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Comunicación de la Camara Civil y Comercial. Cierre por 48 horas. Trib. Trabajo 1 y 3. Juzgado Civil y Comercial 4.

Comunicación de la Cámara Civil y Comercial. Cierre por 48 horas. Trib. Trabajo 1 y 3. Juzgados Civiles y Comerciales nº 4, 5 y 9 .-

Ponemos en conocimiento de los/as colegiados/as que la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial Departamental, nos ha comunicado que por plazo de 48 horas permanecerán cerrados y no se brindará atención en los siguientes órganos: Juzgado Civil y Comercial N° 4, 5 y 9 ; Tribunal de Trabajo N° 1 y Tribunal de Trabajo N° 3, ello con motivo de haberse confirmando un caso positivo de COVID-19 y ante la existencia de otros casos sospechosos.

Ante el cierre preventivo por el término de 48 hs hábiles del recinto donde funciona el Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 4 –sito en el inmueble ubicado en Brown 2241- por una cuestión edilicia por el mismo plazo se dispuso el cierre de las Mesas de Entradas de los Juzgados Civiles y Comerciales Nro. 5 y Nro. 9; ello a fin de resguardar la salud de empleados, funcionarios, magistrados, profesionales y público en general.

Asimismo, nos han informado que el personal continuará laborando con la modalidad de teletrabajo y que los turnos otorgados mediante el sistema de turnos judiciales serán reprogramados contactándose para ello funcionarios con los/as abogados/as.

Ante cualquier otra consulta podrán comunicarse vía E.Mail a la direccion de correo electrónico oficial del Juzgado/Tribunal. Comunicación de la Cámara Civil y Comercial. Cierre por 48 horas. Trib. Trabajo 1 y 3. Juzgados Civiles y Comerciales 4, 5 y 9 .

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CÁMARA NACIONAL ELECTORAL – SISTEMA DE INFORME DE DOMICILIO

Se encuentra disponible, el sistema de informe de domicilio a través de Formulario Electrónico, el que incluye la posibilidad de pago por igual modo de los aranceles correspondientes según acordada 34/15 CSJN .

Para acceder al citado servicio los letrados deberán ingresar a través de la página www.electoral.gob.ar al banner “ FORMULARIO ELECTRONICOS “/ “ Solicitudes electrónicas”, donde se encontrarán con los formularios y explicativos correspondientes.

Los mismos pueden solicitarse para diligenciamiento de oficios librados en un expediente en trámite, o en el ejercicio de las facultades del art 57 de la ley 5177.-
Por último, se hace saber que los requerimientos que se dirijan con el fin de solicitar informes de domicilios de personas, datos filiatorios, o demás información, solo serán recepcionados en forma electrónica, procediéndose a su trámite y respuesta en igual modo.-

Para más información e ingreso al instructivo PRESIONE AQUÍ

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SE REANUDA LA ATENCIÓN EN LA DELEGACIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS MAR DEL PLATA

Informamos a los colegiados/as que a partir del 26 de agosto de 2020 comenzará a funcionar nuevamente la Oficina Delegada de Personas Jurídicas de la ciudad de Mar del Plata.

La atención se brindará con turno previo, conforme la información que nos ha sido brindada por la encargada de la citada dependencia.

Para obtener mayor información presione aquí.

 

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REANUDACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA – RES. 819/2020 SCBA

En el marco de lo dispuesto por la Suprema Corte de Justicia en su Resolución 819/20 informamos a continuación la modalidad de atención que se llevará a cabo en los siguientes órganos jurisdiccionales a partir del 24/8/2020, ello conforme nos fuera informado por los magistrados/as a cargo de los mismos:

TRIBUNAL DE TRABAJO N° 1, 2 y 3:
Atento a lo dispuesto por la acordada 819/20 y 655/20:
A partir del 24 de Agosto de 2020 a los fines de realizar cualquier tipo de trámite (consulta, retiro y devolución de expedientes, etc.) deberá solicitarse turno SIN EXCEPCIÓN a través de la página web: http//stj.scba.gov.ar
Se informa a los profesionales que seguirá vigente la modalidad aplicada durante la emergencia sanitaria para:
-INFORMACIONES SUMARIAS;
– CARTAS PODER;
– OFICIOS;
– RATIFICACIONES (Ac. 10/20);
– CAUCIONES;
– CÉDULAS: Únicamente en soporte digital y, en caso de corresponder, con las copias escaneadas y adjuntadas en archivos Pdf.
– En relación a la documentación la misma seguirá en poder de los letrados hasta tanto el Tribunal lo requiera;
– Respecto de las audiencias de vista de causa se adjunta el informe de la dirección de Sanidad de SCBA e informan los magistrados que están analizando alternativas al respecto.

CANALES DE ATENCIÓN DE CONSULTAS VIRTUALES:
TT1: tribtrab1-mp@jusbuenosaires.gov.ar
TT2: tribtrab2-mp@jusbuenosaires.gov.ar
TT3: tribtrab3-mp@jusbuenosaires.gov.ar

TRIBUNAL DE TRABAJO Nº 4

Desde el Tribunal N°4 nos han informado y solicitado la difusión a los colegiados respecto del criterio que implementarán con relación a las cédulas de traslado de demanda:
“…A los fines del envío y ulterior confronte del instrumento en cuestión, teniendo en consideración las directivas sentadas por el protocolo aprobado por Res. 655/20, tendiente a priorizar el uso de los medios tecnológicos disponibles, especialmente en materia de notificaciones, y atendiendo al contexto epidemiológico existente en la ciudad (COVID-19), en carácter de excepción, autorizase el uso del Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas, donde el presentante deberá seleccionar el trámite «cedula», definiendo la opción «parte interesada», campo en el cual el profesional ingresará el domicilio electrónico de la Oficina de Notificaciones involucrada, generándose de esa manera un documento con firma digital verificable, a través de un código QR. Asimismo, por idénticos fundamentos, exímase de adjuntar las copias de traslado respectivas, las cuales tendrán que ser visualizadas desde la Mesa de Entradas Virtual (MEV), accediéndose a la plataforma oficial de la SCBA (https://mev.scba.gov.ar), previa registración en el sistema (121 CPCC; art. 63 Ley 11.653, Ac. 3845/17, 3886/18)…”.
Desde el 24-8-2020 todos los traslados de demanda saldrán ordenados en esos términos. Asimismo, aclaran que los demás expedientes que no cuenten con la eximición en cuestión y tengan pendiente una notificación de esa naturaleza, serán rencausados paulatinamente a petición de parte.
Próximamente se nos informarán otros detallados vinculados a la tramitación de expedientes ante dicho órgano.

FUERO CIVIL Y COMERCIAL Y DE FAMILIA

En atención a la pronta reapertura total del servicio de justicia en el Departamento Judicial de Mar del Plata bajo los alcances de la Resolución nro. 655/20 de la SCBA (Resol. 819/20 SCBA), los Titulares de los Juzgados del Fuero Civil y Comercial y de Familia han informado que:
A los fines de coordinar el trabajo en resguardo de la integridad y la salud de los operadores del poder judicial, abogados/abogadas, partes, auxiliares de justicia y público en general, hago saber que los juzgados de dichos fueros, coordinarán a través del sistema judicial de turnos la atención de particulares y letrados (Resol 32/20 y 655/20). Ello conforme lo ya ordenado el Tribunal Superior: “evitar aglomeraciones de personas en un mismo espacio físico y, a tal efecto, no dar lugar a que haya una gran afluencia de partes e intervienes esperando la celebración de juicios y vistas en zona común. La convocatoria de los particulares a la dependencia deberá coordinarse mediante la previa asignación de turnos, a través de las herramientas informáticas disponibles y/o telefónicamente” (art. 4 inc. B Resosl.655/20). Es decir, para concurrir personalmente a los órganos los letrados deberán sacar previamente el turno respectivo desde https://stj.scba.gov.ar/
No obstante, hacen saber asimismo, que se encuentra disponible la consulta a través de los correos oficiales de los juzgados:
Familia:
Al ser iguales todos los correos electrónicos: juzfam1-mp@jusbuenosaires.gov.ar deberá reemplazar el N° con el correspondiente al Juzgado con el que deseen contactarse: Por ej. juzfam3-mp@jusbuenosaires.gov.ar
Asimismo, el Juzgado de Familia N° 4, hace saber a los Profesionales:
1) Que esta dependencia recepciona favorablemente la presentación del escrito electrónico sin firma de la parte (debiendo en archivo adjunto incorporar escrito suscripto por la parte) –cuando se actúa con patrocinio- dando por hecho que hay una declaración jurada del abogado conforme Res. 10/20 SCBA;
2) Que la carga/alta en la MEV de las causas se hará en forma automática en la primera presentación sin necesidad de petición alguna por el profesional siempre y cuando este el usuario indicado;
3) Audiencias de causas en general (ETAPA PREVIA, DE CONOCIMIENTO, TESTIMONIALES y CONFESIONALES) se desarrollarán bajo modalidad remota “MICROSOFT TEAMS”, salvo las audiencias en materias de PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR que se evaluará en cada caso en particular la modalidad a seguir.
4) Audiencias de Absolución de Posiciones el pliego de posiciones deberá ser presentado electrónicamente con la antelación requerida por el art. 408 del CPCC.
5) Que a los fines de devolución de expedientes como del retiro de los mismo (por préstamo) y/o retiro/devolución de oficios, cedulas, etc, deberá solicitar el turno correspondiente por medio de la web stj.scba.gov.ar conforme lo dispuesto por la Resolución SC Nº 819/20, bajo los términos establecidos en la Resolución SC Nº 655/20.-
6) Que el testimonio y el oficio dirigido al Reg. de las Personas, deben ser confeccionados y enviados electrónicamente por el profesional –mediante el portal de notificaciones electrónica-, adjuntando a este último, el timbrado correspondiente en formato PDF para su debido confronte.

Civil y Comercial

Al ser iguales todos los correos electrónicos: juzciv1-mp@jusbuenosaires.gov.ar deberá reemplazar el N° con el correspondiente al Juzgado con el que deseen contactarse: Por ej. juzciv4-mp@jusbuenosaires.gov.ar
Sala I Cámara Civil y Comercial: camcivsal1-mp@jusbuenosaires.gov.ar y jose.gutierrez@pjba.gov.ar
Sala II Cámara Civil y Comercial: camcivsal2-mp@jusbuenosaires.gov.ar
Sala III Cámara Civil y Comercial: ingresando a http://sala3cmaraape-jjf6249.slack.com/

OFICINA DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES

Desde la Oficina de MyN nos han informado los turnos de los oficiales de justicia:
De 8.00 a 8.30 hs Oficiales: Zaglul; Huerta; García y Hernández
De 8.30 a 9.00 hs Oficiales: Rodríguez, Faramiñan, Pedre y Dos Santos
De 9.00 a 9.30 hs Oficiales: Amoretti; Cusan; Mateo y Etcheverría
De 9.30 a 10.00 hs Oficiales: Hrabina; Carlino y López.

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MODALIDAD DE ATENCIÓN – HORARIO DEL COLEGIO

En el marco de situación sanitaria actual de nuestra ciudad y con motivo de la reanudación del servicio justicia dispuesto por la Suprema Corte Bonaerense mediante Resolución 819/20.

Es en dicho contexto y ante el aumento de contagios de las últimas jornadas, que la Mesa Directiva del Colegio ha dispuesto dividir en dos grupos la planta permanente de personal, con la finalidad de evitar el cierre de la Institución ante un posible caso de COVID- 19 positivo.

Es por ello, que desde el próximo lunes 24 de agosto, el Colegio estará abierto de 8.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes. La sala de maquinas permanecerá en el mismo horario y el acceso es exclusivamente con turno, el cual podrá ser solicitado a mev@camdp.org.ar

Por último, sugerimos a los/las colegiados/as mayores de 65 años o con problemas respiratorios y demás personas incluidas en grupos de riesgo a no concurrir en forma presencial y utilizar vías telefónicas o digitales (correos electrónicos y redes sociales) para la realización de trámites o consultas ante el CAMDP.

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GESTIONES BANCO PROVINCIA

Informamos a nuestros matriculados, con motivo del restablecimiento del servicio pleno de justicia a partir del 24 de agosto de 2020, que de acuerdo a lo establecido en la Resolución nº 819/20 de la SCBA, la Mesa Directiva del Colegio de Abogados de Mar del Plata, ha realizado gestiones ante el Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales, tendientes a su inmediata apertura y puesta en funcionamiento, y con ello, posibilitar a los colegiados, el cobro de honorarios profesionales y/o la realización de distintos trámites ante dicha entidad.

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COMUNICACIÓN CONJUNTA – COLEGIO DE ABOGADOS MDP /COLEGIO DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL

Con motivo de la reapertura total del servicio de justicia en el Departamento Judicial de Mar del Plata, a partir del lunes 24 de agosto, bajo los alcances de la Resolución nro. 655/20, conforme lo dispusiera la Suprema Corte de Justicia mediante Resolución 819/20, el Colegio de Abogados de Mar del Plata conjuntamente con el Colegio de Magistrados y Funcionarios Local, vista la situación sanitaria actual de nuestra jurisdicción, a los efectos de proteger la salud de los actores del sistema y evitar la posible propagación del virus, manifiestan:

  • Que recomendamos a los profesionales abogados y demás auxiliares de la justicia eviten la concurrencia a las dependencias judiciales, con excepción de aquellas cuestiones que sean urgentes y/o necesariamente presenciales y que no puedan canalizarse por otros medios de contacto.
  • Que en tal supuesto, los interesados deberán coordinar la asistencia personal al organismo con los funcionarios del mismo, mediante la utilización del sistema de turnos judiciales https://stj.scba.gov.ar/ o telefónicamente, ello conforme lo normado en el Art. 3º Res. 819/20.
  • Recordar a los colegiados y funcionarios que, a todo evento, deberán respetarse las pautas establecidas en el Protocolo General de Actuación.
  • Por último, en ésta situación excepcional que hoy nos toca atravesar, consideramos imprescindible lograr la mutua colaboración y el necesario entendimiento entre quienes componemos el sistema, con la finalidad de alcanzar soluciones inmediatas a los inconvenientes que puedan plantearse en el marco de ésta nueva y obligatoria modalidad de administración de justicia y ejercicio profesional.
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ASESORIAS DE INCAPACES – REESTABLECIMIENTO PLENO DEL SERVICIO DE JUSTICIA (Resol. 819/20 de la SCBA)

Las Asesorías de Incapaces del Departamento Judicial Mar del Plata nos informan que a partir del próximo día 24 de agosto se encontrará reestablecido el sistema de funcionamiento presencial conforme las Resoluciones dispuestas por la SCBA y el Sr Procurador General de la Pcia de Buenos Aires. (Resolución nro. 655/20 de la SCBA Resol. 819/20 SCBA). Las tres dependencias acatarán las indicaciones volcadas en dichas decisiones del Superior, tendientes al establecimiento de grupos de trabajo que permitan evitar contactos cruzados entre los agentes, así como para posibilitar brindar la atención al público evitando la aglomeración de personas y el riesgo de propagación del virus COVID-19, priorizando el cuidado de la salud de los y las profesionales, auxiliares de la justicia y público en general.

A tal efecto, las Asesorías continúan brindando a disposición de los sres colegiados y sras colegiadas los mails de cada dependencia y el mail correspondiente al turno judicial, así como los teléfonos celulares de las tres dependencias, de modo de solicitar tengan a bien poder evacuar toda consulta relativa a trámites de expedientes, recepción, pases, devolución, etc., por dichas vías, así como consultas sobre el estado de trámite. Todos los mails son respondidos en el día en que se reciben. Para los casos en que resulte necesario mantener entrevista con funcionarios de la dependencia en torno a una cuestión en particular se solicita tenga a bien en forma previa comunicarse por las vías informadas a fin de fijar un día y hora para la adecuada recepción y atención del/la profesional con el tiempo y dedicación que resulte necesario, evitando sobreconcurrencia de público y respetando las medidas de distanciamiento dispuestas a nivel nacional, provincial y local por la SCBA (cfr. “La convocatoria de los particulares a la dependencia deberá coordinarse mediante la previa asignación de turnos, a través de las herramientas informáticas disponibles y/o telefónicamente” (art. 4 inc. B Resosl.655/20)”.

A continuación se brindan los teléfonos de contacto y mails:

  • Asesoría 1: asesoria1.mp@mpba.gov.ar – 0223 155 374 809
  • Asesoría 2: asesoria2.mp@mpba.gov.ar – 0223 155 373 518
  • Asesoría 3: asesoria3.mp@mpba.gov.ar – 0223 155 373 204
  • Mail correspondiente al turno: asesoresmardelplata@mpba.gov.ar
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COMUNICACIÓN JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DEPARTAMENTAL

Informamos que la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Familia nro. 5, Dra. Clara Alejandra Obligado, ha efectuado una comunicación a éste Colegio de Abogados en el marco de la pronta reapertura total del servicio de justicia en el Departamento Judicial de Mar del Plata bajo los alcances de la Resolución nro. 655/20 de la SCBA (Resol. 819/20 SCBA).

Manifiesta la magistrada que con la finalidad de coordinar el trabajo en resguardo de la integridad y la salud de los operadores del poder judicial, abogados/abogadas, partes, auxiliares de justicia y público en general, se establecerá y coordinarán las tareas a través del sistema judicial de turnos la atención de particulares y letrados (Resol 32/20 y 655/20).

Que ello responde a lo ordenado por la Suprema Corte para: “evitar aglomeraciones de personas en un mismo espacio físico y, a tal efecto, no dar lugar a que haya una gran afluencia de partes e intervienes esperando la celebración de juicios y vistas en zona común. La convocatoria de los particulares a la dependencia deberá coordinarse mediante la previa asignación de turnos, a través de las herramientas informáticas disponibles y/o telefónicamente” (art. 4 inc. B Resosl.655/20).

No obstante ello, hace saber asimismo, que se encuentra disponible la consulta a través del correo oficial del juzgado –juzfam5-mp@jusbuenosaires.gov.ar- como asimismo los télefonos de la dependencia –internos 59847, 59819-, adjuntando a su comunicación el Protocolo General de Actuación nro. 1, para la Prevención y Seguimiento de Covid 19 en el Ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (resol. 5/20).