dr. Federico Wacker
Schroder. Del 28/7 al 1/8: a cargo del Dr. Juan Manuel Sueyro.
Juzgados de Ejecución Penal
Del 21 al 27/7: Juzgado de Ejecución n° 1: a cargo de su titular.
Del 28/7 al 1/8: Juzgado de Ejecución n° 2: a cargo de su titular.
Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil
Juzgados de Garantías del Joven
Juzgado de Garantías del Joven n° 1: a cargo de la Dra. Mariana Irianni.
Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil
Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil n° 1: del 21 al 27/7: a cargo de la Dra.
Silvia Noemí Chomiez. Del 28/7 al 1/8: a cargo de la Dra. Dra. Mariana Irianni.
Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil n° 2: a cargo de la Dra. Mariana Irianni.
Fuero Contencioso Administrativo
Juzgado en lo Contencioso Administrativo n° 1 de Mar del Plata: a cargo de su
titular.
Justicia de Paz Letrada
Para la atención de los Juzgados de Paz de Balcarce, General Alvarado y Mar
Chiquita:
Juzgado de Paz de General Alvarado: a cargo de su titular.
Tribunales del Trabajo:
Grupo “C” (Dolores, Mar del Plata, Azul, Bahía Blanca y Necochea): Tribunal del Trabajo n° 2 de DOLORES.
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GRUPO II (Bahía Blanca, Dolores, Azul, Necochea y Mar del Plata):
Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Necochea.
Fuero Civil y Comercial
Juzgado en lo Civil y Comercial n° 2: a cargo de su titular.
Fuero de Familia
Juzgado de Familia n° 4: a cargo de la Dra. Andrea Sara García Marcote.
Fuero Penal
Juzgados de Garantías
Del 21 al 27/7: Juzgado de Garantías n° 2: a cargo de la Dra. Lucrecia María Bustos.
Juzgados de Garantías n°s 1, 3, 4, 5 y 6: Juzgado de Garantías n° 3: a cargo de su
titular.
Del 28/7 al 1/8: Juzgado de Garantías n° 3: a cargo de su titular.
Juzgados en lo Correccional
Del 21 al 27/7: Juzgado en lo Correccional nº 2: a cargo de su titular.
Del 28/7 al 1/8: Juzgado en lo Correccional nº 3: a cargo de su titular.
Tribunales en lo Criminal
Tribunal en lo Criminal n° 3: del 21 al 27/7: a cargo del Dr. Federico Wacker
Schroder. Del 28/7 al 1/8: a cargo del Dr. Juan Manuel Sueyro.
Juzgados de Ejecución Penal
Del 21 al 27/7: Juzgado de Ejecución n° 1: a cargo de su titular.
Del 28/7 al 1/8: Juzgado de Ejecución n° 2: a cargo de su titular.
Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil
Juzgados de Garantías del Joven
Juzgado de Garantías del Joven n° 1: a cargo de la Dra. Mariana Irianni.
Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil
Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil n° 1: del 21 al 27/7: a cargo de la Dra.
Silvia Noemí Chomiez. Del 28/7 al 1/8: a cargo de la Dra. Dra. Mariana Irianni.
Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil n° 2: a cargo de la Dra. Mariana Irianni.
Fuero Contencioso Administrativo
Juzgado en lo Contencioso Administrativo n° 1 de Mar del Plata: a cargo de su
titular.
Justicia de Paz Letrada
Para la atención de los Juzgados de Paz de Balcarce, General Alvarado y Mar
Chiquita:
Juzgado de Paz de General Alvarado: a cargo de su titular.
Tribunales del Trabajo:
Grupo “C” (Dolores, Mar del Plata, Azul, Bahía Blanca y Necochea): Tribunal del Trabajo n° 2 de DOLORES.
El pasado mes de junio, a raíz de las numerosas inquietudes recibidas de parte de colegas en la Comisión de Administración de Justicia, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás y el Secretario Dr. Nicolás Busti remitieron la siguiente nota a los magistrados a cargo de los órganos del Fuero Civil y Comercial, Familia y Justicia de Paz, exigiendo se respeten las pautas vigentes de la Ley Arancelaria Nro. 14967.
Presione AQUI para ver la nota enviada
El pasado mes de junio, a raíz de las numerosas inquietudes recibidas de parte de colegas en la Comisión de Administración de Justicia, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás y el Secretario Dr. Nicolás Busti remitieron la siguiente nota a los magistrados a cargo de los órganos del Fuero Civil y Comercial, Familia y Justicia de Paz, exigiendo se respeten las pautas vigentes de la Ley Arancelaria Nro. 14967.
Presione AQUI para ver la nota enviada
Ponemos en conocimiento de los/as matriculados/as el informe actualizado (debido a la asunción de nuevos magistrados) sobre los criterios que aplican los Juzgados del Fuero Civil y Comercial local en los procesos sucesorios.
Dicho trabajo fue elaborado por la Comisión de Administración de Justicia del Colegio, encabezada por el Dr. Nicolás Busti y acompañado por los Dres. Silvina Carnero, Marianela Moro, Cristabel Aparicio, Areán Sánchez, Javier Aguirre, Javier Beccaria y Martín Bernat, y mediante el mismo, se pretende brindar a los/as colegas, información que consideramos les será de mucha utilidad para el ejercicio profesional.
La consulta fue efectuada a los dieciséis Juzgados, habiendo respondido el cuestionario todos ellos, con la sola excepción del Juzgado Civil y Comercial N° 8, a cargo del Dr. Hernán Krzyszycha, que declinó su participación al considerar que excedía el marco institucional de su competencia.
Agradecemos enormemente la predisposición mostrada por los Sres/as. Jueces y funcionarios.
1) «En los procesos sucesorios se solicita certificado catastral para dictar orden de inscripción? »
2) En los procesos sucesorios se ordena publicación de edictos en:
3) En los procesos sucesorios como se puede formalizar la cesión de derechos hereditarios?
4) ¿En los procesos sucesorios, cuando hay automotores en el acervo hereditario, qué valuaciones se consideran válidas? Opciones brindadas: Valuación ARBA, Informe Cámara Automotor; Valuación de Concesionaria.
5) Se exige la presentación del título de propiedad inmueble o es suficiente el informe de dominio?
6) El Juzgado fija de oficio audiencias conciliatorias por conflicto entre herederos?
7) Tienen implementada alguna medida procesal novedosa de oficio en los procesos sucesorios?
Ponemos en conocimiento de los/as matriculados/as el informe actualizado (debido a la asunción de nuevos magistrados) sobre los criterios que aplican los Juzgados del Fuero Civil y Comercial local en los procesos sucesorios.
Dicho trabajo fue elaborado por la Comisión de Administración de Justicia del Colegio, encabezada por el Dr. Nicolás Busti y acompañado por los Dres. Silvina Carnero, Marianela Moro, Cristabel Aparicio, Areán Sánchez, Javier Aguirre, Javier Beccaria y Martín Bernat, y mediante el mismo, se pretende brindar a los/as colegas, información que consideramos les será de mucha utilidad para el ejercicio profesional.
La consulta fue efectuada a los dieciséis Juzgados, habiendo respondido el cuestionario todos ellos, con la sola excepción del Juzgado Civil y Comercial N° 8, a cargo del Dr. Hernán Krzyszycha, que declinó su participación al considerar que excedía el marco institucional de su competencia.
Agradecemos enormemente la predisposición mostrada por los Sres/as. Jueces y funcionarios.
1) «En los procesos sucesorios se solicita certificado catastral para dictar orden de inscripción? »
2) En los procesos sucesorios se ordena publicación de edictos en:
3) En los procesos sucesorios como se puede formalizar la cesión de derechos hereditarios?
4) ¿En los procesos sucesorios, cuando hay automotores en el acervo hereditario, qué valuaciones se consideran válidas? Opciones brindadas: Valuación ARBA, Informe Cámara Automotor; Valuación de Concesionaria.
5) Se exige la presentación del título de propiedad inmueble o es suficiente el informe de dominio?
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Contacto tel: +54 9 2284 50-1689 ( solo por Whastapp, no llamadas )
E-mail : juanpablo.tonela@telefonica.com
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Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de acercarle el Boletín de Gestión correspondiente al período abril de 2024 a mayo de 2025, en el cual hemos volcado gran parte de la labor realizada por el Consejo Directivo, la Comisión de Administración de Justicia y el área académica del CAMDP.
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de acercarle el Boletín de Gestión correspondiente al período abril de 2024 a mayo de 2025, en el cual hemos volcado gran parte de la labor realizada por el Consejo Directivo, la Comisión de Administración de Justicia y el área académica del CAMDP.
Mediante Resolución SC Nº 1448/25 la Suprema Corte de Justicia dispuso aprobar la guía para los diligenciamientos interjurisdiccionales que deban efectuarse hacia el Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires en el marco del «Bus Federal de Justicia», la cual se integra como Anexo Único.
Mediante Resolución SC Nº 1448/25 la Suprema Corte de Justicia dispuso aprobar la guía para los diligenciamientos interjurisdiccionales que deban efectuarse hacia el Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires en el marco del «Bus Federal de Justicia», la cual se integra como Anexo Único.
Informamos a colegiados/as que mediante Acuerdo N° 4190 la Suprema Corte de Justicia establece el nuevo valor del Jus:
“… Artículo 1°.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1º de mayo de 2025 en la suma de pesos cuarenta mil seiscientos ochenta y cuatro ($40.684) y desde el 1° de julio de 2025 en la suma de pesos cuarenta y dos mil doscientos diecinueve ($42.219)…”.
Informamos a colegiados/as que mediante Acuerdo N° 4190 la Suprema Corte de Justicia establece el nuevo valor del Jus:
“… Artículo 1°.- Fijar el valor del “Jus” conforme art. 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 1º de mayo de 2025 en la suma de pesos cuarenta mil seiscientos ochenta y cuatro ($40.684) y desde el 1° de julio de 2025 en la suma de pesos cuarenta y dos mil doscientos diecinueve ($42.219)…”.
Informamos a los/as matriculados/as sobre la comunicación cursada por el Titular del Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes (PRODE) el 29/5/2025:
“AL SR. PRESIDENTE DEL
COLEGIO DE ABOGADOS DEPTAL.
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Titular del Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes (PRODE) del Departamento Judicial de Mar del Plata (sito en la Avda. Juan B. Justo n° 4275 de Mar del Plata. Tel. [0223] 472-8465/475-2373/475-2395. Fax int. 102/103/-110. E-mail: prode-mp@jusbuenosaires.gov.ar), a fin de poner en su conocimiento que, habiéndose realizado las publicaciones de edictos y las notificaciones a los organismos correspondientes, el día 9 de septiembre de 2025 a las 08:30 hs., se llevará a cabo la destrucción autorizada a este Programa por Res. SCBA n° 758 del 16/04/2025 (Expte. P4/2021), del total de 23.224 expedientes penales pertenecientes a los ex-Juzgados Penales n° 1, Secretarías 1 y 2; n° 2, Secretarías 3 y 4 y n° 4, Secretarías 7 y 8; ex-Juzgados en lo Criminal n° 1, 2, 4, 5 y 6; extinto Juzgado en lo Correccional n° 2; y ex-Juzgados en lo Criminal y Correccional de Transición n° 2 y 3 del Departamento Judicial de Mar del Plata, iniciados en el período comprendido entre los años 1955 y 2006, encontrándose con plazos de guarda vencido y que fueron alcanzados por los plazos establecidos en los arts. 115 y 117 del Ac. 3397 SCBA.
Dicho material ya ha sido revisado y seleccionado por el Departamento Histórico Judicial.
Se realizan las notificaciones de rigor a fin de hacer saber que los organismos que tuvieren interés en la conservación de alguna de las causas separadas para la destrucción, deberán solicitarlo por escrito fundado ante esta dependencia., pudiendo ejercer este derecho según lo establece el artículo 120 del Acuerdo 3397/08, dentro de los veinte (20) días corridos desde la publicación del edicto o desde la recepción del presente oficio, según fuere el caso, a que se refiere el artículo 119 del Acuerdo 3397/08. Igualmente se podrán solicitar desgloses, ser designados depositarios voluntarios del expediente en los términos del artículo 2188 y siguientes del Código Civil y/o la revocación de la autorización de destrucción, cuando se verifique un supuesto de conservación prolongada regido por el artículo 116 del Acuerdo 3397/08. Asimismo, se hace saber a los destinatarios que pueden convocar a otras entidades de defensa de los derechos humanos que, a su entender, pudieran tener interés en el resguardo del material a ser destruido y el contralor del cumplimiento del acto resolutivo (RC n° 2673/14).
Se remite adjunto el archivo correspondiente a la nómina de Expedientes a destruir (artículo 119 Acuerdo 3397/08), las que también serán adjuntadas en cada notificación a cursar a los organismos legalmente dispuestos, sin perjuicio de que las mismas se encuentran a disposición para consulta de los interesados en la sede de este Programa sito en el domicilio arriba indicado, e-mail: prode-mp@jusbuenosaires.gov.ar”.
Informamos a los/as matriculados/as sobre la comunicación cursada por el Titular del Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes (PRODE) el 29/5/2025:
“AL SR. PRESIDENTE DEL
COLEGIO DE ABOGADOS DEPTAL.
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Titular del Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes (PRODE) del Departamento Judicial de Mar del Plata (sito en la Avda. Juan B. Justo n° 4275 de Mar del Plata. Tel. [0223] 472-8465/475-2373/475-2395. Fax int. 102/103/-110. E-mail: prode-mp@jusbuenosaires.gov.ar), a fin de poner en su conocimiento que, habiéndose realizado las publicaciones de edictos y las notificaciones a los organismos correspondientes, el día 9 de septiembre de 2025 a las 08:30 hs., se llevará a cabo la destrucción autorizada a este Programa por Res. SCBA n° 758 del 16/04/2025 (Expte. P4/2021), del total de 23.224 expedientes penales pertenecientes a los ex-Juzgados Penales n° 1, Secretarías 1 y 2; n° 2, Secretarías 3 y 4 y n° 4, Secretarías 7 y 8; ex-Juzgados en lo Criminal n° 1, 2, 4, 5 y 6; extinto Juzgado en lo Correccional n° 2; y ex-Juzgados en lo Criminal y Correccional de Transición n° 2 y 3 del Departamento Judicial de Mar del Plata, iniciados en el período comprendido entre los años 1955 y 2006, encontrándose con plazos de guarda vencido y que fueron alcanzados por los plazos establecidos en los arts. 115 y 117 del Ac. 3397 SCBA.
Dicho material ya ha sido revisado y seleccionado por el Departamento Histórico Judicial.
Se realizan las notificaciones de rigor a fin de hacer saber que los organismos que tuvieren interés en la conservación de alguna de las causas separadas para la destrucción, deberán solicitarlo por escrito fundado ante esta dependencia., pudiendo ejercer este derecho según lo establece el artículo 120 del Acuerdo 3397/08, dentro de los veinte (20) días corridos desde la publicación del edicto o desde la recepción del presente oficio, según fuere el caso, a que se refiere el artículo 119 del Acuerdo 3397/08. Igualmente se podrán solicitar desgloses, ser designados depositarios voluntarios del expediente en los términos del artículo 2188 y siguientes del Código Civil y/o la revocación de la autorización de destrucción, cuando se verifique un supuesto de conservación prolongada regido por el artículo 116 del Acuerdo 3397/08. Asimismo, se hace saber a los destinatarios que pueden convocar a otras entidades de defensa de los derechos humanos que, a su entender, pudieran tener interés en el resguardo del material a ser destruido y el contralor del cumplimiento del acto resolutivo (RC n° 2673/14).
Se remite adjunto el archivo correspondiente a la nómina de Expedientes a destruir (artículo 119 Acuerdo 3397/08), las que también serán adjuntadas en cada notificación a cursar a los organismos legalmente dispuestos, sin perjuicio de que las mismas se encuentran a disposición para consulta de los interesados en la sede de este Programa sito en el domicilio arriba indicado, e-mail: prode-mp@jusbuenosaires.gov.ar”.