Ante el dictado del Decreto Nº 137/2025 por parte del Presidente de la Nación Javier Milei, por medio del cual se designó como Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los Doctores Javier Lijo y Manuel García Mansilla, en los términos del artículo 99 inc.19 de la Constitución Nacional, el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata en ejercicio de las facultades establecidas en el art. 19 inc. 9 de la Ley 5177 y conforme lo ha realizado a largo de su historia, siempre ha de pronunciarse ante este tipo acontecimientos, para hacer cumplir el mandato ético superior de la abogacía, de defender la justicia, la democracia, el estado de derecho y las instituciones republicanas.
Atento ello, no obstante las facultades que pudieran asistir al primer mandatario, esta Institución objeta el procedimiento que ha sido utiliza do, considerando que para asegurar efectivamente la independencia del Poder Judicial los Ministros del máximo Tribunal de la República deben ser nombrados conforme lo establece la Carta Magna Nacional en su artículo 99 Inc. 4 y siguiendo las pautas fijadas por el Decreto Nº 222/03.
Mesa Directiva CAMDP
Ante el dictado del Decreto Nº 137/2025 por parte del Presidente de la Nación Javier Milei, por medio del cual se designó como Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los Doctores Javier Lijo y Manuel García Mansilla, en los términos del artículo 99 inc.19 de la Constitución Nacional, el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata en ejercicio de las facultades establecidas en el art. 19 inc. 9 de la Ley 5177 y conforme lo ha realizado a largo de su historia, siempre ha de pronunciarse ante este tipo acontecimientos, para hacer cumplir el mandato ético superior de la abogacía, de defender la justicia, la democracia, el estado de derecho y las instituciones republicanas.
Atento ello, no obstante las facultades que pudieran asistir al primer mandatario, esta Institución objeta el procedimiento que ha sido utiliza do, considerando que para asegurar efectivamente la independencia del Poder Judicial los Ministros del máximo Tribunal de la República deben ser nombrados conforme lo establece la Carta Magna Nacional en su artículo 99 Inc. 4 y siguiendo las pautas fijadas por el Decreto Nº 222/03.
Mesa Directiva CAMDP
El pasado lunes 10 de febrero, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás, se reunió con el Presidente de la Comisión de Administración de Justicia, Dr. Nicolás Busti y miembros de dicho grupo de trabajo a fin de delinear acciones para el primer trimestre del corriente año, disponiéndose llevar a cabo entrevistas con los/as magistrados/as recientemente nombrados en los Fueros Civil y Comercial y del Trabajo.
En los próximos días se remitirá a los/as colegiados/as la encuesta vinculada al funcionamiento de los Juzgados de Familia para que, una vez obtenidos los resultados, los mismos sean trasladados a las Juezas del Fuero.
Por último, les recordamos que los reclamos e inquietudes atinentes al ejercicio profesional y el funcionamiento de la administración de justicia puede remitirlos vía e.mail a: administraciondejusticia@camdp.or.ar
El pasado lunes 10 de febrero, el Presidente del Colegio, Dr. Leandro Gabás, se reunió con el Presidente de la Comisión de Administración de Justicia, Dr. Nicolás Busti y miembros de dicho grupo de trabajo a fin de delinear acciones para el primer trimestre del corriente año, disponiéndose llevar a cabo entrevistas con los/as magistrados/as recientemente nombrados en los Fueros Civil y Comercial y del Trabajo.
En los próximos días se remitirá a los/as colegiados/as la encuesta vinculada al funcionamiento de los Juzgados de Familia para que, una vez obtenidos los resultados, los mismos sean trasladados a las Juezas del Fuero.
Por último, les recordamos que los reclamos e inquietudes atinentes al ejercicio profesional y el funcionamiento de la administración de justicia puede remitirlos vía e.mail a: administraciondejusticia@camdp.or.ar
Espacios comunes con puestos individuales equipados con WIFI . Servicio de café. Climatización. Oficinas privadas de 4, 6 y 8 personas, sala de reuniones con capacidad hasta 20 personas con Smart para proyectar charlas . Los espacios se pueden contratar por horas, mes y tendrán un 25 % descuento para los matriculados.
Avellaneda 2325 MDP
Website: https://bixcowork.com/
Instagram: bix.cowork
Facebook: Bix Cowork
Espacios comunes con puestos individuales equipados con WIFI . Servicio de café. Climatización. Oficinas privadas de 4, 6 y 8 personas, sala de reuniones con capacidad hasta 20 personas con Smart para proyectar charlas . Los espacios se pueden contratar por horas, mes y tendrán un 25 % descuento para los matriculados.
Avellaneda 2325 MDP
Website: https://bixcowork.com/
Instagram: bix.cowork
Facebook: Bix Cowork
Informamos que mediante Resolución Nro. 6/25; la Suprema Corte de Justicia ha dispuesto el asueto judicial con suspensión de términos para el día lunes 10 de febrero 2025 al conmemorarse el Aniversario de la Fundación de la ciudad de Mar del Plata.
En dicha fecha, el Colegio permanecerá cerrado.
Informamos que mediante Resolución Nro. 6/25; la Suprema Corte de Justicia ha dispuesto el asueto judicial con suspensión de términos para el día lunes 10 de febrero 2025 al conmemorarse el Aniversario de la Fundación de la ciudad de Mar del Plata.
En dicha fecha, el Colegio permanecerá cerrado.