Informamos que el pasado 11 de julio, autoridades de nuestro Colegio e integrantes la Comisión de Administración de Justicia se reunieron con el Sr. Presidente del Tribunal de Trabajo Nº 3 local a fin de abordar diversas inquietudes que fueran trasladadas por colegas laboralistas.
Específicamente, se habían recibido consultas sobre las audiencias de conciliación que había sido fijadas, para la última semana pre feria y las dos primeras de agosto, en aquellos expedientes que finalmente habían sido traspasados al Tribunal Nº 5, ello en virtud de la Res. 1330 de la SCBA, informando el magistrado que serán el nuevo Tribunal el que deberá determinar si dicho acto procesal se lleva a cabo o no.
Asimismo se solicitó al Dr. Novoa aclare el criterio que ha sido utilizado para la remisión de expedientes al Tribunal Nº 5, informándonos que se comenzaron por aquellas causas que tenían fijada la fecha de Audiencia de vista de causa más lejanas hasta el mes de marzo de 2023 y que sí hoy se pidiera la fijación de AVC en causas que tramitan ante su Tribunal serían fijadas para fines de marzo o para abril de 2023.
En cuanto al reclamo vinculando a la demora en los despachos, informó el Presidente del Tribunal que ello se debe pura y exclusivamente a la falta de personal, que dos empleados fueron traspasados al Tribunal Nº 5 y que en el mes de agosto otros dos entrarán en licencia legal, por lo cual tienen como objetivo rediseñar la forma de trabajo para optimizar los tiempos de labor de la disminuida planta de personal que tendrán a partir del mes próximo.
También se trasladó la inquietud relativa a la excesiva rigurosidad en las homologaciones que entran por receptoría, manifestando el Dr. Novoa, que ya tenía conocimiento de esa circunstancia y que se instruirá a la despachante a fin de flexibilizar algunos criterios formales, evitando de esa forma que los mismos se conviertan en una valla que dificulte y/o demore la celebración de acuerdos.
La reunión fue muy satisfactoria, y el Magistrado se mostró receptivo y dispuesto a colaborar en todas aquellas cuestiones destinadas a mejorar el servicio de justicia en el órgano bajo su presidencia, entablándose así un canal de diálogo directo entre la Comisión de Administración de Justicia de nuestro Colegio y el Tribunal, lo cual aspiraremos a hacer con el resto de los órganos del Fuero.
Informamos que el pasado 11 de julio, autoridades de nuestro Colegio e integrantes la Comisión de Administración de Justicia se reunieron con el Sr. Presidente del Tribunal de Trabajo Nº 3 local a fin de abordar diversas inquietudes que fueran trasladadas por colegas laboralistas.
Específicamente, se habían recibido consultas sobre las audiencias de conciliación que había sido fijadas, para la última semana pre feria y las dos primeras de agosto, en aquellos expedientes que finalmente habían sido traspasados al Tribunal Nº 5, ello en virtud de la Res. 1330 de la SCBA, informando el magistrado que serán el nuevo Tribunal el que deberá determinar si dicho acto procesal se lleva a cabo o no.
Asimismo se solicitó al Dr. Novoa aclare el criterio que ha sido utilizado para la remisión de expedientes al Tribunal Nº 5, informándonos que se comenzaron por aquellas causas que tenían fijada la fecha de Audiencia de vista de causa más lejanas hasta el mes de marzo de 2023 y que sí hoy se pidiera la fijación de AVC en causas que tramitan ante su Tribunal serían fijadas para fines de marzo o para abril de 2023.
En cuanto al reclamo vinculando a la demora en los despachos, informó el Presidente del Tribunal que ello se debe pura y exclusivamente a la falta de personal, que dos empleados fueron traspasados al Tribunal Nº 5 y que en el mes de agosto otros dos entrarán en licencia legal, por lo cual tienen como objetivo rediseñar la forma de trabajo para optimizar los tiempos de labor de la disminuida planta de personal que tendrán a partir del mes próximo.
También se trasladó la inquietud relativa a la excesiva rigurosidad en las homologaciones que entran por receptoría, manifestando el Dr. Novoa, que ya tenía conocimiento de esa circunstancia y que se instruirá a la despachante a fin de flexibilizar algunos criterios formales, evitando de esa forma que los mismos se conviertan en una valla que dificulte y/o demore la celebración de acuerdos.
La reunión fue muy satisfactoria, y el Magistrado se mostró receptivo y dispuesto a colaborar en todas aquellas cuestiones destinadas a mejorar el servicio de justicia en el órgano bajo su presidencia, entablándose así un canal de diálogo directo entre la Comisión de Administración de Justicia de nuestro Colegio y el Tribunal, lo cual aspiraremos a hacer con el resto de los órganos del Fuero.
Todo Estado que se precie de ser un Estado de Derecho, basa su existencia misma en una norma fundamental y fundante, como expresión de la organización jurídica de la Nación. Y naturalmente, en la observancia de sus prescripciones.
El proceso sucesorio que pretenden implementar los escribanos, violenta letalmente las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 75 inc.12, 108,116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional Argentina.
Estas afirmaciones, están en línea con las conclusiones surgidas de las XX Jornadas Nacionales de Derecho Civil celebradas en setiembre de 2005 en la Facultad de Derecho de la UBA de la que participó el notariado
El proyecto pretende cambiar el hecho de que sea a través de una sentencia judicial como se llega a una declaratoria de herederos o a la aprobación de un testamento, con la necesaria y previa intervención del Ministerio Público. (Agente Fiscal, y en los casos correspondientes, Asesor de Incapaces).
La aventura de la “jurisdicción notarial”, amén de requerir una previa reforma del Código Civil y de Nuestra Carta Magna, hiere directamente el principio y objetivo constitucional de “Afianzar la Justicia”. Nos recuerda Goyena Copello a propósito de estas construcciones que “Si hay algo que afianza la justicia y traduce el verdadero imperium de un juez es el reconocimiento o desconocimiento que hace de alguien como heredero o sucesor de una persona fallecida, disponiendo la entrega de bienes o la inscripción del dominio a aquellos a quien la ley o el propio magistrado han declarado con derecho a serlo”(LL 8-5-2019)
El pretendido carácter de “oficial público” de los escribanos, no implica NI PUEDE IMPLICAR (por las razones constitucionales expuestas) la potestad de administrar justicia, que es finalmente en lo que consiste la jurisdicción judicial y que pretenden arrogarse.
Por otra parte el art 121 de la C. Nacional prevé la reserva del poder no delegado de las provincias respecto del Estado Federal y en este marco es que se reservan para sí la institución de la “habilitación profesional” o poder de policía profesional, en función de la cual ningún diplomado de ninguna universidad puede ejercer su profesión universitaria (con las competencias que su diploma certifica o acredita) sin la previa autorización provincial.
En consecuencia la “invitación” a las provincias para adherirse (eventualmente, en el caso de que el proyecto fuese aprobado como ley) tampoco es posible sin modificación de las leyes provinciales que respectivamente rigen el ejercicio profesional (amén de los Códigos procesales).
Como corolario cabe concluir, que el avance del proyecto de “sucesión notarial” implica la necesidad de modificar leyes nacionales, provinciales y hasta la propia Constitución Nacional en sus principios viscerales, en la dislatada y peligrosa decisión de sustituir la función de los jueces de administrar justicia por la del “ oficial Público” del notariado.
Todo Estado que se precie de ser un Estado de Derecho, basa su existencia misma en una norma fundamental y fundante, como expresión de la organización jurídica de la Nación. Y naturalmente, en la observancia de sus prescripciones.
El proceso sucesorio que pretenden implementar los escribanos, violenta letalmente las disposiciones contenidas en los arts.1, 16, 18, 75 inc.12, 108,116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional Argentina.
Estas afirmaciones, están en línea con las conclusiones surgidas de las XX Jornadas Nacionales de Derecho Civil celebradas en setiembre de 2005 en la Facultad de Derecho de la UBA de la que participó el notariado
El proyecto pretende cambiar el hecho de que sea a través de una sentencia judicial como se llega a una declaratoria de herederos o a la aprobación de un testamento, con la necesaria y previa intervención del Ministerio Público. (Agente Fiscal, y en los casos correspondientes, Asesor de Incapaces).
La aventura de la “jurisdicción notarial”, amén de requerir una previa reforma del Código Civil y de Nuestra Carta Magna, hiere directamente el principio y objetivo constitucional de “Afianzar la Justicia”. Nos recuerda Goyena Copello a propósito de estas construcciones que “Si hay algo que afianza la justicia y traduce el verdadero imperium de un juez es el reconocimiento o desconocimiento que hace de alguien como heredero o sucesor de una persona fallecida, disponiendo la entrega de bienes o la inscripción del dominio a aquellos a quien la ley o el propio magistrado han declarado con derecho a serlo”(LL 8-5-2019)
El pretendido carácter de “oficial público” de los escribanos, no implica NI PUEDE IMPLICAR (por las razones constitucionales expuestas) la potestad de administrar justicia, que es finalmente en lo que consiste la jurisdicción judicial y que pretenden arrogarse.
Por otra parte el art 121 de la C. Nacional prevé la reserva del poder no delegado de las provincias respecto del Estado Federal y en este marco es que se reservan para sí la institución de la “habilitación profesional” o poder de policía profesional, en función de la cual ningún diplomado de ninguna universidad puede ejercer su profesión universitaria (con las competencias que su diploma certifica o acredita) sin la previa autorización provincial.
En consecuencia la “invitación” a las provincias para adherirse (eventualmente, en el caso de que el proyecto fuese aprobado como ley) tampoco es posible sin modificación de las leyes provinciales que respectivamente rigen el ejercicio profesional (amén de los Códigos procesales).
Como corolario cabe concluir, que el avance del proyecto de “sucesión notarial” implica la necesidad de modificar leyes nacionales, provinciales y hasta la propia Constitución Nacional en sus principios viscerales, en la dislatada y peligrosa decisión de sustituir la función de los jueces de administrar justicia por la del “ oficial Público” del notariado.
El pasado viernes 8 de julio la nueva conducción del Colegio, encabezada por Presidente del CAMDP, Dr. LEANDRO GABAS, junto a los Dres. NICOLAS BUSTI y CARLOS FACUNDO BUSTOS, Secretario y Tesorero respectivamente de la Institución, recibieron en la sede del Colegio a la Sra. Gerente de la Sucursal Alsina y a la responsable de la Sucursal Tribunales, quienes fueran invitadas para abordar diversas inquietudes acercadas por los/as colegas y que se encuentran directamente vinculadas a la atención y prestación del servicio hacia los/as colegiados/as.
Las autoridades del Banco se mostraron receptivas con las siguientes situaciones que le fueran planteadas: * Imposibilidad de hacer transferencias a cuentas judiciales desde algunas entidades bancarias; * Posibilidad de utilización de cuentas DNI (sin costo) por parte de asesores y defensores ante Juzgado de Paz; * Retraso en la respuesta a oficios judiciales; * La necesidad de creación de domicilio electrónico para efectuar comunicaciones al Banco Provincia de la ciudad de Balcarce. * Límite para efectuar depósitos en efectivo.
Las representantes de la Entidad Bancaria se comprometieron a analizar las mismas y buscar soluciones operativas, a la mayor brevedad posible, no obstante lo cual, desde el CAMDP, remitiremos las solicitudes pertinentes a la Presidencia del BAPRO y al Banco Central de la República (a través del COLPROBA).
El pasado viernes 8 de julio la nueva conducción del Colegio, encabezada por Presidente del CAMDP, Dr. LEANDRO GABAS, junto a los Dres. NICOLAS BUSTI y CARLOS FACUNDO BUSTOS, Secretario y Tesorero respectivamente de la Institución, recibieron en la sede del Colegio a la Sra. Gerente de la Sucursal Alsina y a la responsable de la Sucursal Tribunales, quienes fueran invitadas para abordar diversas inquietudes acercadas por los/as colegas y que se encuentran directamente vinculadas a la atención y prestación del servicio hacia los/as colegiados/as.
Las autoridades del Banco se mostraron receptivas con las siguientes situaciones que le fueran planteadas: * Imposibilidad de hacer transferencias a cuentas judiciales desde algunas entidades bancarias; * Posibilidad de utilización de cuentas DNI (sin costo) por parte de asesores y defensores ante Juzgado de Paz; * Retraso en la respuesta a oficios judiciales; * La necesidad de creación de domicilio electrónico para efectuar comunicaciones al Banco Provincia de la ciudad de Balcarce. * Límite para efectuar depósitos en efectivo.
Las representantes de la Entidad Bancaria se comprometieron a analizar las mismas y buscar soluciones operativas, a la mayor brevedad posible, no obstante lo cual, desde el CAMDP, remitiremos las solicitudes pertinentes a la Presidencia del BAPRO y al Banco Central de la República (a través del COLPROBA).
Informamos a los/as colegiados/as que se dictará el primer curso para aspirantes a integrar el Registro Provincial de Abogados/as de la Víctima, que permitirá a los y las profesionales que lo aprueben, integrar la nómina de cada colegio departamental para que se puedan desempeñar como Abogados de la Víctima en los términos de la Ley 15.232 y así realizar el patrocinio jurídico de aquellas personas víctimas de delitos y/o sus familiares que así lo soliciten en el marco de las causas penales en la provincia.
Será un curso intensivo a los fines de poner en marcha el sistema de derivación de casos en toda la provincia de Buenos Aires.
Contará con una instancia final de aprobación y se requerirá un 75% de asistencia.
Dicha actividad es organizada por la Fundación CIJUSO y comenzará el próximo 19 de julio.
Para inscribirse y obtener mayor información ingrese al siguiente link: http://www.cijuso.org.ar/detalle-curso.php?id=271
Informamos a los/as colegiados/as que se dictará el primer curso para aspirantes a integrar el Registro Provincial de Abogados/as de la Víctima, que permitirá a los y las profesionales que lo aprueben, integrar la nómina de cada colegio departamental para que se puedan desempeñar como Abogados de la Víctima en los términos de la Ley 15.232 y así realizar el patrocinio jurídico de aquellas personas víctimas de delitos y/o sus familiares que así lo soliciten en el marco de las causas penales en la provincia.
Será un curso intensivo a los fines de poner en marcha el sistema de derivación de casos en toda la provincia de Buenos Aires.
Contará con una instancia final de aprobación y se requerirá un 75% de asistencia.
Dicha actividad es organizada por la Fundación CIJUSO y comenzará el próximo 19 de julio.
Para inscribirse y obtener mayor información ingrese al siguiente link: http://www.cijuso.org.ar/detalle-curso.php?id=271
El CAMDP informa que la Suprema Corte de Justicia Bonaerense mediante Acuerdo 4070 y la Cámara Federal de Apelaciones por Acuerdo 82/2022, establecieron los magistrados y organismos para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de feria del mes de julio de 2022.
Asimismo ponemos en vuestro conocimiento la Resolución 1634/22 dictada por la SCBA, respecto a las presentaciones electrónicas que se efectúen durante éste receso invernal.
Por último, les comunicamos que, no obstante la Feria, el Colegio permanecerá abierto de 9.00 a 13.00 horas.
El CAMDP informa que la Suprema Corte de Justicia Bonaerense mediante Acuerdo 4070 y la Cámara Federal de Apelaciones por Acuerdo 82/2022, establecieron los magistrados y organismos para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de feria del mes de julio de 2022.
Asimismo ponemos en vuestro conocimiento la Resolución 1634/22 dictada por la SCBA, respecto a las presentaciones electrónicas que se efectúen durante éste receso invernal.
Por último, les comunicamos que, no obstante la Feria, el Colegio permanecerá abierto de 9.00 a 13.00 horas.
Desde la Mesa Directiva del Colegio de Abogados de Mar del Plata rechazamos enérgicamente el vídeo institucional difundido por la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) en su página web oficial, en el cuál, bajo el pretexto al derecho a la desconexión de los trabajadores y trabajadoras judiciales, se pretende limitar el ingreso diario de presentaciones fuera del horario judicial en días y horas inhábiles, incluso suspendiendo el ingreso de escritos electrónicos en la feria judicial.
Claro que entendemos las falencias del sistema de justicia, pues diariamente las padecemos en el ejercicio de nuestra profesión. Y efectivamente son la falta de cobertura de vacantes, la mayor dotación en los Juzgados de Primera Instancia de los distintos fueros, la creación de nuevas dependencias judiciales y/o la provisión de insumos los verdaderos problemas, cuyo abordaje y solución constantemente requerimos desde este Colegio a la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires (SCBA).
Por ello, restringir los horarios de presentación de escritos tal cual pretende la Asociación Judicial Bonaerense (AJB), en nada disminuirá la cuantía de los mismos, ni tampoco solucionará aquellos problemas de fondo, sino todo lo contrario, ya que se atropellará el propio objeto del expediente electrónico, esto es, procurar acelerar los tiempos judiciales brindando mayor efectividad y transparencia final del sistema.
Como auxiliares de la justicia nuestra labor consiste en facilitar y promover las labores judiciales. NO podemos ser rehenes o cómplices de reclamos sesgados y simplistas.
En esta tesitura los trabajadores y trabajadoras judiciales encontrarán en la colegiación a un aliado férreo. Contrariamente, cualquier pretensión que intente retrotraer el servicio de justicia, no solo conseguirá nuestro más activo rechazo, sino el de la sociedad toda.
Desde la Mesa Directiva del Colegio de Abogados de Mar del Plata rechazamos enérgicamente el vídeo institucional difundido por la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) en su página web oficial, en el cuál, bajo el pretexto al derecho a la desconexión de los trabajadores y trabajadoras judiciales, se pretende limitar el ingreso diario de presentaciones fuera del horario judicial en días y horas inhábiles, incluso suspendiendo el ingreso de escritos electrónicos en la feria judicial.
Claro que entendemos las falencias del sistema de justicia, pues diariamente las padecemos en el ejercicio de nuestra profesión. Y efectivamente son la falta de cobertura de vacantes, la mayor dotación en los Juzgados de Primera Instancia de los distintos fueros, la creación de nuevas dependencias judiciales y/o la provisión de insumos los verdaderos problemas, cuyo abordaje y solución constantemente requerimos desde este Colegio a la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires (SCBA).
Por ello, restringir los horarios de presentación de escritos tal cual pretende la Asociación Judicial Bonaerense (AJB), en nada disminuirá la cuantía de los mismos, ni tampoco solucionará aquellos problemas de fondo, sino todo lo contrario, ya que se atropellará el propio objeto del expediente electrónico, esto es, procurar acelerar los tiempos judiciales brindando mayor efectividad y transparencia final del sistema.
Como auxiliares de la justicia nuestra labor consiste en facilitar y promover las labores judiciales. NO podemos ser rehenes o cómplices de reclamos sesgados y simplistas.
En esta tesitura los trabajadores y trabajadoras judiciales encontrarán en la colegiación a un aliado férreo. Contrariamente, cualquier pretensión que intente retrotraer el servicio de justicia, no solo conseguirá nuestro más activo rechazo, sino el de la sociedad toda.
Informamos que ante la inquietud acercada por los/as colegas en torno a la demora recurrente de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas en contestar oficios, la Mesa Directiva del Colegio el pasado 27 de junio, elevó el reclamo pertinente al COLPROBA para que el representante ante el Ente, Dr. Mendoza Peña, inicie las gestiones necesarias para que se imprima celeridad a la contestación de los oficios atrasados, como así también, regularizar el plazo de respuesta a los nuevos que se presenten.
Informamos que ante la inquietud acercada por los/as colegas en torno a la demora recurrente de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas en contestar oficios, la Mesa Directiva del Colegio el pasado 27 de junio, elevó el reclamo pertinente al COLPROBA para que el representante ante el Ente, Dr. Mendoza Peña, inicie las gestiones necesarias para que se imprima celeridad a la contestación de los oficios atrasados, como así también, regularizar el plazo de respuesta a los nuevos que se presenten.
El Consejo Directivo del Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata, rinde, como todos los años, un merecido homenaje, y recuerda con afecto y dolor, a todos los/as colegiados/as víctimas del terrorismo de estado, producto de la última dictadura que sufriera nuestra república.
Fue en febrero del año 2004, cuando Juan Carlos París a través de éste Colegio y ante la Federación Argentina de los Colegios de Abogados (F.A.C.A.) presentó el proyecto para que, los 6 de julio de cada año, se realice la debida conmemoración a los colegas víctimas de la dictadura cívico militar.
Que dicha fecha fue adoptada ante los trágicos sucesos que transcurrieron entre los días 6 y 8 de julio de 1977, la llamada “Noche de las Corbatas”, que ocurriera en nuestra ciudad y donde miembros de nuestro foro sufrieron secuestros, torturas, muerte y desaparición.
Finalmente ése proyecto de Juan Carlos y del CAMDP, en marzo de 2004, tuvo acogida favorable en la Junta de Gobierno de la FACA, instaurándose el “Día Nacional del Abogado víctima del terrorismo de Estado” siendo éste el día en el que debemos dar “reconocimiento a la defensa inclaudicable de la vida, la libertad, la dignidad, el honor, el patrimonio y mantener la lucha contra el abuso del poder, sea este público o privado”.
Éste año, el acto conmemorativo, se llevará a cabo el día jueves 7 de julio a las 15.00 horas en el salón de actos del Colegio, invitando a los colegiados y colegiadas a participar del mismo.
Mar del Plata, 6 de julio de 2022.-
El Consejo Directivo del Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata, rinde, como todos los años, un merecido homenaje, y recuerda con afecto y dolor, a todos los/as colegiados/as víctimas del terrorismo de estado, producto de la última dictadura que sufriera nuestra república.
Fue en febrero del año 2004, cuando Juan Carlos París a través de éste Colegio y ante la Federación Argentina de los Colegios de Abogados (F.A.C.A.) presentó el proyecto para que, los 6 de julio de cada año, se realice la debida conmemoración a los colegas víctimas de la dictadura cívico militar.
Que dicha fecha fue adoptada ante los trágicos sucesos que transcurrieron entre los días 6 y 8 de julio de 1977, la llamada “Noche de las Corbatas”, que ocurriera en nuestra ciudad y donde miembros de nuestro foro sufrieron secuestros, torturas, muerte y desaparición.
Finalmente ése proyecto de Juan Carlos y del CAMDP, en marzo de 2004, tuvo acogida favorable en la Junta de Gobierno de la FACA, instaurándose el “Día Nacional del Abogado víctima del terrorismo de Estado” siendo éste el día en el que debemos dar “reconocimiento a la defensa inclaudicable de la vida, la libertad, la dignidad, el honor, el patrimonio y mantener la lucha contra el abuso del poder, sea este público o privado”.
Éste año, el acto conmemorativo, se llevará a cabo el día jueves 7 de julio a las 15.00 horas en el salón de actos del Colegio, invitando a los colegiados y colegiadas a participar del mismo.
Mar del Plata, 6 de julio de 2022.-
Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la Resolución Nº 2927 dictada el 4 de julio ppdo. por parte del Consejo de la Magistratura Provincial, vinculada a la opción que tienen los aspirantes para validar el resultado de los exámenes escritos (rendidos en los años 2018 y 2019), para las convocatorias actuales.
Presione aquí para ver la Resolución Nº 2927 completa.
Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as la Resolución Nº 2927 dictada el 4 de julio ppdo. por parte del Consejo de la Magistratura Provincial, vinculada a la opción que tienen los aspirantes para validar el resultado de los exámenes escritos (rendidos en los años 2018 y 2019), para las convocatorias actuales.
Presione aquí para ver la Resolución Nº 2927 completa.