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GESTIONES BANCO PROVINCIA

Informamos que con fecha 24 de agosto el Presidente del Colegio, Dr. Fabián Portillo, remitió una nota al Gerente Zonal del Banco de la Provincia de Buenos Aires solicitando una audiencia y reiterando el pedido del Colegio para que, conforme el compromiso oportunamente asumido, en el traslado de la Sucursal Tribunal a la planta baja se dispongan cajas de atención preferencial para colegas.

25082017

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Registro de Instrumentos Privados

Registro de Instrumentos Privados

A partir del día 17 de agosto de 2017, este Colegio de Abogados comenzará a brindar el servicio del Registro de Instrumentos Privados que es de  carácter reservado, pudiendo dar informes o extender copias certificadas solamente a las partes intervinientes, al letrado que presentó el instrumento y cuando se requiera judicialmente. En caso de registración de testamentos ológrafos, sólo tendrá acceso a información sobre el mismo, el testador. En caso de fallecimiento, la información o entrega de la documentación procederá solo a requerimiento judicial, todo ello de acuerdo a lo dispuesto por el Consejo Superior en su resolución nº 267/98), de fecha 20 de noviembre de 1998.-
Pasos para la tramitación:

Podrá también retirarlo en la recepción de nuestra institución Brown nº 1958, en el horario de 8:00 a 14:00.

  • Abonar la tramitación en mesa de entradas en el 1er piso de nuestra institución en el horario de lunes a viernes de 8:00 a 14:00.
  • Presentar en la sede de  nuestro Colegio de Abogados en la mesa de entradas del Tribunal Arbitral, en el horario de 9:00 a 13:00.

Ver Reglamento de Instrumentos Privados

 

IMPORTANTE Y TENER EN CUENTA: (REGLAMENTO)

Art. 4°: La anotación se limitará a consignar: a) Datos del letrado que entrega el instrumento, matrícula y Colegio al que pertenece; b) Naturaleza del mismo (contrato, convenio, reconocimiento, etc.; c) Nombre, apellido, domicilio y documentos de las partes que suscriben el instrumento; d) Fecha de celebración del instrumento; e) Fecha y hora de presentación del instrumento en el Colegio.

Art. 5°: El instrumento que pretenda registrarse como tal deberá contener una cláusula que exprese que se expiden tantos ejemplares como partes intervinientes, y uno más para ser registrado en el Registro de Instrumentos Privados del Colegio que tenga jurisdicción en el lugar de celebración del instrumento. Además, deberá consignar el nombre, apellido, domicilio y matrícula del abogado autorizado para registrarlo y para suscribir el acta que se labre en el libro respectivo.

Art. 6°: El abogado al que se comisione el registro de un instrumento privado, deberá cumplir esa obligación dentro de un plazo de cinco días hábiles administrativos desde la fecha de recepción del instrumento.

Art. 10°: El registro de Instrumentos Privados será de carácter reservado, pudiendo dar informes o extender copias certificadas solamente a las partes intervinientes, al letrado que presentó el instrumento y cuando se requiera judicialmente. En caso de registración de testamentos ológrafos, sólo tendrá acceso a información sobre el mismo, el testador. Si se acreditara su fallecimiento, la información o entrega de la documentación registrada se efectuará únicamente a requerimiento judicial.

 

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PAROS JUDICIALES – PETICIÓN A LA CAJA DE PREVISIÓN

Debido a la difícil situación que trasunta la profesión a raíz de las medidas de fuerza llevadas a cabo por los empleados judiciales, lo cual seguramente impedirá a gran cantidad de colegas poder cumplir cabalmente con sus obligaciones previsionales, el Presidente de nuestro Colegio, Dr. Fabián Gerardo Portillo, con fecha 16/8/2017, ha remitido una nota al Ente Previsional solicitando: la apertura de una línea de créditos, que se extienda el plazo para imputación de pago de la CAO 2017 y que se analice la reducción de la misma, ante el desmedido aumento dispuesto meses atrás por el H. Directorio.

A continuación la nota enviada:

17082017

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NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS – FUERO FEDERAL

Informamos que el 15/08/2017 mediante Acordada Nº 23/2017 la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha resuelto lo siguiente: “Disponer que a partir del primer día hábil del mes de septiembre de 2017 todas las notificaciones judiciales que se hacen al domicilio físico constituido o con la modalidad prevista por las notificaciones en formato papel, se deberán reemplazar por Notificaciones Electrónicas”

Para ver la acordada completa ingrese en el siguiente enlace: http://www.csjn.gov.ar/sentencias-acordadas-y-resoluciones/acordadas-de-la-corte-suprema

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Nuevo servicio – Estampillas Cámara Nacional Electoral

CNELECTORALEl arancelamiento de los PEDIDOS DE INFORMES y OFICIOS se rige según lo dispuesto por las Ac. Nº 29/95 y 50/95 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por la Ac. Nº 78/95 (y sus modif.) de la Cámara Nacional Electoral.

El arancel se abona mediante la compra de una estampilla judicial en las sucursales habilitadas del Banco de la Nación Argentina en el interior del país.

Atento ello, nuestro Colegio ha adquirido las mismas para facilitarle el trabajo a sus matriculados y evitar demoras que podría generar su compra en dicha entidad Bancaria.-

El valor del arancelamiento actualmente es de $60, conforme a la Resolución 34/2015 de la CSJN y podrá comprarlas en el primer piso de nuestra sede.

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TURNOS FERIA JUDICIAL JULIO 2017

Les informamos a los colegiados lo dispuesto por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, mediante  Acuerdo Nº 3859/2017, respecto atender los asuntos de urgente despacho durante el servicio de Feria Judicial comprendida del 17 al 28 de julio del año 2017.-
Para acceder a las mismas PRESIONE AQUI.-